Últimamente hemos hablado en el blog de la CNMC de las prácticas, un tanto irregulares, de algunas comercializadoras de electricidad y gas con los consumidores. Saltarse la ley implica consecuencias, y ahí es donde aparecemos nosotros. Hoy queremos poner cifras a las actuaciones que hemos realizado en el último año contra aquellas energéticas que no han respetado a sus clientes.

Cortesía Gerd Altmann en Pixabay.

*** Escrito por Rubén Samaniego Sánchez

Cuando nuestros derechos como consumidores son vulnerados tenemos que ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes, para que posteriormente sean investigadas y en su caso sancionadas. Por ejemplo, en algunas de las últimas actuaciones de la CNMC en materia de consumidores de electricidad o gas, las investigaciones partieron de una denuncia de un particular, bien directamente a la CNMC o a través de una asociación de consumidores.

¿Cuáles han sido las conductas más sancionadas?

  • Incumplimiento de medidas de protección al consumidor
  • Incumplimiento de los requisitos de contratación (cambios de comercializador en los que la compañía no contaba con el consentimiento expreso de los clientes)

La conducta que más se ha repetido en nuestros últimos expedientes sancionadores es el incumplimiento de los requisitos de contratación, casos concretos en los que los comercializadores no han podido acreditar el consentimiento de los clientes. Por eso, en la CNMC insistimos en  mirar la letra pequeña de las ofertas (además, te lo contamos en este post: ¡Cuidado con las ofertas de electricidad y gas! No te fíes de los regalos: otra de consejos.

Es muy importante recordaros que tácticas de captación de clientes a través del conocido como «puerta a puerta» están prohibidas desde la aprobación del Real Decreto Ley  a finales de 2018 que contenía medidas urgentes para la protección de los consumidores. 

Asimismo, la CNMC ha sancionado a comercializadores por incumplir las medidas de protección que garantizan su derecho a elegir suministrador y a recibir información transparente sobre las condiciones de suministro al traspasar de forma masiva a consumidores sin el consentimiento de éstos.

También hemos realizado expedientes sancionadores por incumplir la obligación de informar a los clientes de los incrementos de precio del contrato de suministro, de manera clara y comprensible, así como de su derecho a rescindir el contrato sin coste alguno si no están conformes con las nuevas condiciones.

¿Qué leyes hemos utilizado para sancionar estas prácticas?

Las leyes que hemos utilizado en la CNMC para sancionar estas prácticas irregulares son:

La Ley del Sector Eléctrico, en su Capítulo II, está dedicado a Infracciones y Sanciones. Esta ley distingue entre infracciones muy graves, graves y leves; además de las sanciones correspondientes para cada tipo de irregularidad (todo ello se recoge entre los artículo 63 y 74).

En cuanto a la Ley del Sector de Hidrocarburos, el apartado de infracciones y sanciones se puede encontrar en el título VI entre los artículos 108 y 117, en los que también se hace diferencia entre infracciones muy graves, graves y leves.

Debe aclararse que la actuación de la CNMC se realiza sobre los incumplimientos de la normativa de gas o electricidad sobre los que tiene asignadas competencias. No tiene capacidad de resolver las reclamaciones de consumidores sobre aspectos como las discrepancias de los contratos de suministro en el mercado libre.

¿Entre qué empresas se han repartido estas sanciones?

En los últimos 12 meses hemos puesto multas a comercializadoras por prácticas irregulares que superan los 2 millones y medio de euros y esto demuestra el interés que ha puesto la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) para acabar con este tipo de prácticas.


La CNMC dispone de varias guías para ayudar a los Consumidores y que no sean víctimas de abusos por parte de las eléctricas:

Las sanciones de los últimos 12 meses:

Marzo 2019:

Febrero 2019:

Enero 2019:

Marzo-diciembre 2018:

 

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