La CNMC acaba de publicar un informe (PRO/CNMC/003/18, aprobado el pasado 17 de enero) sobre el Real Decreto-Ley 13/2018 que modifica la normativa de los vehículos de turismo con conductor (VTC).

Autorizaciones de taxi y VTC comparadas con otras variables (1995=100). Fuente CNMC

Los VTC y los taxis prestan un servicio de transporte público discrecional de viajeros. Las diferencias entre ambos servicios vienen marcadas por los distintos requisitos de acceso y ejercicio de la actividad. Ambos están sujetos a regulación estatal, autonómica y local.
En términos generales, en opinión de la CNMC, el marco regulatorio existente presenta restricciones que inciden negativamente en la prestación del servicio para los usuarios finales, en términos de mayores precios, menor calidad e innovación, menor oferta disponible y mayores tiempos de espera de los que resultarían en un entorno más competitivo. Ello lleva a plantearse estas cuestiones:
¿De verdad necesitamos un número limitado de operadores?
Tanto los taxis como los operadores VTC están sujetos a autorización para el acceso al mercado y su número está regulado: numerus clausus para los taxis y ratio 1/30 respecto de las autorizaciones para los VTC.
Determinar la cantidad óptima de licencias y autorizaciones es sumamente complejo, incluso aunque el sector público pueda evitar fenómenos de captura regulatoria. De hecho, no parece que el número de licencias y autorizaciones responda verdaderamente a las necesidades de los consumidores.
El número de licencias de taxis no solo no ha aumentado, sino que se ha reducido en los últimos 25 años en España (de 72.072 a 69.792). Esto es poco coherente con, por ejemplo, la evolución de la población (aumento del 18%, de 39,6 millones a 46,7 millones), la renta per cápita (aumento del 40%, de 17.890€ a 25.291€) y la entrada anual de turistas extranjeros (aumento del 30%, de 33 millones a más de 75 millones). El incremento de autorizaciones VTC, fruto de la liberalización durante algunos años, solo ha supuesto un alivio parcial.
La consecuencia es que taxis y VTC ofrecen servicios de peor calidad y extraen rentas superiores a las que obtendrían en competencia, a costa de los consumidores. Recientemente, la CNMC ha estimado que, en área metropolitana de Barcelona, cada taxi obtiene una renta extraordinaria de 5.083 euros al año y cada VTC, 2.041 euros al año.

Autorizaciones de taxi y VTC comparadas con otras variables (1995=100)

Autorizaciones de taxi y VTC comparadas con otras variables (1995=100). Fuente CNMC

¿Es realmente necesaria una compartimentación geográfica?
La regulación limita la capacidad de los operadores de prestar el servicio VTC libremente en el territorio nacional. La normativa tradicionalmente ha impuesto a los VTC la obligación de prestar el 80% de sus servicios en la Comunidad Autónoma donde tienen la autorización, lo que no era ideal para la competencia, pero al menos les permitía operar ocasionalmente en otros territorios. La última reforma (el Real Decreto-ley 13/2018) ha eliminado de facto esta posibilidad, al exigir que todos los servicios se inicien en la Comunidad Autónoma de origen.
La compartimentación geográfica segmenta el mercado, posibilitando que aparezcan de manera sostenida precios diferentes entre CC.AA. y dificulta que se aprovechen economías de escala que, en un entorno competitivo, llevarían a menores precios y mejores servicios para los usuarios. Impedir la movilidad geográfica de las VTC impide que estas ayuden a combatir los efectos negativos para los usuarios provocados por los “picos” de demanda, por razón de una feria empresarial, de las fiestas patronales de la localidad o del incremento del turismo en las épocas estivales.
¿Son razonables esas diferencias en cuanto a la libertad de precios y otras condiciones de prestación de los servicios?
Los taxis deben aplicar tarifas fijadas administrativamente, ya sea tarificación fija o de máximos, mientras que los VTC se someten a precios libres. Esta diferencia evita que el taxi pueda competir en un factor tan relevante como el de los precios. Además, impide que los precios sirvan para ajustar oferta y demanda en distintos momentos temporales. Por otro lado, mientras que la regulación permite la contratación de los taxis en paradas, directamente en la calle y mediante la pre-contratación telefónica o mediante otra tecnología de comunicación, solo permite que los VTC puedan prestar servicio mediante la pre-contratación.
¿Qué cambia el Real Decreto-ley 13/2018?
Algunos problemas del marco regulatorio actual se pueden ver agravados por las medidas incluidas en este RD-ley. Por un lado, una vez finalizado un periodo transitorio de 4 años, las actuales autorizaciones nacionales VTC dejarán de permitir prestar servicios en recorridos urbanos y solo podrán prestar servicios interurbanos. Por otro, los VTC dejarán de poder desarrollar parte de su actividad en Comunidades Autónomas distintas a la de origen.
Estas nuevas restricciones incidirán negativamente sobre la calidad y el precio del servicio de taxis y VTC, al reducir la competencia, y no han sido convenientemente justificadas desde la óptica de los principios de necesidad y proporcionalidad, dentro de los cuales no pueden incluirse motivaciones de tipo económico.
El RD-ley abre la puerta a que Comunidades Autónomas y entidades locales puedan regular más la actividad de VTC, lo cual puede llevar a diferencias notables según CC.AA. e, incluso, ciudades.
¿Qué recomienda ahora la CNMC?
La CNMC recomienda abordar la situación pensando en los consumidores y usuarios. La regulación debe partir de un enfoque global de la actividad de transporte, englobando a taxis y VTC, y debe ser respetuosa con los principios de buena regulación económica. Solo así se beneficiará a los consumidores, usuarios y ciudadanos.
El informe de la CNMC recomienda revisar algunos aspectos del RD-ley, que está tramitándose como proyecto de ley en el Congreso de los Diputados. Además, ofrece algunas orientaciones a las CC.AA. y a las entidades locales para mejorar la calidad de la regulación de taxis y VTC. Las recomendaciones más importantes del informe son:

  • Desarrollar normativa autonómica a la mayor brevedad para que puedan seguir prestándose servicios VTC urbanos en el futuro.
  • Evitar discriminaciones injustificadas entre taxis y VTC en materia de contratación, horarios y calendario, características de los vehículos, circulación y estacionamiento.
  • Flexibilizar la regulación del taxi, eliminando todas las restricciones que les impiden mejorar la calidad del servicio.
  • Revisar las restricciones al número de licencias de taxis y de VTC.
  • Posibilitar que, en el futuro, los VTC puedan prestar servicios no solo en su Comunidad Autónoma de origen de manera flexible.
  • Propiciar la máxima coordinación entre Administraciones y la buena regulación económica, con el fin de evitar mayor segmentación del mercado.
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