Hace unas semanas hicimos públicas las sanciones que la CNMC impuso a dos empresas de generación eléctrica por haber cometido una infracción grave de la ley del Sector Eléctrico.( artículo 65.34 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico «La presentación de ofertas con valores anormales o desproporcionados con el objeto de alterar indebidamente el despacho de las unidades de generación o la casación del mercado»).
A raíz de esa publicación, hemos recibido numerosas consultas sobre tales infracciones y el funcionamiento del mercado eléctrico. En este post vamos a intentar aclararlas.
Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que hay en juego dos elementos diferentes: el flujo físico (el producto en sí, la electricidad) y el flujo económico (el coste y los beneficios que conlleva la producción de energía), como se puede ver en el siguiente gráfico.
Los dos flujos, físico y económico, configuran lo que llamamos mercado mayorista de electricidad. En él se determinan el precio y la cantidad de energía eléctrica que producirá cada central eléctrica.
Lo segundo que también tendremos en cuenta es que la energía eléctrica no se puede almacenar en grandes cantidades y esto supone que la generación debe ser igual al consumo en todo momento.
El mercado diario
En este post sólo nos referiremos al mercado diario, al mercado intradiario y al mercado restricciones técnicas, que son los que nos interesan para responder a vuestras preguntas. Los dos primeros, diario e intradiario, son competencia del Operador del Mercado (Operador del Mercado Ibérico de Energía, OMIE) y el tercero, el de restricciones técnicas, lo gestiona el Operador del Sistema (Red Eléctrica de España, REE).
En el mercado diario se negocia la mayor parte de la energía eléctrica para cada una de las 24 horas del día siguiente. Es un mercado físico ya que la energía que se vende/compra se entrega inmediatamente. En este mercado la energía se casa al precio marginal (modelo adoptado por la UE en cumplimiento del Reglamento (UE) 2015/1222 de la Comisión de 24 de julio de 2015), que será el precio resultante del equilibrio entre la oferta y la demanda.
¿Cómo funciona?
OMIE, como Operador del Mercado, recibe todas las ofertas de venta y compra de energía. Hora a hora, y para cada una de las sesiones, OMIE ordena las ofertas recibidas de menor a mayor precio para la venta y de mayor a menor precio para la compra, siendo el precio inferior 0 y el superior 180 €/MWh.
Si representamos gráficamente lo que acabamos de decir, se obtendría una gráfica con dos curvas agregadas y cruzadas, donde el eje de abscisas es la energía y el eje de ordenadas es el precio.
La casación es marginalista (esto quiere decir que toda la energía que se case se va a pagar al precio de la última unidad oferente) y se produce en el punto de cruce de ambas curvas. Ese punto marca el precio de casación para esa hora y sesión, al cual venderán y comprarán todas las unidades de producción que hubieran quedado por debajo de ese valor, y las unidades de compra que hubieran quedado por encima. OMIE realiza esta operación 24 veces al día. Por eso el precio va variando cada hora.
El mercado de restricciones técnicas
Una vez que se han obtenido los datos de las casaciones en el mercado diario, se envían al Operador del Sistema (REE) para que analice si existen lo que se denomina restricciones técnicas que obliguen a variar la propuesta inicial de casación. Dicho de otra manera: si la cantidad de energía ofertada por cada central eléctrica es suficiente o adecuada para el buen funcionamiento del sistema eléctrico y se cumplen los principios de calidad, fiabilidad y seguridad. El análisis efectuado por REE impulsa un nuevo mercado: el de restricciones técnicas, que tiene lugar después de cada sesión de los mercados diario e intradiario.
¿Cuál es su funcionamiento?
Este mercado es un mercado económico y técnico en el que se busca garantizar la continuidad del suministro de energía con la calidad adecuada, es decir, que no se produzcan interrupciones y que la electricidad llegue a los consumidores con los niveles de tensión y frecuencia apropiados para su utilización.
Lo explicamos. Debido a la propia estructura del sistema eléctrico, en determinadas zonas geográficas se pueden producir situaciones de exceso o déficit de producción. El Operador del Sistema (REE), que se encarga de estudiar los flujos de electricidad y estabilidad de tal manera que el suministro sea continuo y seguro en todas las zonas, debe decidir si los datos de la casación recibidos permiten garantizar el suministro de una forma eficiente y eficaz. Sobre la base de esto, resuelven qué centrales deben formar parte de la generación de electricidad en esa hora de casación y cuáles no. Es decir, se puede dar el caso de que tengan que incluir centrales de generación que no estaban entre las iniciales unidades oferentes de energía y/o que puedan eliminar otras centrales que sí habían entrado en el programa de casación.
Este nuevo programa con los cambios hechos por el Operador del Sistema (REE), a causa de las restricciones técnicas que acabamos de explicar, se devuelve al Operador del Mercado (OMIE) quien se encargará de ajustar nuevamente el precio ya que si se eliminan unidades oferentes (al precio que habían ofertado) y se incluyen otras nuevas (al precio que éstas oferten) el precio va a variar porque la curva de ofertas se va a desplazar y, como consecuencia, también lo hará el punto de corte.
Pero, claro, esta mecánica también la conocen los agentes con una elevada cuota de producción de energía por lo que se puede dar el caso de que utilicen su posición dominante para deducir en qué zonas puede ser necesario el arranque de una central de su propiedad. ¿Qué significa esto? Que los propietarios de la citada central (o sus representantes) pueden verse tentados a presentar en el mercado diario ofertas con precios tan elevados que saben de antemano que no van a casar. De esta manera se autoexcluyen de la sesión diaria del mercado eléctrico pero consiguen ser asignados al mercado de restricciones técnicas al precio que ellos mismos establezcan. Dejan, de este modo, de depender de una casación marginalista como la del mercado diario , que pueda limitar sus ingresos, pero con su acción desplazan al alza el precio de casación.
El mercado intradiario
Para terminar, una breve descripción de lo que es el mercado intradiario. Es un mercado de ajustes en el que lo que se no se ha podido casar en el mercado diario tiene una segunda oportunidad. Los mercados intradiarios se estructuran actualmente en seis sesiones de subastas en el ámbito MIBEL y un mercado continuo transfronterizo europeo (mercado continuo). Este mercado también es gestionado por OMIE.
Aquí lo dejamos. Esperamos que esta somera explicación os haya ayudado a resolver vuestras dudas
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