Hace unos días en la CNMC desmantelamos tres cárteles que formaron 15 empresas y que se repartieron licitaciones públicas de ADIF y Renfe desde 2002. Más allá de las sanciones que impuso la Comisión por estas prácticas ilegales es muy importante el Programa de Clemencia y el Buzón de Colaboración de la CNMC. Si nos ayudas a detectar estas conductas ilegales, también será más fácil que las investiguemos y acabemos con ellas.
*** Escrito por Rubén Samaniego Sánchez
¿Un buzón de colaboración?
En 2014 entró en funcionamiento el buzón de colaboración de la CNMC en el que cualquier empresa o ciudadano que tenga información fehaciente sobre prácticas contrarias a la competencia por parte de una empresa pueden aportar dicha información sin necesidad de hacer una denuncia formal.
Hay que destacar que esta acción no supone una denuncia formal y que al ser un buzón de carácter anónimo la identidad de la persona que aporta la información en ningún caso queda registrada, salvo que ésta sí lo requiera a través de las correspondientes casillas del formulario.
¿Para qué sirve?
Una de las misiones de la CNMC es acabar con los acuerdos secretos entre empresas entre empresas competidoras para la fijación de precios u otras condiciones comerciales, el reparto de los mercados o de los clientes, o el reparto fraudulento de las licitaciones públicas o privadas que perjudican gravemente los intereses económicos generales y afectan de manera muy perjudicial a la competencia, a los consumidores y a las empresas que cumplen las normas.
Actuar de oficio no siempre es una tarea fácil para la CNMC por eso es muy importante contar con este canal a través del que se puede aportar información por parte de personas que conocen estas prácticas fraudulentas de una manera más sencilla y rápida.
¿Cómo funciona?
A través de nuestra página web de la CNMC existe un formulario de Colaboración para la detección de cárteles en el que se debe completar con los siguientes datos:
- Empresas implicadas
- Mercado afectado
- Descripción de los hechos que se conocen
- Además se deben adjuntar todos aquellos documentos que se consideren relevantes para el proceso
El Programa de Clemencia, la opción B
La CNMC, además (y lo hemos contado un montón de veces en el blog -en este post), cuenta con un Programa de Clemencia en el que permite a las empresas que forman parte de un cártel poner en conocimiento de la CNMC su existencia para que lo investigue.
La solicitud de clemencia se puede presentar por escrito:
- Dirigido a la Subdirección de Cárteles y Clemencia de la CNMC (c/Barquillo, nº5, 28004 Madrid)
- A través del Registro Electrónico de la CNMC – procedimiento de clemencia
Me han llamado de la compañía de seguros Generales, sabían mi nombre y me han dicho que mis datos los han cogido del fichero de la Comisión Nacional de telecomunicaciones. Mi pregunta es Eso puede ser verdad y que tengo que hacer para que nadie pueda acceder a ese fichero(por la ley de protección de datos).
Juan carlos,
La CNMC cuenta con un sistema de gestión de los datos de los abonados (SGDA), una plataforma informática que emplean servicios de emergencia o que utilizan los operadores que elaboran guías telefónicas para disponer de los datos actualizados de los clientes de los operadores. La CNMC únicamente se encarga de gestionar la plataforma del SGDA, pero no puede modificar ni rectificar los datos de los abonados. Cualquier cambio en los datos, el abonado debe notificárselo a su operador para que éste actualice los datos en el SGDA.
Y ahora llega la pregunta del millón: ¿Quién puede descargar los datos de los abonados?
Pueden acceder a los datos del SGDA estos perfiles:
• Los servicios de emergencia y agentes facultados (como fuerzas y cuerpos de seguridad)
• Los operadores que elaboran guías telefónicas
• Los operadores que prestan servicios de consulta telefónica sobre números de abonado (los 118XX)
Las entidades que quieran acceder a los datos de los abonados deben solicitarlo a la CNMC y empezar a prestar el servicio en un plazo máximo de 6 meses. Además, únicamente podrán usar los datos para el servicio por el cual se les ha habilitado y deberán respetar la normativa vigente en materia de protección de datos personales, cuya salvaguardia corresponde a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Para no aparecer en las guías telefónicas o en los servicios de consulta telefónica, el cliente debe comunicárselo a su operador. Éste tendrá que subir los datos actualizados del cliente al SGDA en un plazo máximo de 10 días.
Los datos del abonado que ha renunciado a aparecer en las guías ya no podrán ser consultados por los prestadores de estos servicios. Aunque sí que sus datos seguirán siendo accesibles para los servicios de emergencia y las fuerzas y cuerpos de seguridad.
Me aseguran que la portabilidad se va a realizar de MOVISTAR A VODAFONE, mi sorpresa es que no sólo NO SE HA REALIZADO LA PORTABILIDAD, sino que me han dejado sin línea durante una semana y sigo sin línea. Después de multiples llamadas a las dos operadoras sin obtener resultados positivos, en la tienda MOVISTAR, me dicen que mi número aparece en esta página CNMC, con VODAFONE. A mi VODAFONE NO ME DA cobertura, ni soporte, ni tarjeta, nada. Quiero volver al estar en esta página con VODAFONE, vuelvo a MOVISTAR Y SUSCRIBO UN CONTRATO PARA LA PORTABILIDAD DE ESA LÍNEA DE VODAFONE A MOVISTAR. Es el día de hoy y todavía no tengo línea, a dónde puedo acudir, además de presentar las correspondientes hojas de reclamaciones, quién me protege? quien protege mis derechos ?. Agradeceria que me contestaran.
Es posible que un fabricante de automóviles prohíba explícitamente la venta de vehículos a determinadas empresas para venderlos él directamente. ¿No es esto un atentado contra la libre competencia?
https://www.abogacia.es/2018/04/18/el-telefono-de-atencion-al-cliente-no-puede-ser-de-tarificacion-adicional/
Seguimos pagando.Hagan algo.
De forma inadecuada el grupo Monbus a través de sus sociedades directas y participadas concurre a un número excesivo de licitaciones de servicios de transporte de viajeros de la Xunta de Galicia, limitando la concurrencia por cuanto a pesar de poder ofertar por si sola (al cumplir sobradamente su capacidad) acude con múltiples empresas en forma de UTE para aglutinar la competencia bajo su paraguas
En Varios lotes van por un lado empresas del grupo Monbus y al mismo tiempo en otra UTE va EMPRESA RAUL participada por Monbus (Vda. de J. Domínguez (100% de Monbus) y participa en mas de un 15% en Empresa Raul)
Realiza pactos con múltiples empresas para limitar la competencia a cada Lote haciendo de este proceder una práctica anticompetitiva por alcanzar pactos con
otras empresas para no concurrir entre si y así ofrecer una única oferta.
La CNMC ha dictado al efecto que estas prácticas suponen un atentando a la competencia y por ello en este caso las UTES deben justificar el porqué de su constitución con el fin de probar si una de ellas o varias podían concurrir al concurso sin necesidad de utilizar esta fórmula.
Javier,
La CNMC, como comentamos en el post, tienen un Buzón de Denuncias y de Colaboración. Por aquí te dejamos el enlace: https://sede.cnmc.gob.es/tramites/competencia/colaboracion-para-la-deteccion-de-carteles
Saludos.
He puesto varias reclamaciones hasta ahora , ante la Oficina del Usuario de Telecomunicaciones contra varios operadores de telefonía móvil, dándome la razón en la casi totalidad de los casos.
Mi pregunta es, ¿quién tiene la potestad sancionadora contra estos Operadores que actúan sin cumplir los plazos para dar de baja a un usuario, facturas erróneas, etc.? La propia Secretaria para la Administración en el Avance Digital no debe ser, porque en cada una de mis reclamaciones les solicito que les imponga una sanción administrativa, pero nunca lo han hecho.
Si son ustedes, me pueden responder que forma de envío les envío la documentación, y que debo aportar? Muchas gracias
Buenas noches, mi consulta es la siguiente.
He llamado a mi comercializadora eléctrica, en este caso Curenergia comercializadora de referencia de Iberdrola, para solicitar un cambio de tarifa eléctrica con discriminación horaria de 2 periodos. Por este cambio me que quisieron cobrar 11€. Cuando pregunté por el motivo de este coste alegaron que es la distribuidora la que solicita este pago. Según me explicaron, es porque la distribuidora tienen que hacer alguna gestión en el contador para hacer el cambio de tarifa. Entiendo que con los contadores inteligentes no es necesario que ningún técnico se desplace hasta mi vivienda para hacer un cambio en el contador. Por lo que creo, que se está cobrando por un servicio que realmente no se hace. Me gustarían que me informaran sobre este tema. Muchas gracias.
[…] pasar a la Mesa final, la CNMC presentó y anunció la inminente puesta en funcionamiento, de sus Buzones de colaboración anonimizados para la lucha contra las prácticas anticompetitivas, irregularidades en la […]
En Vodafone se empeñan en cobrarme roaming estando mi telefono móvil (español) en la Unión Europea (Bruselas), si bien he devuelto el recibo, ellos han cortado mis servicios.¿Hay algún tipo de estancia superior a su «atención al cliente» que aunque reconociendo el error no dan de baja una factura desmesurada y fuera de contrato y directivas /normas que tiene que cumplir nuestro país?