El próximo mes de diciembre se cumplirá un año de la entrada en vigor de la segunda parte de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Con este motivo queremos hablar de Gobierno Corporativo, de Buen Gobierno y de lo que estos conceptos significan en el desempeño de la actividad de la CNMC.
Hay muchas perspectivas desde las que definir lo que significa Gobierno Corporativo. Nosotros nos quedamos con la adoptada por la OCDE (2005), que define el Gobierno Corporativo como:
“Los procedimientos y procesos que controlan y dirigen una organización. La estructura de gobierno corporativo establece la distribución de derechos y responsabilidades entre los diferentes partícipes de una organización, como son el consejo de administración, los directivos, los accionistas y otros stakeholders (grupos de opinión); así como las reglas y los procedimientos para la toma de decisiones”.
El Gobierno Corporativo surge en el ámbito privado para minimizar los costes de agencia y conflictos de interés entre los stakeholders a raíz de los numerosos escándalos financieros y de corrupción de las últimas dos décadas.
Recordemos el importante impacto que tuvo en los mercados financieros el Caso Enron, que desencadenó: en Europa, la reforma de las leyes del mercado de capitales (mejorando el gobierno corporativo) y en Estados Unidos dio lugar a la Ley Sarbanes-Oxley para proteger a los inversores.
A raíz de lo anterior, en la mayoría de los países se han elaborado códigos e informes con recomendaciones sobre buenas prácticas de gobierno corporativo, con el objetivo principal de resolver los problemas de agencia, los fraudes, los problemas de control y los derivados de las crisis de confianza por pérdidas de valor imprevisibles, así como de responder a la presión ejercida por los stakeholders para aumentar la transparencia.
España no ha permanecido ajena a estas iniciativas internacionales. La primera aproximación de creación de Códigos de Buen Gobierno surge a partir de la publicación del resultado de la comisión Olivencia (1998). Posteriormente, se publican nuevos informes y códigos sobre buenas prácticas de gobierno corporativo (Aldama, 2003; Conthe, 2006; Rodríguez, 2015), a la vez que se comienzan a plantear medidas legislativas que refuerzan las obligaciones de transparencia de las empresas y entidades emisoras de valores en relación con su modelo de gobierno (Ley 26/2003 – Ley de Transparencia -, Ley 2/2011 – Ley de Sostenibilidad, Orden ECC/461/2013, Circular 4/2013 y 5/2013 de la CNMV, Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado).
Sin olvidar que la ética no puede quedar reducida a códigos…
Vamos a referirnos ahora al concepto de Buen Gobierno aplicándolo ya al sector público. Podríamos decir, siguiendo a Santiso (2001), que considerar criterios de calidad en la noción de gobierno sería llevar a cabo un Buen Gobierno de la organización. Este hecho, que afecta tanto al proceso de toma de decisiones como a la propia formulación e implementación de políticas públicas, conlleva gestionar las cuestiones públicas de una forma transparente, participativa e igualitaria, acompañado todo ello del principio de rendición de cuentas.
A continuación enumeramos los principios de “Buen Gobierno en los Servicios Públicos” que la Comisión Independiente sobre Buen Gobierno en los Servicios Públicos de Reino Unido (2004) consideraba que debían formar parte de la gestión de los organismos públicos
- la función del gobierno es asegurarse de que la organización cumple con su fin general, alcanza los resultados establecidos para ciudadanos y usuarios del servicio, y que opera de una forma efectiva, eficiente y ética;
- buen gobierno implica actuar de manera efectiva en funciones claramente definidas;
- se deben promover los valores del buen gobierno por la organización en su conjunto y demostrarlos a través del comportamiento;
- las decisiones deben tomarse a partir de una base informativa sólida y considerando que buen gobierno también significa gestión de riesgos;
- buen gobierno se asocia también al desarrollo de la capacidad y habilidad del órgano de gobierno para ser efectivo
- y buen gobierno implica la relación y el diálogo con los grupos de interés y la rendición de cuentas.
Integrado en los citados principios de buen gobierno para los organismos públicos se hallaría, según sus autores, el deber de asegurarse de que los ciudadanos y contribuyentes reciben valor a cambio de los recursos monetarios entregados a los organismos que utilizan dinero público.
Hasta aquí, el marco teórico. En una próxima entrada de este blog analizaremos cómo la CNMC ha integrado estos principios en su gestión y lo que estos conceptos significan en el desempeño de su actividad.
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