Exceso de publicidad, emplazamiento de producto, publicidad encubierta y autopromociones, son algunas de las infracciones cometidas por las empresas de comunicación audiovisual durante 2019.
La CNMC supervisa el correcto funcionamiento del mercado de comunicación audiovisual, y en ocasiones, el incumplimiento de la Ley General de Comunicación Audiovisual deriva en multas. En 2019 este sector acumuló casi 2 millones de euros por infracciones a la normativa.

Imagen: Vectorpouch en Freepik.
Antes de nada, recordemos, que entre las funciones de la CNMC también está el control de algunos contenidos. Supervisamos su adecuación a la normativa en materia de protección de menores, publicidad y accesibilidad.
De los 12 expedientes sancionadores contra empresas audiovisuales en 2019, diez derivaron en una multa. El grupo de comunicación más sancionado fue Mediaset, seguido de RTVE, Veo Televisión y Atresmedia.
*** Escrito por Rubén Samaniego Sánchez
Las sanciones a Mediaset
Mediaset acumuló más de 1 millón de euros en sanciones (1,019 millones de euros). La más elevada fue la impuesta al canal por superar el tiempo de emisión dedicado a autopromociones y a mensajes publicitarios y de televenta. Alcanzó los 365.301 euros por vulnerar los artículos 13.2 y 14.1 de la Ley General de comunicación Audiovisual. Las infracciones se cometieron en los canales Cuatro, Energy, Divinity y Telecinco entre diciembre de 2018 y enero y febrero de 2019. [La CNMC sanciona a Mediaset por superar el tiempo de emisión dedicado a autopromociones y a mensajes publicitarios y de televenta]
El emplazamiento de producto también ha llevado a la CNMC a sancionar en otras dos ocasiones a Mediaset a lo largo de 2019. Con 130.964 euros porque se publicitaban las zapatillas de una determinada marca en el programa “Vive la Vida” en Telecinco. La cadena había vulnerado el artículo 17.2 y 3 en la emisión del 22 de septiembre de 2018. (SNC/DTSA/007/19).
Una infracción parecida se produjo durante la emisión del programa “First Dates: San Valentín” el 11 de febrero de 2019 en Cuatro. En esta ocasión, se publicitó una marca de caramelos incumpliendo los requisitos fijados en el artículo 17.3 de la LGCA. La sanción alcanzó los 146.926 euros (SNC/DTSA/030/19).[La CNMC sanciona a Mediaset por emplazamiento de producto]
Las dos multas restantes a Mediaset se produjeron por la emisión de publicidad encubierta. Por un lado, la que se le impuso de 180.466 euros por emitir, sin identificación, publicidad que pudiera ser calificada como publicidad encubierta de una revista en el programa “Sálvame” en Telecinco. La vulneración al artículo 18.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual se cometió el 23 de enero de 2019. (SNC/DTSA/035/19).
La otra conducta sancionada fue la emisión sin la identificación pertinente de publicidad que pudiera ser calificada como encubierta de una empresa de distribución y venta de juguetes y productos eróticos, y de una marca de estimulador de próstata. La infracción se producto en un capítulo de la serie “La que se avecina”, en el episodio “Un aniversario, un peluquín y una reunión de tupper-sex”. La multa fue de 196.038 euros por su emisión en el canal FDF. (SNC/DTSA/038/19). [La CNMC sanciona a Mediaset por emisión de publicidad encubierta]
Sanción a Atresmedia
Atresmedia fue sancionado con casi 4.000 euros por superar el tiempo de emisión dedicado a mensajes publicitarios. Esta infracción, se produjo en su canal de televisión Neox por el incumplimiento del límite de los 12 minutos por hora natural establecido para la emisión de mensajes publicitarios y la televenta. (SNC/DTSA/00/19). [La CNMC sanciona a Atresmedia por superar el tiempo de emisión dedicado a mensajes publicitarios y de televenta]
Sanciones a RTVE
La Corporación de Radio Televisión Española acumuló en 2019 multas por valor de 170.380 euros impuestas por la CNMC. Dos de ellas fueron por exceso de autopromociones.
En agosto fue multada con 50.392 euros por superar el tiempo de emisión dedicado a autopromociones en sus canales La1, La2, Teledeporte, 24 Horas y Clan TV. La Corporación pública se excedió del límite de 5 minutos por cada hora de reloj vulnerando el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual. (SNC/DTSA/040/19). [La CNMC sanciona a Radio Televisión Española (CRTVE) por superar el tiempo de emisión dedicado a autopromociones.]
Por la misma conducta, y en sus canales La2, Teledeporte y Canal 24 Horas fue sancionada la corporación de RTVE con 19.988 euros en noviembre. (SNC/DTSA/065/19).
[La CNMC sanciona a Radio Televisión Española (CRTVE) por superar el tiempo de emisión dedicado a autopromociones.]
Además, RTVE fue multada con 100.000 euros por emitir mensajes publicitarios en dos partidos de fútbol de la selección española. Se produjeron hasta 40 sobreimpresiones publicitarias en los encuentros de España contra Noruega y Malta de marzo de 2019. La conducta supuso la vulneración del artículo 43.2 de la LGCA que regula la financiación de los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual. (SNC/DTSA/058/19).
[La CNMC sanciona a RTVE por emitir mensajes publicitarios en dos partidos de fútbol de la selección española.]
Otras sanciones
Finalmente Veo TV fue sancionada con 9.635 euros por exceso del límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones en el su canal DMAX. El límite de 5 minutos por hora de reloj fue superado en tres ocasiones entre marzo y mayo de 2019. Como comentamos anteriormente en el caso de RTVE fue una vulneración del artículo 13.2 de la LGCA. (SNC/DTSA/066/19). [La CNMC sanciona a Veo TV por exceso de autopromociones en DMAX.]
Si quieres saber más sobre estas prácticas prohibidas, te lo explicamos al detalle en estas entradas de blog:
- Patrocinio, televenta, telepromoción, emplazamiento de producto… pero, ¿qué me están vendiendo?
- La CNMC y la regulación de los contenidos publicitarios: el “Emplazamiento de Producto”.
[…] En cambio, las cadenas comerciales ofrecen una visión muy diferente. “La legislación hasta ahora era muy rígida. El sector de la televisión en abierto sigue teniendo muchas rigideces y hay ciertas normas que siguen siendo del siglo XX”, explica un portavoz de UTECA, la Unión de Televisiones Comerciales. Desde esta asociación se remarca que “los primeros interesados en que las programaciones sean estables y fidelizar a los espectadores son las cadenas de televisión”, y que la eliminación de la obligatoriedad de informar por adelantado de la programación permitirá evitar sanciones en lugar de ofrecer una barra libre para cambiar la parrilla. En ese mismo sentido se manifiestan con el cambio en la publicidad. “Al final lo que se logra es que no te caiga una sanción de 100.000 euros por pasarte un segundo en el cómputo por horas, y eso está pasando”. En 2019, por ejemplo, las multas al sector audiovisual por exceso de publicidad, emplazamiento de producto, publicidad encubierta y autopromociones superaron los dos millones de euros, según la CNMC. […]
[…] En cambio, las cadenas comerciales ofrecen una visión muy diferente. “La legislación hasta ahora era muy rígida. El sector de la televisión en abierto sigue teniendo muchas rigideces y hay ciertas normas que siguen siendo del siglo XX”, explica un portavoz de UTECA, la Unión de Televisiones Comerciales. Desde esta asociación se remarca que “los primeros interesados en que las programaciones sean estables y fidelizar a los espectadores son las cadenas de televisión”, y que la eliminación de la obligatoriedad de informar por adelantado de la programación permitirá evitar sanciones en lugar de ofrecer una barra libre para cambiar la parrilla. En ese mismo sentido se manifiestan con el cambio en la publicidad. “Al final lo que se logra es que no te caiga una sanción de 100.000 euros por pasarte un segundo en el cómputo por horas, y eso está pasando”. En 2019, por ejemplo, las multas al sector audiovisual por exceso de publicidad, emplazamiento de producto, publicidad encubierta y autopromociones superaron los dos millones de euros, según la CNMC. […]