3 de cada 4 usuarios españoles usa apps de mensajería desde el móvil, según un informe de la CNMC de finales del año pasado. Las llamadas a través de internet (como Whatsapp o Skype) todavía no son tan populares: únicamente el 12% de los consumidores españoles elige una app para llamar por teléfono.
Pero eso no ha sido impedimento para que los operadores de telecomunicaciones tradicionales vean a las OTT como el enemigo que les va a robar la merienda. Es habitual que reclamen cada vez que tienen la oportunidad una regulación igual para las operadoras de telecos y estas nuevas empresas que operan a través de internet.
Los reguladores de telecos europeos, a través del BEREC, están debatiendo qué hacer con las empresas OTT (over the top): en concreto, si habría que considerarlas servicios de comunicaciones electrónicas y, por tanto, aplicarles la misma regulación que ahora obliga a empresas tradicionales como Telefónica, Vodafone, Orange… Y un segundo tema de debate: ¿qué efectos tiene sobre la competencia las alianzas entre las OTT y las telecos tradicionales?
Las conclusiones preliminares del BEREC han salido a consulta pública y cualquier interesado puede mandar sus comentarios hasta el 2 de noviembre.
Ser o no ser un servicio de comunicaciones electrónicas
Puede parecer una controversia estéril que no conduce a ninguna parte, pero las implicaciones son en realidad enormes.
Cuando se aprobaron las directivas europeas de telecomunicaciones, a Skype todavía le faltaba un año para nacer y Whatsapp necesitaría aún 7 años para ser fundada. Así que la definición de «servicios de comunicaciones electrónicas» no contemplaba este tipo de compañías, que prestan servicios que se parecen a los de las empresas de telecos (mensajería, voz), pero que lo hacen a través de internet.
Pequeña digresión: los servicios OTT que podrían competir con las telecos tradicionales, porque permiten realizar llamadas o enviar mensajes, se denominan en la jerga del BEREC OTT-1 y son los que generan mayor controversia.
Las operadoras de telecos en España deben estar inscritas en el registro de operadores, pagar una tasa por ser operadores o por tener numeración y someterse a algunas obligaciones, como la de ofrecer condiciones transparentes en sus contratos o permitir realizar llamadas a los servicios de emergencia a través del 112.
¿Deberíamos poder llamar al 112 desde Skype? ¿Tendría que ofrecer Whatsapp la misma transparencia en sus contratos que las operadoras? ¿Deberían pagar una tasa equivalente a la de los operadores? ¿Cumplir con obligaciones de interconexión?
‘Level playing field’
La posición del BEREC es que, en general, el mismo tipo de servicios debería tener las mismas obligaciones regulatorias. Pero, a la vez, reconoce que esto no siempre podría ser beneficioso. Según señala el BEREC en su dictamen, «Los beneficios sociales de la obligación deben ser proporcionados con respecto a los costes económicos que supondría para la empresa regulada». El ‘level playing field’, o condiciones de igualdad para OTTs y telecos, es una de las posibilidades que analiza el BEREC, pero hay más.
¿Y qué pasa con Skype Out o Viber Out?
En la consulta pública del BEREC se habla de servicios «puros» de apps como Skype, Viber, Whatsapp o Google Talk. Esto es, la posibilidad de mandar mensajes o llamar a otros consumidores que también tengan instalada la aplicación. La mayoría de reguladores europeos considera que estos no son servicios de telecomunicaciones.
¿Pero qué ocurre cuando desde Skype o Viber llamamos a un número de teléfono fijo o móvil? La llamada en este caso empieza en internet pero acaba en la red de un operador. ¿Se debería considerar este servicio entonces como un servicio de comunicaciones electrónicas?
Las posiciones de los reguladores europeos son diversas, pero la «mayoría de las autoridades nacionales de regulación consideran que un servicio de VoIP que acaba en la red de telefonía pública es un servicio de comunicaciones electrónicas», recoge el BEREC – de forma aún preliminar, pues el texto está siendo objeto de consulta – en su informe.
Alianzas entre OTTs y telecos
Otro punto del debate son las alianzas que pueden establecer los operadores con las OTT. Por ejemplo, ofrecer Spotify empaquetado con una tarifa de móvil y que los datos que consumamos con Spotify no se nos descuenten de nuestra tarifa (a esto también se le ha dado un nombre técnico: zero-rating).
A los operadores estas alianzas les pueden servir para diferenciarse de sus competidores o para ofrecerles más servicios a sus clientes. Para las OTT, una alianza con una operadora de teleco puede servir para promover su marca o para ampliar su cartera de clientes.
Según el BEREC, a medida que los nuevos modelos de negocio se vayan consolidando, este tipo de alianzas probablemente comenzarán a ser más frecuentes. Sin embargo, en el momento actual, el BEREC concluye que es demasiado pronto como para poder extraer conclusiones definitivas sobre el impacto que las mismas pueden tener sobre los mercados de comunicaciones electrónicas y los usuarios finales.
Revisión de la normativa europea
Las fronteras que separan las OTT de las operadoras de telecomunicaciones son difusas y las soluciones regulatorias no son sencillas. Sin embargo, las directivas europeas están ahora en revisión y, en opinión del BEREC, «sería una excelente oportunidad para tomar en consideración las conclusiones que se alcancen en el informe sobre servicios OTT», una vez el mismo se apruebe de manera definitiva previsiblemente en el primer trimestre de 2016.
[…] ceja y ceja, pero no parece probable que algo similar vaya a ocurrir en España. En nuestro caso, la CNMC siempre ha tenido un perfil bajo en este tema y meterse con WhatsApp en un país que lo usa tanto sería una idea tan loca como dejar sin fútbol […]
[…] https://blog.cnmc.es/2015/10/09/a-debate-las-ott-en-europa/ [2] http://www.ugtcomunicaciones.es/archivos/elementos/2016/informe_ott_ola_4_.pdf [3] Directiva […]