Las redes eléctricas son esenciales para la transición hacia una energía limpia. Para conectar la generación descentralizada de energías renovables y atender la creciente demanda –incluida la movilidad eléctrica– es necesario modernizar y ampliar las redes de distribución, claves para la electrificación de la economía.

Acceso y conexión a las redes eléctricas

La CNMC ha demostrado un fuerte compromiso con este objetivo para conseguir el mayor aprovechamiento de las redes actuales y de las que se prevé construir en los próximos años.

En este marco, ha aprobado la Circular 1/2024 de 27 de septiembre, que otorga un trato homogéneo, con principios claros y bien definidos para el acceso y la conexión a las redes de electricidad de las instalaciones de demanda. Este texto, que ha contado con una amplia participación del sector a través de dos trámites de audiencia y múltiples grupos de trabajo:

  • Establece la metodología y las condiciones de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución
  • Permite hacer un uso más eficiente de las redes y facilitar la electrificación de algunos tipos de demanda mediante la contratación de accesos flexibles.
  • Aporta transparencia para gestionar los permisos de acceso y conexión de forma ágil y en igualdad de condiciones.

La Circular 1/2024 ha regulado la obligación por parte de los gestores de redes de transporte y distribución de publicar en su página web la información relativa a las capacidades disponibles en los nudos de la red, así como la periodicidad con la que debe actualizarse dicha información. Una vez se haya publicado, las instalaciones de demanda tendrán una mayor transparencia sobre las capacidades disponibles en cada zona. Estos mapas de capacidad servirán para identificar las zonas donde los puntos de recarga del vehículo eléctrico, los consumidores industriales o los consumidores de gran tamaño podrían conectarse con mayor probabilidad.

¿Qué medidas ha introducido la circular 1/2024 para resolver algunas actuaciones que se habían detectado que no eran eficientes?

En algunos casos, los gestores de la red denegaban los permisos, aunque hubiera capacidad en la red, cuando la potencia solicitada es superior a la capacidad existente.

Para estas situaciones, la Circular 1/2024 ha definido una capacidad firme alternativa con garantía de suministro, que el gestor de la red deberá ofrecer al solicitante en la propuesta previa cuando no exista capacidad de acceso por la potencia solicitada, pero sí exista capacidad para atender un porcentaje de ésta.

Esta medida ya está vigente desde la entrada en vigor de la Circular 1/2024 (11 de enero de 2025).

En algunos casos, los promotores plantean que no tienen visibilidad sobre el estado de tramitación de sus expedientes y sobre los plazos de conexión a la red.

La Circular 1/2024 ha introducido una serie de disposiciones con el fin de dar mayor transparencia al procedimiento de otorgamiento de los permisos de acceso y el cumplimento de los plazos.

Por ejemplo, dentro del contenido de la propuesta previa que el distribuidor debe remitir  al solicitante tras el análisis de la solicitud, se incluirá un calendario orientativo de ejecución de actuaciones a realizar en la red de transporte o distribución que deban ser sufragadas por el solicitante de los permisos de acceso y conexión; el contrato de encargo de proyecto contendrá un programa de ejecución y su calendario; la plataforma web de gestión de los expedientes contendrá todas y cada una de las fases de tramitación del expediente, los plazos que resulten de aplicación y la fecha prevista y real de ejecución.

Además, la Circular contempla que la página web de tramitación de solicitudes de acceso y conexión deberá tener un apartado de preguntas frecuentes, quejas, reclamaciones e incidencias en relación con los expedientes de los permisos de acceso y conexión a la red de dichas instalaciones y se habilitará un canal de comunicación específico para cada una de las fases de tramitación del expediente donde quedarán registradas todas las comunicaciones que se produzcan entre las partes.

Las plataformas web deberán adaptarse a lo regulado en la circular antes del 12 de noviembre de 2025.

¿Qué falta para que los mapas de capacidad de demanda sean públicos?

Para que los mapas de capacidad de acceso a la red para instalaciones de demanda se publiquen, de la misma forma que ya se publican hoy las capacidades de generación, se tienen que aprobar, previamente, las especificaciones de detalle para el cálculo de la capacidad de acceso para demanda. De esta forma, se asegura que todos los criterios que aplican los gestores de la red son homogéneos.

Para ello, la CNMC lleva trabajando, en paralelo con la elaboración de la citada Circular, en el desarrollo de las especificaciones de detalle con los gestores de la red de transporte y distribución, analizando las diferencias en las metodologías utilizadas hasta ahora y evaluando las prácticas existentes. En particular, se ha mantenido diferentes reuniones de trabajo para la fijación de distintos aspectos como los criterios utilizados para determinar el punto de conexión para evaluar la capacidad de acceso de la demanda en la red de distribución de electricidad, los datos de partida usados para evaluar la capacidad de acceso en las redes, las previsiones de funcionamiento utilizadas de las instalaciones de generación y de almacenamiento, la consideración de las condiciones de la red o los criterios de seguridad y funcionamiento para evaluación de las solicitudes de acceso a distribución.

Una vez culminado este trabajo, el pasado día 22 de enero se ha lanzado la consulta pública que deben realizar los distribuidores de las especificaciones de detalle para el cálculo de la capacidad de acceso a la red de distribución por parte de la demanda. El plazo para recibir observaciones por parte de los distribuidores está abierto hasta el 24 de febrero de 2025.

Una vez los distribuidores analicen las alegaciones, remitirán una nueva propuesta a la CNMC quien continuará con su tramitación y aprobación en el mes siguiente.

Una vez se aprueben estas especificaciones, por primera vez en la historia de la regulación del sector eléctrico, se contará con una metodología homogénea con unos criterios únicos en todo el territorio nacional, para todos los gestores de red. Esto implicará, por ejemplo, que todos los distribuidores aplicarán los mismos escenarios de funcionamiento de las instalaciones de generación contemplando medidas reales históricas y los mismos coeficientes de simultaneidad de los consumidores ya conectados.

También, se está trabajando en las especificaciones de detalle de la red de transporte, que se espera puedan ser sometidas a consulta pública por parte del operador del sistema también en el segundo trimestre de 2025.

Adicionalmente, se encuentra en trámite de audiencia, la propuesta de resolución por la que se establecen los formatos para la publicación de las capacidades de acceso para instalaciones de generación y de demanda de energía eléctrica por parte de los gestores de la red, lo que facilitará el acceso de los datos a los promotores con un único formato en todas las redes del territorio nacional.

También, la CNMC está trabajando en el desarrollo de los tipos de acceso flexible que permitirá que, en aquellos nudos donde no exista capacidad disponible con total garantía de suministro, puedan conectarse consumidores que en, determinadas circunstancias, puedan ver reducida su demanda de la red. La implementación de este tipo de acceso permitirá un mayor aprovechamiento de la red. La aplicación de esta normativa conllevará la aprobación de la regulación que otorgue a los distribuidores la visibilidad y la gestionabilidad necesaria de las instalaciones conectadas a sus redes. El objetivo es que esta normativa esté implementada en el segundo semestre de 2025.

¿Qué medidas ha introducido la circular para facilitar el desarrollo de nuevas figuras de demanda como el vehículo eléctrico y el autoconsumo?

Adicionalmente a lo anterior, que aplica a cualquier solicitud de demanda, la Circular 1/2024 ha introducido novedades específicas para la tramitación de puntos de recarga y del autoconsumo. En concreto regula que las plataformas web estarán dotadas de la capacidad y herramientas necesarias para facilitar la gestión íntegra de los expedientes de acceso a la red para infraestructura de recarga de vehículo eléctrico y del autoconsumo, incluso los expedientes que no tengan que solicitar el permiso de acceso y conexión. La CNMC va a iniciar los trabajos para definir esta plataforma.

¿Cómo se va a supervisar el impacto de la implementación de la Circular?

Actualmente se encuentra en Trámite de información pública la propuesta de la Circular informativa por la que se establecen los formatos para la publicación de las capacidades de acceso para instalaciones de generación y de demanda de energía eléctrica por parte de los gestores de la red, que permitirá a la CNMC conocer el resultado de la aplicación de las metodologías aprobadas, las causas de denegación de las solicitudes y la capacidad de permisos concedidos por parte de los gestores de la red hasta el momento de cada una de las tipologías de demanda (almacenamiento, accesos a puntos de recarga, industria, centros de procesos de datos, etc).

Se espera poder aprobar esta Circular en el primer trimestre de 2025 y comenzar su aplicación en el mes siguiente.

¿Qué medidas quedarían fuera del ámbito de las competencias de la CNMC?

Algunos promotores han planteado algunas cuestiones relacionadas con licencias, permisos y autorizaciones que excederían del ámbito de las competencias de la CNMC.

Tampoco entra dentro del ámbito de competencias de la CNMC definir plazos como, por ejemplo, un plazo máximo desde la aceptación de la propuesta previa para que los gestores de la red inicien los trabajos de refuerzo en sus redes de manera simultánea a los trabajos del promotor, cuestión que ha sido reclamada por algunos promotores, en especial, para la tramitación de puntos de recarga.

Adicionalmente, en el marco de la tramitación de la citada Circular, se han ido planteando una serie de consultas y dudas por parte de los sujetos en materia de acceso y conexión cuya interpretación puede contribuir a un uso más optimizado de las redes pero que excedían el ámbito de la mencionada Circular. Por ello, la CNMC está elaborando un informe identificando esas cuestiones y proponiendo mejoras regulatorias, que se espera pueda ser aprobado en el próximo mes, para su posible consideración en una modificación normativa.

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