En el Blog de la CNMC hoy os traemos en detalle el resumen de concentraciones que ha aprobado la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) durante el mes de febrero.  Según la Ley de Creación de la Comisión está la función de supervisar el control de concentraciones empresariales. ¿No sabes en qué consiste? Mira este post en el que hablamos sobre el proceso.

Fuente: cortesía de stevepb en Pixabay.

*** Escrito por Rubén Samaniego Sánchez

Durante el mes de febrero la CNMC aprobó 3 operaciones de concentración, todas ellas en primera fase al no apreciarse problemas de competencia en los mercados analizados. ¿A qué sectores afectaron? Este mes encontramos bastante diversidad: el sector de la educación (enseñanza postsecundaira, como universitaria y no universitaria), la industria de la alimentación y la industria del gas licuado.

C-1006/19 ALANTRA/FRÍAS DE PONFERRADA/FRÍAS

El 14 de febrero de 2019, la CNMC autorizó en primera fase la concentración consistente en el control exclusivo por parte de Frías de Ponferrada, S.L. sobre Frías Nutrición, S.A., al control conjunto de la misma parte de Frías de Ponferrada y de Alantra Capital Privado S.G.E.I.C., S.A., a través de la empresa de nueva creación Thermin Europe, S.L.

Esta concentración afecta a la industria de la alimentación, en concreto el mercado de sopas, cremas y caldos, además del mercado de productos lácteos y el de productos de origen vegetal.

C/1007/19 PERMIRA /UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID/ UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS/UNIVERSIDAD EUROPEA DE VALENCIA

El 28 de febrero de 2019, el Consejo autorizó en primera fase la concentración por parte de Permira Holdings Limited, a través de la adquisición del 100% de Universidad Europea de Madrid, S.L.U. Universidad Europea de Canarias, S.L.U. y Universidad Europea de Valencia, S.L.U.

En este caso, el mercado afectado es la prestación de servicios de educación postsecundaria, universitaria y no universitaria.

C/1004/19 REDEXIS NEDGIA GLP

También el 28 de febrero de 2019, la CNMC aprobó en primera fases y sin compromisos, la concentración consistente en la adquisición par parte de Redexis Gas, S.A., de una serie de activos de gaseses licuados del petróleo canalizado, así como de ciertas redes de distribución de gas natural propiedad de Nedgia Catalunya, S.A., Nedgia Aragón, S.A., Nedgia Cegás, S.A. y Gas Natural redes GLP, S.A., todas ellas sociedades pertenecientes actualmente al Grupo Naturgy.

El sector económico afectado es el de la distribución y el suministro de GLP canalizado.

¿Qué normativa aplica a las concentraciones? ¿cuál es el procedimiento?

La CNMC evalúa las concentraciones y adquisiciones en las que participen empresas con un volumen de negocios o cuota de mercado que supere determinados umbrales (artículo 8 de la Ley de Defensa de la Competencia) para impedir concentraciones que obstaculicen de forma significativa la competencia.

De acuerdo con la Ley de Defensa de la Competencia, dichos umbrales se establecen en función de:

Si la empresa resultante adquiere o incrementa una determinada cuota de mercado (art. 8.1 a ley 15/2007), que en el supuesto general es del 30% del mercado relevante (de producto y geográfico);

Si supera un determinado volumen de negocios (art. 8.1 b), de forma que la suma de la facturación de ambas en el último ejercicio supere los 240 millones, siempre que al menos dos de los partícipes realicen individualmente un volumen de negocios superior a 60 millones de euros en España.

Desde el momento en que se notifica la operación, la CNMC dispone, en general, de 1 mes para decidir si la aprueba (fase I) o inicia una investigación pormenorizada (fase II).

Más información sobre el procedimiento de análisis de concentraciones.

Acceso al listado de concentraciones de la CNMC.

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