¿Podemos saber quién está detrás de un anuncio político? ¿Tienen algún papel la CNMC en las elecciones? ¿Para qué sirve el código de conducta sobre desinformación? En una entrada anterior, hablamos de quién protege las elecciones en el mundo de las redes sociales y los algoritmos. Hoy profundizamos en el asunto respondiendo a nuevas preguntas.

Reglas de la publicidad política
La protección de las elecciones en el entorno digital no depende únicamente del Reglamento Europeo de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés): existen otras normas frente a los posibles riegos.
Desde octubre de 2025, está en vigor el Reglamento (UE) 2024/900 sobre transparencia y segmentación en la publicidad política. En él encontramos las reglas para la publicidad política en internet y en formatos tradicionales; entre otras:
- Debemos poder reconocer claramente la publicidad política y saber quién está detrás de ella.
- Nos deben facilitar información sobre las elecciones o referéndum con los que estén relacionados, las cantidades pagadas y, cuando proceda, si se han utilizado técnicas de segmentación o de entrega de anuncios.
Segmentación de la publicidad
Es un aspecto destacado del reglamento. Cuando estas técnicas impliquen el tratamiento de datos personales, solo pueden utilizarse bajo ciertas condiciones:
- Los datos deben haber sido obtenidos del propio interesado.
- Éste debe haber prestado un consentimiento explícito y separado para su utilización con fines de publicidad política.
- Para elaborar perfiles, no pueden utilizarse las categorías especiales de datos personales (opiniones políticas, origen racial o étnico o creencias).
Injerencias extranjeras
También es muy relevante que tres meses antes de un referéndum o unas elecciones, los servicios de publicidad política quedan limitados a categorías de patrocinadores vinculados a la Unión Europea, con las condiciones y excepciones previstas en el reglamento.
Mientras que el Reglamento de Servicios Digitales (DSA) exige a las plataformas y motores de búsqueda de muy gran tamaño (Vlops y Vloses) evaluar y reducir los riesgos sistémicos que sus servicios pueden generar e impone obligaciones relacionadas con la publicidad en general, el Reglamento de Publicidad Política se centra en obligaciones específicas (transparencia y segmentación).
Código de Conducta sobre Desinformación
El Reglamento de Servicios Digitales (DSA) no parte de cero. Estos son algunos de sus hitos:
- Desde 2018, plataformas, verificadores, organizaciones de la sociedad civil, representantes de la industria publicitaria, etc. colaboraban en el Código Europeo de Buenas Prácticas sobre Desinformación, que se reforzó en 2022.
- En febrero de 2025, la Comisión Europea y la Junta Europea de Servicios Digitales lo integraron en el marco de la DSA como Código de Conducta sobre Desinformación:
- Cuenta con más de cuarenta firmantes, entre ellos grandes plataformas, como Google, Meta, Microsoft y TikTok.
- Incluye compromisos relacionados con la desmonetización de la desinformación, la lucha contra comportamientos manipulativos, la colaboración con verificadores de hechos, el acceso de investigadores a información y el empoderamiento de los usuarios.
- La adhesión al Código es voluntaria, pero desde su integración en la DSA tiene una relevancia jurídica mayor.
- Para las VLOPs y VLOSEs que se adhieren, el Código constituye un punto de referencia relevante para valorar el cumplimiento de sus obligaciones.
- El Código tiene una vertiente electoral e incluye mecanismos para facilitar una cooperación rápida entre actores ante riesgos o incidentes.
La CNMC y las elecciones
La Comisión Europea es la responsable de supervisar las obligaciones específicas (riesgos sistémicos) de las grandes plataformas y buscadores (p.ej, Google, TikTok, Instagram, Meta, etc.). No obstante, la Comisión, los Coordinadores de Servicios Digitales de los Estados miembros (en España, la CNMC) y la Junta Europea de Servicios Digitales cooperan con los instrumentos que les brinda el Reglamento de Servicios Digitales (DSA).
Por ejemplo, en materia electoral, los coordinadores de servicios digitales aportan a la Comisión Europea conocimiento sobre el contexto nacional y lingüístico, favorecen la cooperación con las autoridades nacionales, las plataformas y las organizaciones y participan en los mecanismos europeos de coordinación.
La Comisión Europea y la Junta Europea de Servicios Digitales elaboraron en 2025 un manual de instrucciones (DSA Elections Toolkit) para los Coordinadores de Servicios Digitales. En él se abordan las actuaciones a llevar a cabo en periodo electoral: las relaciones con las partes, la comunicación y alfabetización mediática, la respuesta a incidentes y el seguimiento y análisis de los riesgos electorales.
Conclusiones
En un entorno en el que una campaña coordinada, una red de bots o un deepfake pueden alcanzar a millones de personas en cuestión de horas, proteger la integridad de las elecciones exige también comprender cómo funcionan los servicios digitales y cómo pueden contribuir a amplificar determinados riesgos.
La DSA no pretende decidir qué opiniones son correctas ni controlar el debate político. Tampoco puede impedir que exista desinformación en Internet. Sin embargo, sí exige a las plataformas, cuyo tamaño y funcionamiento pueden tener un impacto en los procesos electorales, evaluar e identificar los posibles riesgos que entrañan sus servicios, adoptar medidas para reducirlos o mitigarlos y rendir cuentas sobre su eficacia.
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