Referíamos en un post anterior como reclamar por los daños que provocaron en la economía familiar de los afectados, o en la de sus empresas, las prácticas anticompetitivas realizadas por determinados concesionarios de coches que sancionamos el pasado verano.
Aprovecharemos esta circunstancia para contar lo que cualquier persona o entidad que haya sufrido un daño o perjuicio por infracciones de la legislación sobre competencia puede hacer para exigir reparaciones y presentar reclamaciones en los tribunales, en contra de los operadores que han cometido la infracción.
Debe tenerse presente, en todo momento, que una vez se haya adoptado la decisión de exigir la responsabilidad por daños, ha de recabarse asesoramiento jurídico adecuado, para que profesionales en esta materia puedan orientarles acerca de las circunstancias que hayan de ponderarse y que únicamente podrán concretarse caso por caso, tales como las posibilidades de éxito, las costas, la duración y demás aspectos del proceso.
Por supuesto, antes de iniciar cualquier pleito es aconsejable que se tome en consideración la posibilidad de acuerdo entre las partes afectadas, o cualquier otra solución alternativa que pueda resultar más acertada para resolver un conflicto sin tener que recurrir a los tribunales, ahorrándose tanto la incertidumbre del resultado del proceso judicial, como los gastos inherentes a éste (abogados, peritos, …). También en este caso se recomienda contar con asesoramiento técnico adecuado que ofrezca mayor garantía de éxito para alcanzar las pretensiones concretas.
Y ¿cuál es la vía de reclamación en caso de no llegar a un acuerdo?
Presentar una demanda por daños y perjuicios derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa sobre competencia ante los tribunales civiles
Y si soy un particular ¿cómo lo hago?
Si la cuantía económica personal del daño no es lo suficientemente grande como para justificar que cada usuario afectado demande por separado, cabe valorar dos vías de actuación:
- Asociarse con otros afectados y presentar una demanda colectiva
- Acudir a las asociaciones de consumidores legalmente constituidas, a las que la ley les otorga la potestad de iniciar demandas en representación de una colectividad de afectados, sin perjuicio de la legitimación individual de los perjudicados
Recordad: el papel de la CNMC, en caso de posible práctica anticompetitiva, es el de detectar las conductas ilícitas, investigarlas, probarlas y resolver el expediente imponiendo la correspondiente sanción. Cualquier persona, empresa o entidad que se considere dañada por las conductas sancionadas, y quiera demandar el correspondiente resarcimiento de daños y perjuicios, deberá acudir a la jurisdicción civil.
Podéis encontrar más información en la “Guía Básica.- Reclamaciones por daños y perjuicios en materia de derecho de la competencia” editada por la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.
La verdad es que empezar un proceso civil es como escalar el Everest, cuanto más arriba más frío. Pues de la misma forma cuanto más arriba más te queda tiesa la cartera. Y en muchos casos no merece la pena. Y esto es un problema precisamente para los que denuncian y un favor para los que producen el daño.
Salu2