Cada vez es más frecuente recibir mensajes con remitentes que aparentan proceder de bancos, empresas de mensajería o administraciones públicas, por ejemplo. En muchos casos, el remitente aparece identificado con un nombre comercial en lugar de un número de teléfono. Ese identificador es lo que se conoce como alias.

Imagen creada por Inteligencia Artificial (IA)
Cada vez es más frecuente recibir mensajes con remitentes que aparentan proceder de bancos, empresas de mensajería o administraciones públicas, por ejemplo. En muchos casos, el remitente aparece identificado con un nombre comercial en lugar de un número de teléfono. Ese identificador es lo que se conoce como alias.
Para evitar que los estafadores utilicen esos nombres para suplantar a empresas legítimas o a administraciones públicas que están ejerciendo sus funciones ante la ciudadanía, la CNMC ha puesto en marcha el Registro de alias, que permitirá verificar quién puede utilizar esos identificadores en los mensajes enviados a números españoles.
Estas son siete claves para entender cómo funcionará:
1. ¿Qué es un alias?
Es el nombre alfanumérico (letras, números combinados con letras, u otros caracteres) que aparece como remitente en algunos mensajes SMS, MMS o RCS, en lugar de un número de teléfono.
Por ejemplo, un alias puede ser el nombre de un banco, una empresa de paquetería o una marca comercial de cualquier empresa.
2. ¿Por qué se crea el Registro de alias y a qué mensajes afecta?
Los alias han sido utilizados en ocasiones para cometer fraudes a través de una suplantación de identidad.
Los estafadores envían mensajes que parecen proceder de una empresa legítima para engañar al usuario y conseguir datos personales o bancarios, o un pago de determinados servicios.
El Registro permitirá comprobar qué alias pueden utilizarse en los mensajes SMS/MMS/RCS, qué entidades están autorizadas a utilizar cada alias y qué proveedores de mensajería pueden enviarlos.
Esta medida se implementa en ejecución de la Orden ministerial TDF/149/2025, de 12 de febrero, por la que se establecen medidas para combatir las estafas de suplantación de identidad a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos.
El Registro solo afectará a los alias de los mensajes SMS/MMS/RCS. Los mensajes SMS son muy conocidos por los usuarios. Los MMS son mensajes que permiten incluir contenido multimedia más allá del texto de los SMS y los RCS (siglas de Rich Communication Services) son mensajes con funciones multimedia que suponen una evolución de los SMS.
3. ¿Quién puede registrar un alias?
Podrán hacerlo los titulares de alias (empresas o administraciones públicas) que utilicen ese nombre para comunicarse con sus clientes o usuarios.
También podrán hacerlo entidades terceras o proveedores de servicios de mensajería en nombre de los titulares de alias.
4. ¿Qué requisitos debe cumplir un alias?
El alias debe tener una vinculación legítima con una marca, nombre comercial, denominación social o dominio del titular, aunque pueden existir otros criterios de vinculación.
Además, deberá cumplir ciertas reglas técnicas o formato (longitud, caracteres permitidos, ausencia de confusión con otros alias, etc.).
5. ¿Qué pasará con los mensajes que utilicen alias no registrados?
Los proveedores de mensajería deberán bloquear esos mensajes de alias no registrados, de manera que no lleguen a los usuarios destinatarios.
También deberán bloquear los mensajes enviados sin autorización del titular del alias o que, estando inscritos, se reciban de proveedores no habilitados en el Registro de alias.
6. ¿Cuándo empezarán a aplicarse estas medidas?
Las obligaciones de bloqueo surtirán efecto a partir del 7 de junio de 2026; a partir de ese momento los operadores han de ejecutar las obligaciones reguladas en la orden ministerial antes referida.
Hasta entonces, los proveedores de mensajería podrán adaptar sus sistemas y realizar pruebas y llevar a cabo la carga masiva de los alias en uso y empezarán a registrarse los alias que procedan.
7. ¿Podrán los usuarios comprobar si un alias es legítimo?
Sí. La CNMC habilitará en su página web un portal público que permitirá consultar los alias registrados y conocer qué entidad es su titular.
Esto contribuirá a aumentar la transparencia y la confianza en los mensajes recibidos por los usuarios.
En resumen
- El Registro de alias permitirá verificar quién puede utilizar nombres comerciales o marcas como remitente en mensajes SMS, MMS o RCS.
- Su objetivo es reducir los fraudes cometidos a través de suplantación de identidad, en los que los estafadores se hacen pasar por empresas o administraciones legítimas.
- Solo podrán utilizarse alias previamente registrados y vinculados a su titular legítimo.
- A partir del 7 de junio de 2026, los operadores deberán bloquear los mensajes enviados con alias no registrados, o que estando inscritos se reciban por proveedores no habilitados.
- Además, todo ciudadano podrá consultar públicamente qué alias están registrados y quién es su titular.
Tienes toda la información aquí: CIR/DTSA/010/25.
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