Suponemos que si alguna vez os han puesto una multa de tráfico y no estabais de acuerdo, habéis optado por recurrirla (donde corresponda). Pues eso mismo hacen las empresas cuando no están conformes con las sanciones de la CNMC por «saltarse» la Ley de Competencia: van a la Audiencia Nacional y presentan un recurso (contencioso-administrativo). Luego, si tampoco les convence lo que dice la Audiencia, se dirigen al Tribunal Supremo, ya en última instancia.

Hoy os dejamos por aquí un documento que hemos elaborado en el que hemos analizado la revisión jurisdiccional que los Tribunales llevan a cabo de resoluciones de la CNMC en materia de competencia. (Acceso al documento del periodo 2014-2017)  Tenéis más detalles en el post.

El estudio realizado para el período 2014-2017 muestra que la Audiencia Nacional ha confirmado de media el 75% de las resoluciones sancionadoras de la autoridad de competencia. Este porcentaje se eleva al 82,7% en el caso del Tribunal Supremo.
Esto indica que muchas de las sentencias estimatorias de la Audiencia Nacional contra las resoluciones de la Autoridad de Competencia (tanto CNC como CNMC) han sido luego anuladas por el Tribunal Supremo en el marco del recurso de casación de la autoridad de competencia, confirmándose finalmente la infracción.

Sentencias durante 2014-2017

El estudio se ha realizado analizando la revisión jurisdiccional de las resoluciones sancionadoras de la autoridad de competencia nacional (CNMC/CNC) sobre las que la Audiencia Nacional y/o el Tribunal Supremo han dictado sentencia durante los ejercicios 2014 a 2017, con independencia de la fecha de notificación del pronunciamiento judicial a este organismo.

Para ello se han tenido en cuenta todas aquellas sentencias referidas a las resoluciones sancionadoras (por artículos 1, 2 y/o 3 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia). Dichas sentencias son las que, a juicio de la CNMC, tienen especial relevancia para la política de competencia, al tratarse de las que declaran la existencia de un ilícito y ponen fin al procedimiento administrativo ante la autoridad de competencia nacional.

Las sentencias han sido clasificadas en dos categorías: “Sentencias anulatorias” y “Sentencias confirmatorias”, teniendo en cuenta el pronunciamiento de los Tribunales sobre la existencia de infracción y el procedimiento empleado y no sobre cuestiones de otra índole (cuantificación de multas, medidas cautelares o desestimación de recursos por derechos fundamentales) que no afectan al fondo de los expedientes.

Con el objetivo de emplear el criterio más prudente, en aquellas resoluciones sobre las que han recaído sentencias de distinto signo, éstas se han contabilizado y clasificado en cada categoría según corresponde a confirmatorias o anulatorias. En aquellos casos (poco habituales) en los que una misma sentencia confirma la infracción para unas empresas y la anula para otras, dicha sentencia se ha contabilizado dos veces, una como confirmatoria y otra como anulatoria.

En el último año 2017, la Audiencia Nacional ha confirmado la existencia de infracción en el 65% de las resoluciones revisadas, estando pendientes los recursos de casación que ha interpuesto la autoridad de competencia contra las sentencias anulatorias. En el caso del Tribunal Supremo, en el último año un 85% de las sentencias (que afectan al 80% de resoluciones revisadas este año) han sido favorables a la autoridad de competencia, en línea con las estadísticas de otros años.

Refuerzo en las actuaciones de la CNMC

Por otra parte, desde el mes de octubre la CNMC ha puesto en marcha una serie de medidas dirigidas a reforzar jurídicamente sus actuaciones. Entre otras, se ha vuelto a acordar celebrar vistas orales en el marco de expedientes sancionadores que por su complejidad así lo requieran, algo que no se hacía desde 2010. El pasado mes de abril se celebró una vista en el marco del expediente de Agencias de Medios y el próximo mes se celebrará una nueva vista.

Además, próximamente, el grupo de trabajo informal que desarrolla tareas de “screening” en la CNMC para detectar casos de oficio, especialmente en el marco de las licitaciones públicas, pasará a formalizarse este año con la creación de una Unidad de Inteligencia Económica en la Dirección de Competencia. Esta estará liderada por expertos en cárteles, y contará con personal de perfiles especializados en estadística, informática y técnicas cuantitativas para el tratamiento de bases de datos.

La entrada en vigor de Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha permitido que las propuestas de resolución de la CNMC contengan una propuesta de sanción.

Esta medida posibilita que las empresas dispongan de un trámite para defender sus intereses antes de la adopción de la resolución final, y el debate sobre las multas al ámbito administrativo.

Finalmente, en los últimos meses, la Audiencia Nacional ha dictado diversas sentencias sobre recálculos de sanciones en las que la CNMC ha aplicado la nueva metodología de fijación de multas. Las sentencias confirman la validez del nuevo sistema.

(Acceso al documento del periodo 2014-2017)

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