Tras dos consultas públicas y más de dos años de trabajo, la CNMC publica la Guía sobre Cuantificación de Daños por Infracciones del Derecho de la Competencia.

Guía
FUENTE: PIXABAY

La guía contiene orientaciones para los jueces, abogados, peritos y consumidores cuando intervienen en la reclamación de daños por infracciones del derecho de la competencia. Tiene carácter consultivo y sus recomendaciones no son vinculantes.

Cuantificación de daños

Habitualmente, las partes involucradas en los procedimientos de reclamación de daños aportan evidencias o informes periciales que analizan si existió una infracción del derecho de la competencia, si produjo un daño al demandante y, en caso afirmativo, cuáles fueron sus efectos. Elaborar y cuantificar esa reclamación de daños puede ser un ejercicio complejo.

Existen otras guías o materiales – por ejemplo, la “Guía práctica” de la Comisión Europea – sobre la cuantificación de daños, pero el documento de la CNMC:
i. Simplifica el acceso a la información relevante para cuantificar el daño (hasta la fecha estaba dispersa en varios documentos).
ii. Incorpora recomendaciones y buenas prácticas sobre la estructura y el contenido de los informes periciales, para que sean lo más explicativos posible.
iii. Presenta una lista de comprobaciones para poder analizar la robustez y consistencia de los resultados de los informes periciales.
iv. Para comprender los aspectos más técnicos incorpora dos anexos: 1) glosario de términos económicos y 2) conceptos estadísticos y econométricos.
v. Para la aplicación práctica de los métodos más utilizados en cuantificación (métodos comparativos) incluye un tercer anexo sobre revisión de la literatura económica relevante y un cuarto anexo con un ejemplo práctico ficticio muy detallado.

Reclamación de daños en competencia

El derecho de la competencia tiene una doble vertiente: pública, cuando autoridades como la CNMC aplican las normas de competencia y velan así por el interés público; y privada, cuando los perjudicados por prácticas anticompetitivas interponen una reclamación de daños en los tribunales ordinarios para ser resarcidos porque sus intereses privados se han visto afectados.

Es importante destacar que la CNMC no interviene directamente en la aplicación privada del derecho de la competencia. No somos parte en los juicios para la reclamación de daños y perjuicios ni prestamos asesoramiento legal a ninguna de las partes. Nuestra labor es meramente consultiva: si el órgano jurisdiccional nos lo solicita, asistimos al juez en el ejercicio de cuantificación del daño a través de la aportación de información, experiencia o conocimiento técnico sobre los criterios de cuantificación.

Cártel de camiones y de automóviles

Durante mucho tiempo, en Europa, ha prevalecido la aplicación pública del derecho de la competencia, pero en los últimos años, especialmente desde la entrada en vigor de la Directiva 2014/104/UE de la Unión Europea (más conocida como la “Directiva de daños”), la aplicación privada es cada vez más importante.

Queda patente con el aumento de los procedimientos de reclamación de daños ligados a casos mediáticos como el cártel europeo de fabricantes de camiones (Asunto AT.39824 — Camiones) o el cártel español de fabricantes de automóviles (expediente S/0482/13, explicado en esta entrada del blog).

La CNMC considera muy importante la aplicación privada del derecho de la competencia porque contribuye a que sus efectos positivos lleguen a todos los agentes económicos. Además, disuade a los operadores de cometer infracciones. Esperamos que la “Guía de daños” facilite a todos los operadores acceder a las reclamaciones de daños.

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