Esta semana ha sido muy intensa (informativamente hablando) y la fibra de Telefónica también ha tenido su espacio destacado en los medios.

Foto tomada de Pixabay

Por eso, os dejamos por aquí esta lectura, para que entre partido y partido del Mundial, refresquéis los conceptos básicos de la regulación que la CNMC aplica a las redes de fibra óptica de Telefónica y entendáis como esta operadora y el resto de sus competidores configuran los precios de sus ofertas.

Como sabéis, desde hace años, las compañías (operadores de comunicaciones electrónicas) fijan libremente los precios de los productos que ofrecen a sus clientes y, por supuesto, también el de los paquetes que incluyen fibra óptica. Esta premisa aplica también a Telefónica, pero dada su condición de operador con poder significativo de mercado, Telefónica tiene que cumplir una serie de obligaciones.

Si recordáis en la regulación de la fibra de Telefónica que aprobamos, la CNMC dividió el mercado en dos zonas: la competitiva, formada por los 66 municipios definidos en la Resolución sobre los mercados de banda ancha de febrero de 2016 y la no competitiva, formada por el resto de España.

En la zona competitiva (66 municipios), Telefónica no está obligada a prestar ningún servicio mayorista a sus competidores. Sin embargo, en la zona no competitiva, Telefónica debe ofrecer al resto de operadores un servicio mayorista sobre fibra óptica llamado NEBA local. Esa oferta mayorista permite que los operadores rivales de Telefónica puedan ofrecer fibra óptica a sus clientes en «igualdad de condiciones».

¿Telefónica es libre para fijar precios a clientes finales?

Por supuesto, tanto en la zona competitiva como en la zona no competitiva. La diferencia entre ambas zonas es que en la zona no competitiva, Telefónica está obligada a ofrecer un servicio mayorista sobre fibra a sus competidores que se llama NEBA local, como decimos.

Telefónica determina tanto los precios a sus clientes finales como los precios del servicio mayorista NEBA local. La regulación aprobada por la CNMC, únicamente exige que exista un margen suficiente entre ambos precios (minorista y mayorista) para que los competidores de Telefónica tengan margen a la hora de hacer sus ofertas y competir con ella. Por eso, es importante recordar que si cualquier operador decide ofrecer distintos precios para sus ofertas de banda ancha y fibra en función de la zona geográfica, lo hace por razones comerciales. 

Ponemos un ejemplo, si Telefónica quiere ofrecer un producto de fibra óptica a nivel nacional a un precio único, lo único que tiene que hacer es fijar unos precios mayoristas del NEBA local que permitan replicar ese precio. Eso significa que, contrariamente a lo que se ha podido interpretar, no es que la CNMC obligue a ofrecer precios más altos a los clientes finales en la zona no competitiva. Telefónica puede perfectamente bajar los precios mayoristas del NEBA local hasta el nivel que permitiría que ese producto minorista (para las zonas que no son competitivas y en las que tiene que alquilar la fibra a sus competidores) superase el test de replicabilidad.

¿Por qué en 66 municipios Telefónica no tiene que alquilar la fibra?

El criterio con el que la CNMC determinó los 66 municipios de los que hablamos en 2016 fue muy prospectivo. La CNMC solo exigió que en el municipio hubiera una  central de Telefónica en cuyo área de cobertura existieran tres redes NGA con un cobertura del 20%. Uno de los motivos de ser prospectivo es que había una vocación de permanencia de la zona competitiva, de tal forma que los operadores tuvieran un marco claro y estable sobre el que planificar sus inversiones.

Evolución del mercado y de la competencia

Por otro lado, aspectos clave del análisis de mercado, como la entrada en servicio del NEBA local o el propio test de replicabilidad, acaban de entrar en funcionamiento porque son partes de la regulación que tienen un componente muy técnicos y requieren su tiempo. Además, la regulación se hace de forma que tras un tiempo prudencial se puedan analizar el efecto de las medidas impuestas. Al igual que ocurre en el resto de los países europeos, las regulación se modifica a través de revisiones de los mercados.

El proceso tiene tres fases, como cualquier otro análisis de mercado 1) consulta pública a los operadores, 2) notificación a la Comisión Europea para que analice el proyecto y 3) aprobación definitiva de la medida.

En la próxima regulación de mercados, analizaremos todo el mercado en función de cómo ha evolucionado la competencia y han funcionado las obligaciones impuestas a Telefónica (NEBA local, ERT, etc).

Como siempre, el objetivo de esta regulación es fomentar la competencia y la inversión eficiente, para que los ciudadanos puedan disfrutar de mejores servicios a precios competitivos.

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