Desde este miércoles 15 de mayo llamar desde España a otro país de la Unión Europea (las ‘intracalls-EU’ – ojo, ¡que no roaming!) no podrá costar más de 19 céntimos/minuto (más IVA).
La Unión Europea aprobó en diciembre de 2018 las nuevas tarifas que entran hoy en vigor (ver Reglamento del BEREC-ORECE 2081/1971) y que deberán ser aplicadas en todos los países miembros . En España, la CNMC monitorizará el cumplimiento de estas obligaciones con respecto al precio máximo que un abonado pagará por las llamadas o los SMS cuando llamamos a otros países miembros de la UE.
La nueva norma establece que las llamadas entre países de la UE no podrán superar los 19 céntimos por minuto y los SMS entre países de la UE los 6 céntimos (más IVA). Esto significa que el precio minorista de las llamadas y SMS internacionales dentro de la UE estará regulado por primera vez y los operadores ya no podrán fijar un precio superior.
Esta disposición es obligatoria desde hoy 15 de mayo de 2019, sin necesidad de transposición nacional.
Algunas excepciones
((que ha señalado BEREC en sus Directrices de comunicaciones intra-UE)
* Este acuerdo no afecta a las llamadas internacionales fuera de la UE.
* El precio máximo solo se limitará a clientes particulares. Las empresas estarán excluidas de esta regulación de precios ya que los proveedores disponen de ofertas especiales.
* Esta nueva norma regula el tráfico de voz (tanto fija como móvil) y de SMS entre los diferentes Estados de la UE que se pague por consumo (muy importante: los bonos y empaquetamientos están fuera de esta regulación).
* La única posibilidad de aplicar precios por minuto o SMS superiores al límite regulado será a través de las tarifas alternativas basadas en consumo, en las cuales el consumidor elija dicha tarifa deliberadamente porque pueda reportarle algún beneficio (por ejemplo, incluir más países que los que establece la regulación).
En el caso de que, con anterioridad al 15 de mayo, un consumidor tuviera contratada una tarifa alternativa basada en consumo, el operador tiene 2 meses para recabar su consentimiento de permanecer en esta tarifa, de lo contrario a partir del 15 de julio deberá cambiarle automáticamente a la tarifa regulada.
No confundir con el roaming, en vigor desde junio de 2017
No hay que confundir esta nueva normativa con la regulación del “roaming como en casa”dentro de los países del Espacio Económico Europeo que entró en vigor el pasado 15 de junio de 2017 y acabó con los recargos por la utilización de las tarifas de voz, SMS y datos cuando viajamos a otros países de la UE.
Más información:
Reglamento del BEREC-ORECE 2081/1971
BEREC GUIDELINES on Intra-EU communications
[…] pues y tal como podemos leer desde el blog de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), las nuevas tarifas de voz y SMS aprobadas en diciembre de 2018 han entrado hoy día 15 de mayo en […]
A ver si en lugar de tener que irme a Sebastopol a llamar, pudiera llamar al pueblo de al lado más barato, POR FAVOR…
Las tarifas de Internet y Móvil en España son más caras que en otros países https://www.mistercomparador.com/noticias/tarifas-de-internet-y-movil-en-espana-vs-europa/
España no mejora y tiene uno de los precios de Internet más caros de Europa https://www.trecebits.com/2018/05/18/espana-no-mejora-y-sigue-teniendo-uno-de-los-precios-de-internet-mas-caros-de-europa/
España, el quinto país con la luz más cara de Europa https://www.kelisto.es/electricidad/consejos-y-analisis/espana-el-quinto-pais-con-la-luz-mas-cara-de-europa-6338
El último enlace no tiene nada que ver con la telefonía, pero si consideramos que pocos llegamos a fin de mes, si me dan a elegir entre luz o teléfono primero quito el teléfono 😛
Surfing the web I find a page Page Biker In these pages we have information of ¿biker concentrations?, ¿Better routes moteras? ?, How to change caden?, Changes of tires? and many biker tips and for motorcycles.
Al final uno tiene que pedir un préstamo para pagar estas facturas desorbitadas…
Lo que si deberían bajar es el precio de internet yo para llamar uso videollamadas whatsapp
Buenas tardes,
En el texto de la noticia indican que «Esta disposición es obligatoria desde hoy 15 de mayo de 2019, sin necesidad de transposición nacional». Tenía entendido que como Directiva debe ser traspuesta al la legalidad nacional, y que solo los reglamentos son de obligado cumplimiento sin estar traspuestos por cada nación.
Por favor ¿podrían confirmar si realmente es obligatoria? En dicho caso entiendo que se cumplen las condiciones para que se factible reclamar como particular la no aplicación del contenido de la directiva. En caso contrario, debería corregirse el texto que indica » es obligatoria» de esta publicación para no llevar a confusión.
Saludos,