El jueves pasado tuvimos por aquí a agentes que se dedican a gestionar los contratos del sector de la energía. Se trata de comercializadores, generadores, bancos de inversión, etc. que negocian productos financieros que tienen como subyacente el precio de la energía.
Algunos de ellos, aunque no son puramente entidades financieras, sino más bien pequeñas y medianas empresas (PYMES) se ven afectados por la normativa del sector financiero, por sus obligaciones y sus derechos, y, más en concreto, por toda la normativa MiFID II y MiFIR que entrará en vigor el próximo 3 de enero de 2018. ¿Cómo les afectarán las nuevas reglas que están a la vuelta de la esquina? Tenéis aquí el vídeo de la sesión y a continuación un pequeño resumen con las aportaciones de algunos de los participantes.
Comentarios de la Comisión del Mercado de Valores Mobiliarios portuguesa (CMVM)
RTS 20 – Actividad auxiliar en derivados sobre materias primas, derechos de emisión o sus derivados:
- La exención es aplicable a las personas que negocian productos derivados sobre materias primas, derechos de emisión o sus derivados, sujetos a verificación de los requisitos establecidos.
- La exención es aplicable a las personas que negocien por cuenta propia, y a las personas que presten servicios de inversión a clientes o proveedores de su actividad principal, en derivados sobre materias primas, derechos de emisión o sus derivados.
- Evaluación de la actividad auxiliar medida en el contexto del grupo económico y en el contexto de la actividad global de negociación sobre estos instrumentos en la Unión Europea, de acuerdo con los límites previstos.
- Las transacciones intragrupo, en derivados para la cobertura de riesgos y en derivados para garantizar la liquidez de una plataforma de negociación, no se consideran a los efectos de aplicación de los límites previstos.
- Exención sujeta a notificación anual a la autoridad reguladora competente.
RTS 21 – Límites de las posiciones en derivados sobre materias primas (e informe de posiciones en derivados sobre materias primas, derechos de emisión y sus derivados):
- MiFID II impone un nuevo régimen de límites a las posiciones en derivados sobre materias primas negociados en plataformas de negociación: mercados regulados, sistemas multilaterales de negociación (MTF) y sistemas organizados de negociación (OTF).
- Límites aplicables a las posiciones en derivados negociados en las plataformas de negociación, en derivados que se consideren idénticos y en derivados OTC económicamente equivalentes.
- Definición del límite aplicable a un mismo derivado por la autoridad reguladora competente, basado en la metodología del RTS 21 y estableciendo dos límites: «Spot mes» y «otro mes».
- Las posiciones en derivados destinados a la cobertura de riesgos por entidades no financieras no están sujetas a límites, siempre que esta exención sea aprobada por la autoridad reguladora competente que haya establecido el límite.
- Comunicación diaria de las posiciones en derivados.
Comentarios de la Comisión Nacional del Mercado de Valores española (CNMV)
En cuanto a las implicaciones para las entidades no financieras de la modificación del EMIR que actualmente se está llevando a cabo. Se comentó lo siguiente:
- Habrá menores obligaciones de reporte para las entidades no financieras por debajo de los umbrales de compensación.
- Se simplificará el reporte de contratos en mercados regulados y reducción de obligaciones de backloading
- Se impulsará la verificación de la calidad de la información reportada.
- Obligación de compensación para NFC+ sólo en contratos de la clase en la que se haya superado el umbral de compensación.
- Evaluación anual del estatus de cada entidad.
- Acceso justo, razonable y no discriminatorio (FRAND) a los miembros compensadores.
- Mayor transparencia por parte de las ECC sobre el modelo de riesgos utilizado.
Reguladores de España y Portugal
La CNMC en su vocación de servicio público, de informar y formar organizó la jornada con el Consejo de Reguladores del MIBEL, porque también resultan afectadas pequeñas y medianas empresas que a veces no tienen la infraestructura necesaria para conocer todos estos cambios normativos.
Ya sabéis que todo lo que se dijo en la Jornada, lo tenéis en nuestro Canal de Youtube.
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