La CNMC hace un seguimiento de los precios de los carburantes mes a mes con el fin de conocer su evolución y vigilar su evolución. El último que hemos publicado está aquí.

Vigilando el surtidor de gasolina; foto en Flickr de biblarte

Vigilando el surtidor de gasolina; foto en Flickr de biblarte

Además, y en virtud de la disposición transitoria quinta de la Ley 11/2013 controla que el número de instalaciones de los operadores principales Repsol, Cepsa y Disa, porque no pueden superar el 30% en régimen de propiedad o de cualquier otro título que les confiera la gestión directa o indirecta, ni suscribir nuevos contratos de suministro en exclusiva. La limitación se establece a nivel provincial para la Península, por isla para Baleares y Canarias y por Ciudad Autónoma para Ceuta y Melilla.

El informe consta de diversas siglas y términos que nos gustaría explicaros:

PVP: Precio de Venta al Público. Media aritmética de los precios (euro/litro) remitidos de cada estación de servicio operativa en Península y Baleares. No se realizan ponderaciones por ventas.

PAI: Precio Antes de Impuestos en Península y Baleares. Se calculan los PAI individuales por estación de servicio y producto. Para ello se detraen de los PVP los impuestos aplicados: IVA, impuestos especiales (IE) y el impuesto de ventas minoristas de determinados hidrocarburos líquidos (IVMDH[1]) en su tramo estatal y en su tramo autonómico que es variable en cada Comunidad Autónoma. Una vez obtenidos estos valores se calcula el PAI nacional y provincial aplicando una media aritmética similar a la del PVP.

PVP y PAI de España: Se corresponden con los valores de Península y Baleares, no conteniendo en ningún caso referencias o promedios que incluyan Ceuta, Melilla y Canarias.

PVP y PAI de la UE: Los datos de PVP y PAI correspondientes al resto de la Unión Europea provienen de la publicación semanal  de la Comisión Europea “Oil Bulletin”.

Ci: Cotización internacional. Se obtiene a partir de la media ponderada de los dos mercados de referencia en Europa, consistente en una combinación del 70% mercado MED (zona mediterránea) y 30% mercado NWE (zona noroeste europea), criterio habitual utilizado por esta Comisión como representativo del consumo promedio en España.

Margen Bruto de distribución (PAI-Ci): Diferencia entre el precio antes de impuestos (PAI) y la cotización internacional de referencia (Ci).

El PAI-Ci comprende todos los costes asociados a la distribución del carburante, desde su origen (refinería o puerto de importación) hasta su destino (estación de servicio), y la rentabilidad del operador mayorista y/o distribuidor minorista. Adicionalmente, incluye otros costes derivados del cumplimiento de diversas obligaciones, como son el mantenimiento de existencias mínimas de seguridad o la comercialización de biocarburantes con fines de transporte, entre otras.

Fórmula de precios máximos: Fórmula empleada para determinar el PAI máximo de los carburantes previo a la liberalización. Se aplicó hasta el año 1996 para los gasóleos y hasta el año 1998 para las gasolinas[2].

Los tipos de vínculos contractuales entre los operadores al por mayor y los distribuidores minoristas de las instalaciones pertenecientes a sus redes de distribución son los siguientes:

  • COCO (Company Owned – Company Operated): Instalaciones de suministro propiedad del operador al por mayor.

 

  • CODO (Company Owned – Dealer Operated): Instalaciones en las que el operador al por mayor conserva la propiedad del punto de venta, pero tiene cedida la gestión a favor de un tercero en virtud de un contrato de arrendamiento con exclusividad de suministro de los productos del operador.

 

  • DOCO (Dealer Owned – Company Operated): Instalaciones propiedad de un particular quien cede a un operador al por mayor exclusivamente la gestión del punto de venta para explotarla por sí o a través de una sociedad filial especializada.

 

  • DODO (Dealer Owned – Dealer Operated): Instalaciones de suministro titularidad de una persona física o jurídica vinculada al operador al por mayor mediante un contrato de suministro en exclusiva que incluye el abanderamiento de la instalación con los signos distintivos de la imagen de marca del suministrador.

Se distinguen dos tipos de regímenes de suministro: VF (venta en firme) y CO (venta en comisión).
 
Notas:
[1]  El 1 de enero de 2013 desaparece, por falta de liquidez en el mercado, la cotización internacional de referencia que contemplaba la fórmula de precios máximos para la gasolina FOB del mercado NWE. Desde entonces se emplea la referencia  que se ha considerado más aproximada, dada la inexistencia de una nueva cotización sustitutiva.

[2]   La Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, en vigor desde el 1 de julio de 2012, modifica la denominación del IVMDH. El tramo estatal pasa a denominarse “tipo estatal especial” y el autonómico “tipo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos”. A los efectos de este informe se seguirá manteniendo la denominación anterior.

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