Hoy os contamos un caso raro y excepcional. Por primera vez, hemos autorizado a un operador de móvil (Digimobil) a aplicar algunos recargos en los sus servicios de roaming. Os puede sorprender, ya desde el pasado 15 de junio, los clientes de móvil no pagamos extras en nuestra factura por los servicios de roaming en la Unión Europea. Se trata de un caso excepcional, que permite la normativa europea, y por eso lo explicamos con más detalle.
*** Escrito por Rubén Samaniego Sánchez
El Reglamento UE nº 531/2012 de 13 de junio de 2012) establece las reglas para la eliminación de los recargos por estos servicios. En todo caso, también fija una excepción (artículo 6 quater), ya que los los operadores pueden solicitar (al regulador de su país, en España a la CNMC), si se dan una serie de circunstancias, añadir un recargo a las tarifas de itinerancia.
¿En qué casos se pueden autorizar recargos?
Entre las condiciones que se deben dar, la normativa apunta que la operadora deberá demostrar que al ofrecer su servicio de roaming no es capaz de recuperar sus costes totales, reales y previstos, por la prestación de servicios regulados de itinerancia al por menor equivalente o superior al 3% del margen de sus servicios móviles.
Después de recibir la solicitud de Digimobil, en la CNMC hemos analizado el caso de Digimobil, y efectivamente sus previsiones de ingresos y costes a 12 meses de operador presentan un margen neto negativo superior al 3%.
¿Qué recargos podrá aplicar?
Nuestra resolución sólo permitirá a Digimobil aplicar un recargo máximo en itinerancia dentro del territorio UE de 0,0179 euros/minutos para llamadas salientes; 0,01 euros/SMS enviado y 0,0043 euros/MB (hasta el 31 de diciembre de 2017) y 0,0034 euros/MB (a partir del 1 enero de 2018).
Los recargos autorizados por la CNMC son inferiores a los solicitados por Digimobil y tendrán una validez de doce meses. En el caso de que Digimobil quiera continuar aplicando los citados recargos, la compañía deberá comunicárnoslo de nuevo con una antelación mínima de dos meses a la fecha que expire la actual autorización.
El caso, una excepción
El caso de Digimobil es toda una excepción. Digimobil es un Operador Móvil Virtual (OMV), que junto con el resto de OMV en España representan el 8,7% del total del líneas móviles que hay en nuestro país (según nuestros datos de finales de septiembre de 2017 había casi 52 millones de líneas móviles).
A continuación, si quieres refrescar conceptos relacionados con el mundo del roaming y los operadores, te recordamos aquí tienes estos posts.
La nota de prensa y la resolución de la CNMC sobre el roaming de Digimobil, están por aquí.
[…] acaba de explicar la CNMC en su blog, el operador especializado en llamadas internacionales entre España, Rumanía e Italia ha […]
[…] CNMC explica, a través de su blog, que el caso de Digi es “raro y excepcional”. La razón de que este OMV esté […]
[…] acaba de explicar la CNMC en su blog, el operador especializado en llamadas internacionales entre España, Rumanía e Italia ha […]
Buenas tardes,
Con todo respeto, no sé porqué os parece tan raro que un operador pida este recargo excepcional al precio de itinerancia.
Más bien parece algo bastante sencillo, causado porque, como saben en muchos sitios, «there ain’t no such thing as a free lunch», no hay nada gratis en este mundo.
La asociación europea de OMVs ya había advertido que los operadores móviles europeos más pequeños (y que por tanto no pueden hacer roaming en redes «hermanas» en otros paises) van a sufrir con esta decisión política europea del «roaming like at home», RLAH, que les va a obligar a pagar la tarifa mayorista de roaming sin poder repercutirla a los clientes que usan la itinerancia. Puede verse en http://mvnoeurope.eu/end-of-roaming-unexpected-side-effects-for-consumers-business-users-and-operators/
La imposición del RLAH, ofrecida a los ciudadanos como un efecto positivo de «Europa» (curiosamente, una medida económica con coste cero para quienes la han aprobado), ha sido aplaudida por los grandes operadores móviles europeos, pero está dañando a los independientes: Así, en Finlandia, cuyos principales operadores son independientes de los megaoperadores, ha visto como cuatro de ellos (Telia, Elisa, DNA y Moi Mobili) han pedido la misma excepción al RLAH: https://www.viestintavirasto.fi/en/internettelephone/usingamobilephoneabroad/eupricecap.html
En fin, ya se sabe, son cosas de esos operadores independientes que tienen la funesta manía de no querer incurrir en pérdidas porque creen que no les gustaría a sus accionistas.
¿No podríamos preguntarnos si a estos operadores les gusta que, con esos recargos, sus tarifas queden por encima de las de los demás? ¿No es más lógico pensar que preferirían poder evitar los recargos, puesto que seguramente no van a gustar demasiado a sus clientes?
No sé, tal vez el asunto sea algo más complejo que «un operador pide un recargo raro, raro».
Con todo respeto.
Saludos,
Hola Alexei:
Nos parece muy interesante tu comentario y te damos las gracias por participar en la discusión sobre el tema. Si nos sigues habitualmente a través del blog verás que hacemos una comunicación más informal para que la gente pueda entender bien de qué hablamos. Hemos titulado así para explicar que el de Digimobil (de momento) un caso excepcional. Es el primero que autoriza la CNMC y hasta la fecha no hemos recibido ninguno más.
Lo que queremos explicar con el titular es que los recargos en el roaming no son algo habitual; es decir, que los clientes de móvil no se encontrarán de nuevo con tarifas extra por roaming. Los temas de telecos ya sabes que son algo complejos y la gente no entiende bien el porqué de unas tarifas u otras. En el post explicamos que para aplicar los recargos un operador tiene demostrar que no recupera sus costes, que está permitido por el reglamento comunitario, etc. Los titulares, ya sabes, dan una información muy concreta y luego el tema se desarrolla en profundidad.
Gracias de nuevo por tu comentario.
Saludos,
BlogCNMC
[…] acaba de explicar la CNMC en su blog, el operador especializado en llamadas mundiales entre España, Rumanía e Italia ha comprobado que […]
[…] Sí, solo en casos excepcionales, pero la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia ha confirmado que la legislación europea contempla recargos puntuales en los casos de roaming dentro de la Unión Europea. A través de una caso práctico, en el que una operadora ha aplicado estos recargos excepcionales, el regulador ha querido explicar el procedimiento y los cosos en los que se puede aplicar en un artículo de su blog. […]
[…] [3] https://www.cnmc.es/node/365695 [4] https://blog.cnmc.es/2017/11/23/un-caso-raro-raro-excepcionalmente-la-cnmc-autoriza-recargos-en-el-r… [5] https://elpais.com/economia/2017/11/23/actualidad/1511457578_081734.html [6] […]
[…] Un caso “raro, raro”… excepcionalmente la CNMC autoriza recargos en el roaming […]