En nuestro afán de hacer algo más comprensible y transparente el mundo de la energía, hoy os vamos a hablar de un concepto habitual para nosotros: las liquidaciones mensuales de energía eléctrica, de gas natural y de energías renovables.
¿Qué son las liquidaciones?
Los peajes que facturan las compañías distribuidoras de gas o de electricidad no son para las compañías distribuidoras, que son meras recaudadoras, el dinero que recaudan se redistribuye entre los diversos agentes que tienen sus costes regulados. Dichos ingresos forman parte del sistema de liquidaciones de las actividades reguladas.
Es entonces cuando interviene la CNMC: efectúa la liquidación de las obligaciones de pago y derechos de cobro necesarios para retribuir los costes. Es decir, las actividades de transporte, distribución, comercialización a tarifas, los costes permanentes del sistema y los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento.
Esta labor la ha realizado el regulador del sector energético hasta el año 2013, pero la Ley 3/2013 prevé que esta función pase a manos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINETUR), sin embargo con carácter transitorio la sigue ejerciendo la CNMC.
¿Cómo se calculan?
Los ingresos del sistema eléctrico provienen de dos fuentes principales: los peajes y los impuestos derivados de la Ley 15/2012, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. En ambos casos se produce un decalaje entre su devengo y la recaudación. De este modo, los ingresos por peajes correspondientes a facturas de acceso del mes de enero no se reciben completamente hasta el mes de marzo, los de febrero hasta abril y así sucesivamente.
Además, hay que tener en cuenta que si en las liquidaciones provisionales aparecen desviaciones transitorias entre ingresos y costes, son soportadas por todos los agentes de forma proporcional a la retribución que les corresponda.
Como consecuencia de tales desviaciones entre los ingresos recibidos y los pagos devengados se calcula un coeficiente de cobertura.
Dado que las liquidaciones se realizan en función de los consumos y que el consumo total de un año no se conoce hasta dos meses después de haber finalizado el ejercicio, se producen 14 liquidaciones provisionales acumulativas a cuenta.
Antes del 1 de diciembre del año siguiente al que corresponda la liquidación, hay que efectuar la liquidación definitiva con los datos que se tengan en ese momento. Por cierto, que dichos datos se someten a trámite de audiencia por parte de los agentes.
¿Cómo funcionan los pagos?
Antes del día 15 de cada mes, las empresas distribuidoras con menos de 100.000 clientes, y del día 25 de cada mes, las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes, deben presentar a la CNMC información de la facturación correspondiente al mes anterior, con desglose de períodos y facturas.
Con dicha información se calcula el coeficiente de cobertura. Se elabora un informe de supervisión que se eleva al Consejo de la CNMC, que lo aprueba en la Sala de Supervisión Regulatoria. Por ejemplo, y en el caso del Régimen Especial, el mismo día de la aprobación del Informe se procede a la facturación, por cuenta de terceros, de las cantidades correspondientes. Para las casi 65.000 instalaciones censadas en el MINETUR se emiten aproximadamente 20.000 facturas al mes, dado que existen representantes que aglutinan a varias instalaciones.
Este proceso requiere una enorme agilidad de gestión, dado que se deben comunicar a los agentes antes del 30 del mes en que se aprueba la liquidación. Los que han de pagar han de hacerlo antes de transcurridos 15 días desde la recepción de la notificación de pago. Ese mismo día, la CNMC paga a los agentes que tienen acreditado el derecho de cobro.
Los tiempos son muy importantes porque cualquier retraso en la determinación y/o comunicación de los resultados de las liquidaciones y del envío de las órdenes de pago afecta notablemente a la tesorería de las empresas.
[…] Todos los meses la CNMC redistribuye el dinero que recaudan los distribuidores o transportistas de gas y electricidad entre los agentes que se encargan del transporte, distribución, comercialización a tarifas, costes permanentes del sistema y costes de diversificación y seguridad de abastecimiento. Este trámite se denomina liquidación de las actividades reguladas y proporciona un seguimiento de la evolución del consumo, los ingresos y los gastos del sector energético. (Para conocer más detalles consulta CNMCblog). […]
[…] Todos los meses la CNMC redistribuye el dinero que recaudan los distribuidores o transportistas de gas y electricidad entre los agentes que se encargan del transporte, distribución y comercialización. Dicho trámite se denomina “liquidación de las actividades reguladas” y proporciona un seguimiento de la evolución del consumo, de los ingresos y de los gastos del sector energético. (Para conocer más detalles consulta CNMCblog). […]
[…] Todos los meses la CNMC redistribuye el dinero que recaudan los distribuidores o transportistas de gas y electricidad entre los agentes que se encargan del transporte, distribución y comercialización. Dicho trámite se denomina “liquidación de las actividades reguladas” y proporciona un seguimiento de la evolución del consumo, de los ingresos y de los gastos del sector energético. (Para conocer más detalles consulta CNMCblog). […]
Estas compensaciones recibidas forman parte de los ingresos de las distribuidoras. Ahora bien, cómo afecta a la liquidación del IVA teniendo en cuenta que estos ingresos no están sujetos a IVA, o están exentos.
Sería deseable conocer si al computar estos ingresos hay que aplicar la regla general de la prorrata en dicho impuesto.
Muchas gracias
[…] Todos los meses la CNMC redistribuye el dinero que recaudan los distribuidores o transportistas de gas y electricidad entre los agentes que se encargan del transporte, distribución y comercialización. Dicho trámite se denomina “liquidación de las actividades reguladas” y proporciona un seguimiento de la evolución del consumo, de los ingresos y de los gastos del sector energético. (Para conocer más detalles consulta CNMCblog). […]
[…] june show negative offset 1,051.8 million euros, although this figure is changing. As CNNMC states on your blogEvery month the agreement is made between Payment Obligation and Collection Rights Of regulated […]
Buena noticia que no vuelven a darse años de déficits.
De cara a los nuevos peajes y cargos para 2021, sería bueno que tanto la CNMC como el Ministerio efectuasen una revisión crítica de sus metodologías de asignación de peajes y costes respectivamente.
Desde el 1 de junio de 2021 ha pasado más de año y medio y toda una crisis energética (a la que no se ve un pronto final), de forma que muchas de sus hipótesis metodológicas han quedado seriamente afectadas, como es el caso del efecto favorecedor de la eficiencia de los actuales periodos horarios, de la proporción de gastos a cubrir con ingresos extraordinarios, etc.