¿Es realmente necesario para alquilar una vivienda turística que todas las perchas de la casa sean iguales? Bajo la justificación de equipamientos mínimos que garanticen la calidad, la normativa autonómica de viviendas turísticas acaba imponiendo una serie de restricciones que incrementan los costes para aquellos que desean acceder a este sector de actividad.
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Las habitaciones
La normativa de Aragón regula el espacio mínimo de las habitaciones: más de 6 metros cuadrados para una persona, más de 10 metros cuadrados para 2 personas o más de 14 metros cuadrados si son 3 las personas que ocuparán la habitación.
En Baleares, si alguien quiere alquilar su vivienda unifamiliar o pareada, ésta debe de tener como máximo 6 dormitorios y 12 plazas y un cuarto de baño mínimo por cada 3 plazas.
Ropa de cama y lencería
En Baleares es obligatorio proporcionar en la vivienda turística «ropa de cama, lencería y menaje de casa en general».
También en Aragón, donde la normativa exige que las viviendas cuenten «con todo el mobiliario, cubertería, menaje, lencería y equipamientos inherentes a las mismas». Andalucía exige, además, un juego de reposición para «ropa de cama, lencería, menaje de casa en general, en función a la ocupación de la vivienda».
Wifi obligatorio
En la Comunidad de Madrid, es obligatorio para las viviendas disponer de acceso a internet inalámbrico vía wifi, sin que se contemple ningún otro tipo de conexión o tecnología.
Perchas y lámparas
Las perchas son motivo de preocupación para la normativa de las Islas Canarias, que exige que sean «de material no deformable y estilo homogéneo». Además, ha de haber «iluminación para la lectura junto a cada cama». El catálogo de todo lo necesario es extenso y está dividido por estancias. En la cocina de las viviendas turísticas canarias, por ejemplo, debe haber: horno o microondas, cafetera, vajilla, cubertería y cristalería, menaje y lencería suficiente para la manipulación y consumo de alimentos, utensilios de limpieza, plancha y tabla de planchar.
¿Capacidad de elegir?
Como se afirma en las Conclusiones Preliminares de la CNMC sobre la Economía Colaborativa: «Si bien estos elementos pueden facilitar la estancia de los usuarios, no son necesarios y suelen llevar aparejados un incremento del precio final. De hecho, habrá usuarios que prefieran no disponer de estos elementos a cambio de un menor precio, mientras otros optarán por mayores facilidades durante la estancia en la vivienda, estando dispuestos a pagar un mayor precio por los mismos.»
De hecho, algunas de las recomendaciones de la CNMC en materia de viviendas turísticas están dirigidas a “eliminar cualquier tipo de requisito de estancia mínima o máxima en viviendas turísticas” (6.3) o “eliminar los requisitos técnicos innecesarios o desproporcionados relativos a accesorios de la vivienda y equipamiento mínimo” (7.1).
Recordad que podéis participar en la Consulta Pública hasta el viernes 15 de abril.
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