Hoy hemos publicado las Resoluciones que incluyen varias sanciones a Mediaset por valor de 170.400 euros; a Atresmedia, por valor de 203.500 euros; y a NET TV, por valor de 13.002 euros por incumplir diversos artículos de la Ley de Comunicación Audiovisual, que marcan los tiempos máximos de publicidad y el tipo de contenidos que se pueden emitir en determinados horarios.
La CNMC, según el artículo 29.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia señala que la Comisión ejerce la potestad de inspección y sanción de acuerdo con lo previsto, entre otros, en el Título VI de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Los detalles los tenéis en la nota de prensa.
Y los expedientes sancionadores en los siguientes enlaces:
Sancionador a Mediaset España Comunicación
Sancionador a Mediaset España Comunicación, S.A.,
Sancionador a Sociedad Gestora de Televisión Net TV, S. A
Sancionador a Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación
Sancionador a Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación
Están bien las sanciones, pero son calderilla para algunas de las mencionadas.
Salu2
Si sancionáis por segundos, deberíais estar más veces con el cronómetro en la mano. Anda que no se pasan veces del… «volvemos en x minutos». Esos x minutos suelen ser x+1 en la mayoría de la veces. Pocos lo cumplen a rajatabla, y mucho menos a la baja.
Es lo que dice Javier, exactamente. Es más lo típico que hacen algunas cadenas es lo siguiente. Cuando comienza una serie, al poco tiempo ponen lo de volvemos en un minuto, para entre unos cinco a diez minutos después, ponen lo de volvemos en siete minutos. Una tomadura de pelo para espectador. Porque es la mejor forma de aborrecer una serie. Claro, luego nos quejamos de que la gente harta de estas cosas, busque medios alternativos para ver la serie.
Salu2