Llevamos unos días, (cosas de la vida), en los que estamos recibiendo llamadas de un montón de personas que nos preguntan cómo tienen que actuar porque quieren reclamar por los daños que les han provocado en su economía familiar o en la de su empresa las prácticas anticompetitivas realizadas por determinados concesionarios de coches que sancionamos el pasado verano.

Rápido a reclamar. Foto tomada de Flickr, cortesía de Simone Zucchelli

Rápido a reclamar. Foto tomada de Flickr, cortesía de Simone Zucchelli

En marzo y en junio, a través de varias resoluciones, la CNMC sancionó con un total de 53,3 millones de euros a varios concesionarios de diversas marcas de coches (multa a 95 concesionarios, multa a 10 concesionarios, multa a 45 concesionarios) porque habían formado diversos cárteles y llegaron acuerdos prohibidos por la Ley de Defensa de la Competencia.

En el mes de julio, multamos a veintiuna empresas fabricantes y distribuidoras de marcas de automóviles en España con 171 millones de euros, también por prácticas similares.

Hasta aquí nuestra función. Ahora las vías de reclamación, en el caso de que cualquier persona o entidad que haya sufrido un perjuicio por tal infracción quiera hacerlo, son las siguientes:

  • Puede presentar una demanda de daños y perjuicios derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante los tribunales civiles.
  • Sin perjuicio de la legitimación individual de los perjudicados, las asociaciones de consumidores legalmente constituidas están legitimadas igualmente para entablar acciones en defensa de los derechos e intereses de consumidores y usuarios.

 

Es importante recordar que el papel de la CNMC en este caso, y cualquier otro de posible práctica anticompetitiva, ha sido el de detectar las conductas ilícitas, investigarlas, probarlas y resolver los expedientes de los concesionarios y los fabricantes (en este caso concreto), imponiendo la correspondiente sanción. Cualquier persona, empresa o entidad que se considere dañada por las conductas sancionadas, y quiera demandar el correspondiente resarcimiento de daños y perjuicios, deberá acudir a la jurisdicción civil.

Por cierto, algunos de estos casos se resolvieron gracias al Programa de Clemencia de la CNMC. Si quieres saber en qué consiste este Programa o participar con la CNMC en sus investigaciones, estos dos «posts» seguro que te interesan:

 

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