Si existe el riesgo de que una empresa fije precios de acceso elevados a los servicios regulados, o estreche márgenes en detrimento de los consumidores, los reguladores pueden imponer obligaciones de control de precios.
Éste ha sido el caso tradicionalmente de los mercados mayoristas de la banda ancha en España, en los que Telefónica ha sido declarada operador con poder significativo de mercado. Según la reciente propuesta de regulación de la CNMC, Telefónica deberá continuar dando acceso a los operadores alternativos a su red, tanto de cobre (como venía haciendo hasta el momento) como de fibra. [Podéis leer un resumen del proyecto de medida de la CNMC en este otro post]
Pero las redes de cobre y de fibra de Telefónica no van a tener el mismo tratamiento regulatorio, dado que las condiciones en que se ha producido el despliegue de las mismas no son equiparables. De hecho, en el caso de la red de fibra la responsabilidad en la fijación de los precios de acceso corresponderá principalmente a Telefónica, bajo la supervisión eso sí de la CNMC (que por su parte seguirá fijando los precios de acceso a la red de cobre).
Orientación a costes
“La intervención regulatoria puede ser relativamente suave, como una obligación de precios razonables; o mucho más exigente, como precios orientados a costes allí donde la competencia no es lo bastante fuerte como para prevenir los precios excesivos”, según se recoge en la posición común de los reguladores europeos sobre obligaciones a imponer en los mercados de telecomunicaciones.
La red de cobre se considera una infraestructura legada, desplegada en régimen de monopolio por Telefónica, en una época en que este operador gozaba de importantes privilegios. Por eso las obligaciones sobre la red de cobre son más estrictas que las de la fibra óptica, dada en particular la dificultad para los operadores alternativos de replicar una red de estas características de la misma capilaridad que la red de Telefónica.
Según detalla la propuesta de la CNMC, y tal y como ya ocurre en la actualidad, los operadores alternativos accederán a la red de cobre de Telefónica a unos precios orientados en función de los costes. La CNMC revisará la contabilidad de costes de Telefónica y fijará los precios mayoristas de acceso en base a estos costes.
Por ejemplo, el precio mayorista actual para el acceso desagregado al bucle de abonado (par de cobre) está fijado en 8,60 euros al mes.
También tienen precios orientados a costes las infraestructuras de acceso civil de Telefónica (canalizaciones, conductos, etc…)
Otras obligaciones en materia de control y supervisión de precios
Cuando la situación competitiva no requiere una medida tan exigente como la imposición de precios orientados a costes, los reguladores pueden optar por otras medidas de control y supervisión de precios. Por ejemplo, en España el acceso a las verticales (el último tramo de la red de fibra óptica que transcurre por los edificios) está sometido a una obligación de precios razonables, no orientados a costes.
Hay que recordar que esta es una obligación simétrica: afecta por igual a todos los operadores. El primer operador que accede a un edificio para desplegar fibra óptica debe por consiguiente dar acceso a este último tramo de la red de fibra al resto de operadores a precios razonables, negociados libremente entre las partes. En caso de discrepancia sobre qué constituye un precio razonable, corresponde a la CNMC resolver la cuestión.
Para establecer qué precios son razonables, los reguladores pueden tener en cuenta diferentes factores, como por ejemplo observar los precios que se dan en mercados competitivos comparables o en otros países de su entorno.
En relación con la red de fibra óptica de Telefónica, es importante destacar que se trata de una nueva inversión, que está siendo desplegada en un mercado ya liberalizado, lo que justifica que, siempre y cuando se cumplan ciertas salvaguardas, la red de fibra no deba estar sometida a las mismas obligaciones regulatorias que pesan sobre la red de cobre de Telefónica. Así por ejemplo, la Comisión Europea recomienda que los reguladores garanticen que los precios mayoristas de las redes de fibra óptica reflejan debidamente el riesgo de acometer esta inversión en redes de nueva generación.
Por eso, según la propuesta de la CNMC, los precios mayoristas que tendrá la red de fibra óptica de Telefónica no estarán orientados a costes, sino que simplemente deberán garantizar que los operadores alternativos pueden reproducir las ofertas minoristas de este operador. Es decir, corresponderá en principio a Telefónica fijar los precios del acceso a su red de fibra, bajo la supervisión de la CNMC. En particular, la CNMC someterá los precios mayoristas de la fibra óptica a un test de replicabilidad económica, con el objetivo de garantizar que, sobre la base de los precios mayoristas planteados por Telefónica, los operadores alternativos pueden replicar las ofertas minoristas (comerciales) que este operador ofrece a sus propios clientes.
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