Estás viendo tu serie favorita y, de repente, en el momento más interesante se corta y te deleitan con unos minutos de publicidad que a ti te parecen horas. Pero ¡si nos da tiempo a sacar al perro!, habremos pensado en más de una ocasión. Pues bien, a pesar de lo anterior, la emisión de anuncios publicitarios está regulada por ley.
El artículo 14 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual reconoce el derecho de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual a emitir mensajes publicitarios. No obstante, este derecho se limita a un máximo de 12 minutos de mensajes publicitarios por hora de reloj. Dentro de este límite de 12 minutos, computan:
- Los spots publicitarios convencionales (que, como norma general, suelen tener una duración de entre 5 y 30 segundos)
- Los spots de televenta (cuando su duración es inferior a 15 minutos ininterrumpidos. Si superan los 15 min. ininterrumpidos se consideran programas de televenta y no se computan dentro de los 12 min.)
- Las transparencias, sobreimpresiones y publicidad virtual en la retransmisión de acontecimientos deportivos.
- Las pantallas compartidas, cuando se trata de un evento deportivos no susceptibles de interrupción.
- Las promociones efectuadas en programas que permiten la participación de los telespectadores mediante mensajes de texto y llamadas telefónicas, cuando estas cumplan determinados criterios .
Además, los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen derecho a emitir hasta 5 minutos de autopromoción por hora de reloj. Por último, los prestadores cuentan con hasta 3 minutos por hora de reloj para emitir telepromociones, siempre y cuando estas no excedan los 36 minutos al día.
En resumidas cuentas, la normativa actual permite a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual emitir, como máximo, 20 minutos por hora de reloj de comunicaciones (comerciales y no comerciales) ajenas al programa.
A todo lo anterior, hay que añadir los segundos que suponen las emisiones de patrocinios justo después de que finalice el bloque de publicidad, que tampoco computan dentro de los 12 minutos por hora de publicidad.
También hay que tener en cuenta que la Disposición Adicional Séptima de la Ley Audiovisual establece que no tienen consideración de publicidad y, en consecuencia, están exentos de cómputo, los anuncios de servicio público o de carácter benéfico, difundidos gratuitamente. Es decir, en caso de que un prestador del servicio de comunicación audiovisual emitiera un anuncio de este tipo, no computaría dentro de los 12 minutos destinados a mensajes publicitarios.
Y ¿en la radio? ¿existe algún límite de tiempo para la emisión de anuncios ?
Cuantitativamente no existe restricción alguna para la radio. Contrariamente a lo que ocurre con las televisiones, la Ley Audiovisual establece en su artículo 14.1 que los servicios radiofónicos, conexos e interactivos “tienen derecho a emitir mensajes publicitarios libremente” sin estar sometidos a ningún límite de tiempo.
El problema es que al legislador «se le olvidó» poner un límite de, digamos, 10 minutos máximo de «pausa publicitaria» (con sus computables y no computables) y, al menos, un tiempo igual de contenido antes de la pausa y después de la misma.
No es de recibo lo que hacen las privadas de emitir 1 minuto, si llega, de contenido, y bloque nuevo de publicidad de cerca de 10-12 minutos, cuando ya tuvimos uno igual hace 1 minuto.
Pero como el legislador probablemente no vea la televisión, no sepa ni lo que ocurre, pero un pequeño decretito y arreglado.
Lo insoportable es la manera en como gestionan esos minutos. Que prefereis, peli, 15 minutos de publi, continuar la peli i antes de acabar otros 15 mas, o lo de ahora, «Volvemos en 7 minutos» cada 2 por 3? al final un episodio de forjado a fuego que dura 30 min con el rollo este no acaba nunca. Lo peor son publis cortas y seguidas
[…] poco nos preguntábamos por aquí ¿Por qué algunas cadenas de tele emiten tantos anuncios? para aclarar que, aunque a veces no lo parezca, la emisión de anuncios publicitarios está […]
La publicidad no es algo novedoso ya que ha existido desde siempre, desde los orígenes de la civilización y el comercio, si bien, de una manera muy distinta a como la estan presentando hoy en día y esta la duración de la publicidad que de momento molesta a la hora de disfrutar el contenido televisivo sin un limite aparente
Muy buen post siempre me pregunto el porque tanto tiempo las propagandas, no me dejan disfrutar de la tv bien.
Qué Bárbaro!!! Uds si que hacen SEO del bueno ehhh. JAJA
NO HAY DERECHO AL ABUSO DE PUBLICIDAD.LA MAYORIA MALA..COMO PODEMOS EVITARLA. POR MI PARTE EN LOS ANUNCOS YA LE QUITO LA VOZ Y HAY ALGUN CANAL QUE NO SE PONE EN MI CASA. HHAY CANALE EN LOS QUE SEGUN LA PELICULA INTERRUMPEN CON 15 MINUTOS Y NOS 2 deleitan 2 CON OTRROS 15 DE PUBLICIDAD BASURA. ¿ COMO PUEDO EVITARLO ? AYUDA.
La suscripción a los canales de cable se les abona una cuota mensual, por tanto se debe limitar la propaganda, no olviden que cuando aparecieron los mismos, su mayor propaganda era «no tenemos publicidad» como los anales de aire. De hecho la cuota mensual tendría que ser baja ya que nos inundan de avisos, tele-venta infernal y larga,, propaganda política y otros.
NO HAY COMO PIRATEAR Y BAJAR LAS PELÍCULAS Y SERIES DE INTERNET, NO QUEDA OTRA..
ES INSOPORABLE , TANTA PUBLICIDAD.NO SE.PUEDEN VER, LAS NOTICIAS , LAS TELESERIES, PELÍCULAS.PORQUE TANTOS COMERCIALES, SE PIERDE LAS MEJORES PARTES DE LO QUE INTERESA SABER DE LO QUE ÉL TELEESPECTADOR ESTÁ VIENDO.!!!!!
A mi lo que me esta dejando bastante indignada es la televisión pública, a pesar de chupar como vampiros del estado, me tengo que comer anuncios! pero que chiste es este. He estado buscando y solo hay una noticia de 2023, en la cual dice que ha sido multada varias veces, pero parece que ahí se queda porque sigue igual.
Es vergonzoso lo que duran los anuncios en televisión cada vez más largos