Con la llegada del nuevo año, unos precios suben, otros bajan (no es lo frecuente) y otros se quedan como están, o sea, «congelados», como solemos leer en las primeras crónicas del año. Por eso hoy,  para no ser repetitivos, no vamos a hablar de los precios de la luz, ni del gas, ni del metro…

Al genio de la lámpara le pidieron una rebaja en la factura de la luz. Foto tomada de Flickr, cortesía de Aldo Cavini Benedetti

Al genio de la lámpara le pidieron una rebaja en la factura de la luz. Foto tomada de Flickr, cortesía de Aldo Cavini Benedetti

Por el contrario, os dejamos un resumen de las diez cosas que debéis saber sobre vuestra factura eléctrica, si compráis la electricidad mediante el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC, antes llamado Tarifa de Último Recurso o TUR).

1. ¿Quién te debe facturar?

Te facturará tu comercializador de referencia.

2. ¿Quién y cómo realizará mis lecturas?

Las lecturas las realizará el distribuidor y servirán para calcular el consumo que se te facturará y considerarán unos perfiles estándar de consumo.
En el caso de que seas un cliente que cuente con un equipo de medida con capacidad para telemedida y telegestión, efectivamente integrado en el correspondientes sistema, la facturación se realizará considerando tus propios valores horarios de consumo, según los datos del «contador inteligente».

3.¿ Cada cuánto me leerán el contador?

La lectura de la energía será realizada por el encargado de lectura con una periodicidad bimestral y será puesta a disposición de la empresa comercializadora de referencia. La facturación será cada dos meses.

4. ¿También si tengo un contador inteligente?

No; en el caso de suministros que cuenten con un «contador inteligente», la lectura se realizará con una periodicidad mensual. Los datos se pondrán a disposición de la empresa comercializadora de referencia para su facturación mensual al consumidor.

5. ¿Y si quiero que me facturen mensualmente y no tengo un contador inteligente instalado?

En ese caso, previo acuerdo expreso entre las partes, te podrán realizar facturaciones mensuales.

6. ¿Y si no me han podido leer el contador a tiempo?

En aquellos suministros para los que no se haya podido disponer de la lectura, el distribuidor podrá estimar el consumo de dicho suministro, realizándose con posterioridad una regularización anual.

7. ¿Qué datos aparecerán en mi factura?

Entre los datos que deben figurar en tu factura están:

  • El número del contrato de suministro.
  • La fecha de finalización del contrato.
  • La identificación del punto de suministro mediante el código CUPS (Código Universal de Punto de Suministro), único e invariable para cada punto de suministro.
  • El periodo de facturación referido al periodo de prestación del servicio
  • La potencia contratada expresada en kW
  • La tarifa de acceso, en función de la potencia contratada y discriminación horaria.
  • La energía consumida expresada en kWh durante el periodo de facturación.
  • La potencia facturada, resultado de multiplicar la potencia contratada por el número de días facturados y el precio del kW.
  • La energía facturada, resultado de multiplicar el consumo durante el periodo de facturación por el precio de la energía.
  • El impuesto sobre la electricidad, aplicable al consumo y la potencia (5,1127% que sale como resultado de elevar las base de facturación en 1,05113 y aplicar una tasa del 4,864%).
  • El Coste de alquiler de equipos de medida (en caso de que el consumidor no sea propietario del mismo).
  • El IVA aplicable sobre la electricidad (21%).

8. ¿Cómo puedo saber si me están facturando bien?

En facturaluz.cnmc.es, la CNMC dispone de una herramienta que permite comprobar tu factura, siempre que tengas la luz  contratada con un el comercializador de referencia el PVPC.

9. ¿Qué opciones de suministro tengo como consumidor de energía eléctrica?

Existen dos modalidades: una regulada, también llamada PVPC, y otra a precio libre.

Los puntos de suministro efectuados a tensiones no superiores a 1 kV y con potencia contratada menor o igual a 10 kW pueden ser suministrados tanto a través de una modalidad regulada (PVPC o a un precio fijo durante 12 meses) como a precio libre.

Los puntos de suministro efectuados en baja tensión con potencias contratadas superiores a 10 kW y todos los consumidores con suministros en alta tensión (superior a 1 kV), únicamente podrán contratar el suministro eléctrico en la modalidad de mercado libre.

10. ¿Quiénes son los comercializadores de referencia?

E.ON Comercializadora de Último Recurso, S.L.
Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.
Endesa Energía XXI, S.L.U.
Gas Natural S.U.R. SDG, S.A.
EDP Comercializadora de Último Recurso, S.A.
CHC Comercializador de Referencia S.L.U.
Teramelcor, S.L.* (Para el ámbito de Melilla)
Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Comercialización de Referencia, S.A. (Para el ámbito de Ceuta)

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