En estas circunstancias, los suministros energéticos adquieren una naturaleza aún más esencial, especialmente para los consumidores más vulnerables.
A partir del mes de abril, las compañías suministradoras de los servicios básicos no podrán cortarlos a los consumidores vulnerables por impago. Esta medida afectará a la luz, gas o agua, cuyo suministro no podrá interrumpirse por retrasarse en el pago de un recibo. Los beneficiarios de este cambio normativo son aquellos consumidores para el suministro de su vivienda habitual que, siendo persona física, tengan la condición de ser consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social según el Real Decreto 897/2017:
El Gobierno ha incluido esta iniciativa en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo que recoge las medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
En cuanto a los consumidores beneficiarios del bono social eléctrico, con el fin de que no dejen de percibir los descuentos y beneficios previstos en la normativa, en el caso de que agoten el plazo de vigencia de dos años previsto en la normativa vigente, se prorrogará de forma automática dicho plazo hasta el 15 de septiembre de 2020.
¿A quién le afecta el bono social?
Recuerda que la CNMC y Civio elaboraron conjuntamente una aplicación que te permite conocer si tienes derecho a percibir el bono social.
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Más medidas
Además, se suspende la revisión para los siguientes tres bimestres de los precios máximos de venta al público, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, para evitar el alza del precio que hubiera correspondido aplicar ahora. Precisamente ayer la CNMC publicó la actualización de la estadística de GLP, en la que se recogen los precios aplicables a los suministros de GLP canalizado desde el pasado martes, así como la referida congelación del precio de los envases de GLP con precios regulados.
También se suspende la revisión de la tarifa de último recurso de gas natural, para los siguientes dos trimestres.
Recordamos que esta medida estará vigente durante un mes, aunque se puede prorrogar.
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