La supervisión que realiza la CNMC de la logística de los hidrocarburos líquidos en España cobra más relevancia que nunca. Nuestro trabajo sirve para detectar prácticas irregulares, mantener el nivel de competencia y garantizar que los operadores puedan acceder a los terminales de almacenamiento y transporte en condiciones objetivas, transparentes y no discriminatorias.

Infraestructura de hidrocarburos líquidos.

Cambios relevantes

Este año ya estamos viendo cambios de comportamiento en el mercado de productos petrolíferos en España, gracias al nuevo marco normativo que fijó el Real Decreto-ley 8/2023:

  • Se han registrado varias cancelaciones de contratos logísticos:
    • debido a la inhabilitación de operadores al por mayor de productos petrolíferos
    • y a la prohibición de algunas tipologías de suministros que favorecían el fraude
  • Ha habido un descenso del número de contratos “no convencionales”.

Supervisión periódica: el papel clave de la CNMC

El artículo 41 de la Ley de Hidrocarburos ampara la supervisión del mercado logístico de hidrocarburos líquidos que la CNMC desempeña a través de la actualización regular en su página web de datos clave —precios, servicios y condiciones de acceso a las infraestructuras logísticas—. Esta actividad garantiza que todos los agentes del mercado dispongan de información veraz y actualizada para operar en igualdad de condiciones.

Te animamos a que consultes la información que acabamos de volcar a la web.

Además de reforzar la confianza de consumidores y operadores, asegurando un acceso comprensible a la información sobre el acceso a los terminales, esta vigilancia continua permite a la CNMC monitorizar las transacciones del mercado y, en consecuencia, detectar la realización de prácticas irregulares por parte de los distintos agentes de la cadena de suministro. Como os hemos comentado en otros posts, las compañías logísticas son unos excelentes agentes de verificación de las actividades de sus clientes.

Nuestras fuentes de información

¿De dónde sacamos la información que nos permite supervisar? Son las propias compañías logísticas las que nos la facilitan, quienes por ley están obligadas a remitirnos todos los contratos que suscriban con sus clientes y la documentación relacionada. Durante este año, hemos recibido y analizado más de mil documentos. De continuar así, 2025 marcará un nuevo récord en el número de documentos supervisados.

Número de documentos recibidos y analizados

Número de documentos recibidos y analizados.
Fuente: CNMC, elaboración propia

A menos clientes, menos contratos

Por ahora, en lo que llevamos de año, comparado con 2024, hemos detectado que hay una menor proporción de contratos nuevos y una mayor proporción de actualizaciones de precios. Esto último totalmente lógico al comienzo del año.

Detalle tipología documentación analizada 2024-Jul 2025

Detalle tipología documentación analizada 2024-Jul 2025.
Fuente: CNMC, elaboración propia

Por su parte, el porcentaje de cancelaciones de contratos continúa siendo relevante. Sin duda, la agilización de los procedimientos de inhabilitación de operadores al por mayor, a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2023, está teniendo su reflejo en el mercado.

Operadores inhabilitados

En lo que llevamos de año, se ha inhabilitado a 11 operadores al por mayor de productos petrolíferos. Puedes consultar el detalle de ellas a través del listado de operadores al por mayor de productos petrolíferos publicado por la CNMC. Cualquier inhabilitación nos lleva inmediatamente, con la intención de evitar posibles prácticas irregulares, a solicitar información a las compañías logísticas que sabemos tienen relación contractual con estos operadores.

Evolución del número de cancelaciones y % respecto al total de documentos

Fuente: CNMC, elaboración propia

Contratos no convencionales

Las nuevas tipologías de contratos, diferentes a las formas tradicionales, que proliferaron con fuerza entre 2022 y 2024, parece que están remitiendo en muchas terminales, consecuencia también de las nuevas reglas del Real Decreto-ley 8/2023. Os recordamos a qué formas contractuales nos referimos:

  • Cesiones de capacidad: el cliente de un almacenista cede su capacidad contratada a otro sujeto, bien por su ausencia de actividad o bien porque el nuevo sujeto es su suministrador dentro de la terminal.
  • Venta en tanque: acuerdos mediante los cuales el cliente del almacenista vende su producto a un tercero dentro de la terminal de almacenamiento o en el momento de la expedición.
  • Compra en tanque: hemos puesto mucho interés en esta forma contractual, mediante la cual un sujeto ocupa la capacidad de almacenamiento contratada por el cliente del almacenista para venderle el producto en pequeños tramos. La complejidad de esta operación, que suele llevar asociada otros acuerdos entre las partes, exige una particular atención.

Productos de origen renovable

Entre los hechos más novedosos destaca también la aparición de documentación específica relacionada con productos de origen renovable y que se comercializan cada vez más a través del canal de estaciones de servicio, tal y como te hemos comentado en otros posts. Un ejemplo es el HVO (diésel renovable producido a partir de grasas animales y aceites de origen vegetal).

Precios y condiciones almacenamiento de HVO en Exolum Villaverde

Fuente: CNMC, elaboración propia a partir de la información remitida por Exolum en cumplimiento del art.41 de la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos

Continúa formándote e informándote

Sabemos que esta parte de la cadena de valor del sector de los productos petrolíferos es bastante desconocida y compleja, por eso te animamos a que, si es de tu interés, revises, además de nuestra web, las entradas del blog del año pasado (agosto y diciembre), así como el post descriptivo que publicamos en 2023. Esperamos que sean de tu interés y no dudes escribir en los comentarios tus dudas o aportaciones.

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