Cancelar una portabilidad móvil será más sencillo y transparente para los usuarios muy pronto. La CNMC ha aprobado nuevas obligaciones en estos procesos de cancelación de la portabilidad móvil que deberán cumplir los operadores receptores de cara a los usuarios y que se incluirán dentro de la especificación de portabilidad.
La actualización de estas especificaciones nace tras detectar la CNMC una gran disparidad en los procedimientos que aplican los operadores para cancelar una solicitud de portabilidad así como una falta de información al usuario sobre los mismos y su consecuencias. Te lo contamos:
Cancelar una portabilidad
Has solicitado la portabilidad móvil pero te lo repiensas y decides seguir siendo fiel a tu operador. ¿Qué hago?, ¿cómo cancelo la portabilidad móvil?, ¿qué documentación me van a pedir?. Está claro que tienes derecho a cancelar tu portabilidad, pero, como te contamos antes, cada operador tiene unas prácticas en cuanto a los procedimientos de cancelación.
Por ejemplo, Orange/Jazztel exige que la llamada de cancelación se produzca desde el número de telefóno para el que se va a solicitar esa cancelación; R cable puede pedirte los 6 últimos dígitos de la cuenta bancaria asociada al contrato; Día pide descargarse de su web el formulario de cancelación y así hasta un largo etcétera de procedimientos distintos (puedes consultarlos aquí).
Las especificaciones de portabilidad móvil, hasta la fecha, no incluían ninguna referencia a las obligaciones de los operadores en relación con la información que deberían facilitar y requerir a los usuarios para ejercer su derecho a cancelar una solicitud de portabilidad. Se consideraba suficiente un Código de buenas prácticas redactado y suscrito por la mayoría de operadores móviles que entró en vigor a principios de 2014.
¿Qué va a hacer la CNMC?
Ante la evidencia de que el Código no ha resultado suficiente para homogeneizar estas prácticas en los procedimientos de cancelación y para unificar las obligaciones de información con la portabilidad fija se van a incluir dentro de las especificaciones de portabilidad móvil una serie de nuevas medidas entre las que destacan:
- Limitar los datos requeridos para cancelar una solicitud al:
- Documento de identidad con el que se tramitó la solicitud de portabilidad, en el caso de persona física, o
- NIF, escritura de apoderamiento, etc. siendo la comunicación realizada por una persona autorizada, en el caso de persona jurídica.
- Informar al usuario por cualquier medio que utilice para la tramitación de su portabilidad (teléfono, tienda, web, etc), del procedimiento detallado para cancelar, incluyendo los datos exigibles, horario de atención de cada canal y plazo de cancelación.
- Se ha de especificar al usuario que la cancelación de la portabilidad no conlleva coste o penalización alguna, es decir, es gratuita. El operador deberá especificar al usuario si existen costes que éste deba asumir si el operador le ha comenzado a prestar servicio durante el plazo de cancelación.
- El operador deberá asegurar que el nivel de calidad de servicio y de horario de disponibilidad de los canales utilizados para cancelar sea el mismo que para contratar.
- En todos los canales (tienda, atención telefónica, web) se deberá proporcionar al usuario una referencia identificativa unívoca de su solicitud de cancelación, donde conste la fecha y hora de la misma, con independencia del resultado de dicha tramitación. Si dicha cancelación no se llegase a ejecutar habiéndola solicitado el usuario en plazo, éste podrá reclamar una portabilidad de retorno al anterior operador donante sin que se le apliquen penalizaciones de ningún tipo.
Estas obligaciones deberán ser implementadas por los operadores antes del 20 de noviembre de 2017.
Además, si te interesa, en la página web de la CNMC puedes consultar el Código de buenas prácticas en materia de portabilidad móvil, así como el listado de los operadores adscritos al mismo.
También puedes consultar: Cancelar la portabilidad: sólo en un sentido
[…] Fuente: CNMC […]
Se ha de especificar al usuario que la cancelación de la portabilidad no conlleva coste o penalización alguna, es decir, es gratuita. El operador deberá especificar al usuario si existen costes que éste deba asumir si el operador le ha comenzado a prestar servicio durante el plazo de cancelación»
Entonces si aún nos has dado el visto bueno a la Portabilidad, (por lo que no tienes servicio con el Nuevo Operador), es legal entonces, que un Distribuidor Autorizado de un Operador cuando te presenta una oferta que en principio tu estas de acuerdo y firmas, pero luego viene tu Operador actual y te mejora la oferta y te dice que la canceles, pueden cobrarte X€ por línea si te echas atrás, por el simple hecho de realizar un trámite de Portabilidad??? Gracias
Hola, los costes que te pueda cobrar el operador al que portas si cancelas en el plazo legal, no debería haber costes a excepción de que te haya prestado algún tipo de servicio,instalación,envío de sim,router, por ello hay que evitar la recogida de algún artículo o instalación antes de que se formalice la portabildad totalmente y en caso de haber recibido sim/router etc, devolverlo en caso de tienda no tiene costes pero si te lo envían tendrás que devolverlo de la misma forma que lo recibiste con los costes a tú cargo siempre que se encuentre en el mismo estado que lo recibiste.
La cancelación dentro de plazo no conlleva costes, pueden intentar cobrarte por no cumplir permanencia, pero es ilegal ya que si se cancelo dentro de plazo el contrato empieza a contar desde la aceptación total de la portabilidad , vamos después del plazo legal