Desde el martes pasado (7 de abril), algunas de las funciones que realizaba transitoriamente la CNMC en materia postal han pasado a ejercerse de forma definitiva por el Ministerio de Fomento.

Reclamaciones si la carta de amor no llegó a tiempo... Foto tomada de Flickr, cortesía de Manlio Tommaso Gaddi

Reclamaciones si la carta de amor no llegó a tiempo… Foto tomada de Flickr, cortesía de Manlio Tommaso Gaddi

Por ejemplo,  a partir de ahora, los usuarios de los servicios postales que quieran realizar una reclamación, deberán dirigirse al Ministerio. Asimismo, el Registro General de las empresas prestadoras de servicios postales, también se gestionará desde allí. Para los asuntos relacionados con la solicitud de autorizaciones singulares y la presentación de declaraciones responsables, los interesados pueden dirigirse al Ministerio a través de cualquiera de los siguientes números de teléfono: 915977420 y 915977081.

Todo este traspaso de funciones está recogido en la Orden PRE/578/2015, de 27 de marzo (BOE núm. 82, de 6 de abril de 2015). Como decimos, mediante esta Orden, el Ministerio de Fomento desde el pasado día  7 de abril ha comenzado a realizar algunas funciones en materia postal que realizaba antes la CNMC de forma transitoria.

En la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la disposición adicional undécima ya recogió este traspaso de competencias al Ministerio. Sin embargo, se señalaba que su ejercicio lo seguiría realizando transitoriamente la Comisión  hasta el momento en el que «los departamentos

ministeriales dispusieran de los medios necesarios para ejercerlas de forma efectiva».
Ese momento ha llegado ya… Así, desde el día 7 de abril, los usuarios de los servicios postales deberán dirigirse al Ministerio de Fomento, entre otros asuntos, para:

  • Plantear sus controversias con los operadores de servicios postales en el ámbito del servicio postal universal.
  • Plantear  quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los operadores postales en relación con la prestación del servicio postal universal.
  • Solicitar las autorizaciones singulares y presentar las declaraciones responsables que habilitan para la actividad postal, así como realizar cualquier trámite relacionado con el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales.

No obstante, la CNMC sigue manteniendo  las competencias de supervisión y control del mercado en materia postal, cuyo objeto es garantizar, preservar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en este sector. Entre otras funciones están:

  • Velar por que se garantice el servicio postal universal
  • Verificar la contabilidad analítica del operador designado y el coste neto del servicio postal universal.
  • Determinar la cuantía de la carga financiera injusta que corresponde al operador designado por la prestación del servicio postal universal
  • Resolver los conflictos de acceso a la red y a otras infraestructuras y servicios postales, entre otras previstas en la legislación vigente.
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