Cuando Telefónica (o cualquier otro operador) lanza una nueva oferta o promoción a sus clientes, la CMT no fija esos precios, aunque mucha gente cree que es nuestro cometido. En realidad, los precios los marcan libremente las compañías. Lo que sí que hacemos, únicamente en el caso de Telefónica, es comprobar si esa oferta o producto afecta al correcto funcionamiento del mercado, es decir, si con ella Telefónica permite que el resto de operadores puedan presentar ofertas similares a sus clientes. Todo para evitar prácticas como el estrechamiento de márgenes.
Por eso, la semana pasada, la CMT propuso un nuevo sistema de supervisión que se aplicará a las ofertas comerciales minoristas de Telefónica (Resolución). Este análisis ex ante de las ofertas de la operadora verifica que los competidores de Telefónica puedan replicar, utilizando servicios mayoristas, los productos y las promociones de la compañía, de forma que se respeten las obligaciones que Telefónica tiene impuestas.
La nueva metodología se propone después de haber sometido el documento a la consulta pública de los operadores del sector y de la Comisión Nacional de Competencia (CNC). La CMT procederá ahora a comunicar las medidas propuestas a la Comisión Europea y aprobará la Resolución definitiva una vez obtenido su dictamen.
Alegaciones a la consulta pública
Esta modificación del sistema de análisis de las ofertas de Telefónica que se aprobó en el año 2007, no establece nuevas obligaciones, sino que modifica una ya existente. El procedimiento seguido para esta modificación, que incluye tanto la consulta nacional como la notificación del proyecto a la Comisión Europea, garantizan que las actuaciones que adopte definitivamente la CMT se ajusten a lo dispuesto en la normativa en vigor.
Asimismo, la CMT circunscribe su actuación a la regulación “ex ante” y se ajusta a las prácticas contenidas en el Proyecto de Recomendación de no discriminación y metodologías de costes de la Comisión Europea, a las aprobadas por el Organismo Europeo de Reguladores de Comunicaciones Electrónicas (Berec) y a las utilizadas en la actualidad por diferentes reguladores europeos.
Más rapidez y flexibilidad para analizar las ofertas
Esta nueva metodología pretende flexibilizar la supervisión de las ofertas comerciales de Telefónica adecuándolo al nivel de competencia que existe en nuestro país para que los usuarios puedan disfrutar de ofertas más variadas por parte de los distintos operadores.
Desde que se aprobó el anterior sistema, en el año 2007, la competencia en banda ancha y telefonía fija ha cambiado sustancialmente en España. Actualmente, Telefónica tiene una cuota de mercado en banda ancha inferior al 50%. Además, los operadores alternativos ya ostentan cuotas de mercado que están alineadas con las de otros países europeos de nuestro entorno y ahora la CMT contará también con un modelo de control similar al de otros reguladores europeos.
Novedades de la nueva metodología de Telefónica
La CMT realizará un análisis individual de cada una de las ofertas de Telefónica antes de que la operadora las comercialice, tal como se hace actualmente, pero solo para los planes de precios permanentes y no para las promociones (ofertas o productos que tienen un carácter temporal y limitado).
Por otra parte, semestralmente, la CMT hará un análisis agregado de todas las promociones temporales y los productos que Telefónica oferte en determinados segmentos, p.ej. paquetes doble play (telefonía y banda ancha); paquetes triple play (banda ancha, fijo y televisión, etc), ofertas empaquetadas (fijo y móvil) para clientes residenciales y autónomos y para empresas.
– Con el antiguo sistema de control de ofertas…
Telefónica debía comunicarnos todos sus productos: tanto las promociones como las ofertas ilimitadas antes de su comercialización. Nosotros evaluábamos con un test de estrechamiento de márgenes si podía o no lanzarlas al mercado.
– Con el nuevo sistema de control de ofertas habrá dos test:
1) El test individual:
La CMT realizará un análisis individual de cada una de las ofertas de Telefónica antes de su lanzamiento, tal como hasta ahora, pero solo para aquellos planes de precios permanentes. Un ejemplo sería un paquete de banda ancha y telefonía fija, con un precio de x € para siempre.
De esta forma, quedan fuera de este test previo al lanzamiento las promociones de carácter temporal. Por ejemplo, una oferta de un paquete Dúo por x € durante los doce primeros meses del año.
2) El test agregado:
Pero además, cada seis meses, la CMT comprobará de forma agregada todas las promociones temporales y los productos que Telefónica lance al mercado en determinados segmentos. Por ejemplo, paquetes doble play (telefonía y banda ancha); paquetes triple play (banda ancha, fijo y televisión)tanto para clientes residenciales y autónomos como para empresas.
Para ello, Telefónica semestralmente nos tendrá que enviar todos los datos de ingresos y costes de sus productos y promociones. Nosotros someteremos esa información a un test de estrechamiento de márgenes, que dará como resultado si todos los ingresos que Telefónica ha obtenido por la comercialización de un determinado segmento son superiores a la suma de los costes que tiene que afrontar por la provisión de esos servicios.
En el caso de que la CMT detecte que existe una situación de estrechamiento de márgenes en el análisis agregado, la CMT ajustará automáticamente, de forma temporal, los precios mayoristas afectados por esa oferta para corregir la situación de estrechamiento de márgenes.
Por último, se establece un periodo transitorio durante el cual la CMT seguirá aplicando la metodología actual de replicabilidad económica en paralelo con la nueva metodología. Transcurrido dicho periodo, entrará en vigor el nuevo modelo de análisis de ofertas minoristas de Telefónica.
Al comparar minorista con mayorista puede haber hueco para competir en situaciones generales
– pero ojo en segmentos empresa donde Telefónica mantiene mayor cuota con ofertas no replicables por terceros que necesiten servicios mayoristas para completar oferta
– y ojo con la información privilegiada sobre la capacidad del bucle ante ampliaciones / mejoras y las consiguientes ofertas por parte de Telefónica de mayores velocidades que las disponibles en su BBDD mayorista para AMLT + ADSL IP en la misma ubicación
Uno de los primeros datos ya me deja flipado. Sobre la cantidad de ofertas que se analizan. ¡ Más de 10.000 ! y en otros países ni 200.
En todo caso me parece bien que no tengáis que hacer el test individual u oferta por oferta en ofertas temporales, porque dicha oferta provocaría en un supuesto, sólo y como mucho una pequeña distorsión de la competencia.
Sin embargo en una oferta permante anti-competitiva la distorsión sería no sólo permanente sino progresiva (el grado de daño o impacto sería cada vez mayor) y eso si que sería grave.
Y además el agregado del test post-lanzamiento refuerza el que no ese daño no sea tan alto, siempre en un supuesto. Y sobre todo porque se hace en dos periodos. Me recuerda a cuando apruebas un examen, pero tienes que hacer un examen final. Creo que va a ser muy bueno desde mi punto de vista.
Además que el esquema en general que exponéis es sencillo de entender. 😉
Salu2
dentro de poco veremos oferta temporales de telefonica de 50 meses para barrer a la competencia…
Ante esta dejadez de la cmt, cuento antes se unan todos las comisiones y entidades antimonopolio mejor…
Si segurísimo que si desaparece la CMT será mejor… cuando yo dudo de la independencia del nuevo macroregulador y la Comisión Europea también.
Además si Telefónica saca ofertas de 50 meses se considerarán permanentes digo yo.
Salu2
En referencia a esta noticia tenía un par de dudas.
1- ¿La supervisión ex-ante quien la realiza, la CMT o la SETSI?
2- ¿La supervisión de se limita únicamente a Telefónica o se extiende al resto de los operadores?
3- ¿Esa supervisión ex-ante, tiene en cuenta la posible existencia de cláusulas abusivas en los contratos con consumidores finales(penalización desproporcionadas, tiempos de permanencia injustificados, etc)?
3- La valoración favorable de un contrato por parte de la CMT entiendo que supone la conformidad con el condicionado general del mismo desde el punto de vista de la normativa de telecomunicaciones pero no siempre esa normativa recoge cuestiones de protección de los consumidores por lo que quisiera saber si ese dictamen favorable de la CMT permite o por el contrario impide a las administraciones de consumo sancionar en los casos que existan infracciones en materia de consumo.
Hola David,
Con respecto a tus preguntas:
1) Esta supervisión ex ante la realiza la CMT no la SETSI. Es una supervisión relacionada con las obligaciones mayoristas que Telefónica tiene impuestas por parte de la CMT. Es decir, la CMT regula a Telefónica en ciertos mercados mayoristas (no en sus relaciones con los usuarios finales) porque es una compañía que tiene poder significativo de mercado, con lo cual si no cumple con esas obligaciones puede dañar la competencia. Hablamos siempre en términos de las relaciones de Telefónica con otros operadores. Un ejemplo: con este sistema, lo que controlamos es que los precios que Telefónica fija en sus ofertas comerciales no dañen la competencia, de forma que el resto de operadores pueda replicar esas ofertas a través de los precios mayoristas (regulados por la CMT) que tiene impuestos. De esta forma, se evitan prácticas anticompetitivas como el estrechamiento de márgenes.
2)Este caso del que hablamos, de control de las ofertas comerciales, se aplica solo a Telefónica, como te explico, por su condición de operador con PSM.
3) La parte contractual, es decir, política comercial de los operadores con sus usuarios no la gestiona la CMT. No tenemos competencias. Son temas de Consumo o de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.
Un saludo,
Mercedes