El BEREC (Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas) publica el primer borrador de las Directrices que marcarán cómo debe aplicarse la Regulación de neutralidad de la red y que se abre a consulta pública para su mejora durante seis semanas, hasta el 18 julio.
Sobre la neutralidad de la red
La neutralidad de la red se define como dar el mismo trato a todo el tráfico de internet. Esto supone que no se podría bloquear ni degradar el acceso a determinadas aplicaciones o destinos. Pero tampoco al revés: estrictamente, no se podría priorizar el acceso a alguna aplicación o a algún proveedor de contenidos.
Esta es una definición clásica que emplea el BEREC para hablar de neutralidad de la red:
“Todo el tráfico que circula por una red es tratado de forma igual, independientemente del contenido, la aplicación, el servicio, el dispositivo o la dirección del que lo envía o lo recibe”
¿Y qué cuentan las directrices de BEREC?
El texto que se acaba de presentar se refiere a algunos temas que han sido conflictivos y que darán que hablar; por ejemplo:
– El zero rating:
Es la práctica de las operadoras para no cobrar a sus clientes finales por un volumen de datos usado por aplicaciones específicas o por servicios de internet a través de sus redes, en planes de datos y tarifas limitadas. Con ella, las empresas de telecomunicaciones pueden hacer que unas aplicaciones sean económicamente más atractivas para el usuario. Aunque a priori pueda tener beneficios para los usuarios de estos servicios subvencionados, también puede ser considerada como práctica anti-competitiva y limitadora de mercados abiertos. En este sentido, las Directrices de BEREC ofrecen una serie de criterios para evaluar el impacto de estas ofertas en los mercados de comunicaciones electrónicas y en los usuarios finales.
– Las ofertas de Sub-internet:
Las directrices sí que dejan claro que las prácticas comerciales que limiten los derechos de los usuarios están prohibidas. Nos estamos refiriendo a ofertas que NO permiten acceder a todas las webs.
– Servicios específicos:
Se habla de dos tipos de servicios que se ofrecen a los usuarios y sus relaciones con la Neutralidad de la Red:
– Los servicios de acceso a Internet o (IAS), en los que se ofrece un acceso general a internet sin restricciones y donde no existe una calidad de servicio determinada.
– Servicios especializados (o de valor añadido) que son los que ofrecen unos niveles de calidad de servicio más altos y específicos, como en el caso de los servicios de IPTV, Televisión HD, juegos en Real Time, etc.
El BEREC recuerda que estos Servicios Especializados se ofrecen cuando la optimización sea necesaria y si y solo si la capacidad de red es suficiente para ofrecerlos además de los IAS.
– Transparencia:
Atendiendo al principio de transparencia, un usuario debería tener información suficiente sobre cualquier limitación o restricción de un servicio antes de contratar un producto concreto o darse de alta con un operador. (Algo así como lo que ya os contamos hace unos días en el blog de las nuevas etiquetas -broadband facts- que promueve la FCC). Así, los consumidores deberían saber claramente el rendimiento del plan contratado; por ejemplo, la velocidad de acceso o las reglas específicas que podrían llevar al consumidor a tener alguna consecuencia, como cargos adicionales o ralentización de datos.
Como comentábamos antes, las Directrices de neutralidad de la red (previstas en el art 5.3 del Reglamento 2120/2015) se acaban de publicar y abrir a consulta pública hasta el próximo 18 de julio a las 14 h. Las respuestas pueden enviarse aquí (preferiblemente en inglés): NN-Consultation@berec.europa.eu
Aquí tienes toda la información:
– Más detalles sobre las respuestas
En el blog también hemos hablado mucho sobre la Neutralidad de la Red…
Sobre el párrafo que copio abajo…¿Quiere eso decir, que una oferta de acceso a internet de un operador móvil que imaginemos solo permita acceder a redes sociales, sería anticompetitiva y por tanto prohibida? Si es así, me parece una intromisión inaceptable en (i) la libertad de empresa de los operadores para configurarlas como le de la gana (al menos en una economía libre de mercado) y (ii) una intromisión inaceptable en la capacidad de elección del consumidor que puede optar (bien informado) por una oferta mas asequible con limitaciones en la capacidad de acceso a solo determinadas webs.
Me da la impresión de que bajo este tipo de regulaciones siempre se esconden ataques a la libertad económica (de las empresas o de los usuarios)
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– El zero rating:
Es la práctica de las operadoras para no cobrar a sus clientes finales por un volumen de datos usado por aplicaciones específicas o por servicios de internet a través de sus redes, en planes de datos y tarifas limitadas. Con ella, las empresas de telecomunicaciones pueden hacer que unas aplicaciones sean económicamente más atractivas para el usuario. Aunque a priori pueda tener beneficios para los usuarios de estos servicios subvencionados, también puede ser considerada como práctica anti-competitiva y limitadora de mercados abiertos. En este sentido, las Directrices de BEREC ofrecen una serie de criterios para evaluar el impacto de estas ofertas en los mercados de comunicaciones electrónicas y en los usuarios finales.
– Las ofertas de Sub-internet:
Las directrices sí que dejan claro que las prácticas comerciales que limiten los derechos de los usuarios están prohibidas. Nos estamos refiriendo a ofertas que NO permiten acceder a todas las webs
Álvaro con todos mis respetos, si piensas que una oferta comercial que permita sólo algunas webs es normal, creo que no sabes lo que significa el término/frase Neutralidad de la Red. Y dudo muchísimo que, salvo una minoría (muy seguramente muy poco informada) escogiesen este tipo de ofertas. Así como cualquier oferta que busca priorizar algún tipo de web, foro o contenido sobre otros (sin entrar en la propia priorización por tipo de conexión o QoS donde, «Oro» tiene mayor prioridad que «Best-Effort» por ejemplo).
En general estoy de acuerdo con las directrices del BEREC. Eso sí sigue sin gustarme lo de los servicios premium, especializados o de valor añadido.
Salu2
Pues te aseguro que mi hija adolescente estaría encantada de disponer (y yo de pagar mas barato) de un acceso a determinadas redes sociales, que es el único acceso de internet que le interesa. De hecho creo que ya hay ofertas de operadores que permiten navegación ilimitada para determinadas redes sociales.
A lo mejor no se lo que es la neutralidad de la red pero si creo saber (i) lo que demanda determinado nicho de mercado (por ejemplo, el de los adolescentes) y (ii) lo que es la libertad de empresa y de elección de los consumidores.
Soy partidario de que las empresas configuren sus servicios como le de la gana, y si el móvil solo permite acceder a Snatchap o las redes que usan los adolescentes, ¿en nombre de que sacrosantas y rimbombantes palabras se le va a impedir a un operador vender y a un usuario comprar un servicio que se lo permita a un precio atractivo? Si hay mercado para gente que solo quiere comunicarse por SMS ¿Quién es el estado para no satisfacer esa demanda?
Los que no defienden la libre competencia siempre poner por encima grandes valores «el interés general», «la neutralidad de la red», «el interes de la industria» , los «puestos de trabajo que se eliminan» para esconder sus propósitos de limitar y restringir la libertad de empresa y de comercio. Son como los taxistas que no nos dejan que contratemos a través de la economía colaborativa, «es que Ud. cliente no sabe lo bien que se va en el «taxis» y como no lo sabe voy a impedir servicios alternativos para que solamente pueda ir en mi medio regulado y monopolistico».
De todas maneras la propia realidad de la economía acabará con las posiciones defensoras de los oligopolios y las limitaciones a la empresa y en general a la libertad de los ciudadanos.
Un saludo
Precisamente el no proteger la Neutralidad de la Red, viola la libre competencia. Te pongo un caso tu y yo tenemos una empresa ISP, llamémoslas A y B yo tengo mucho más dinero que tú y hago que las conexiones de los usuarios de mi empresa A tenga siempre prioridad sobre las conexiones de tus usuarios, de B. Como digo como tengo dinero pago para poder priorizar en determinados servicios las conexiones de mis usuarios, haciendo que a tus usuarios les vaya todo más lento y por tanto forzando a que estos se pasen a mi empresa para que dichos servicios les vayan bien ¿Te parece normal o, por el contrario, va contra la libre competencia?. Yo creo que lo segundo.
Por otro lado yo como defensor de la economía colaborativa, fue uno de los que pidió que anularan los semi-protecciones que existen en el sector del transporte, y especialmente el taxi. Fuera de que si Uber, Blabacar, Cabify,… tengan que pagar sus correspondientes impuestos y tal. Precisamente proteger a un sector va contra la libre competencia, al generar barreras de entrada que impidan a más empresas o agentes entrar en el susodicho mencionado sector.
Salu2
Yo creo que mezcláis temas. Una cosa es gestionar el tráfico en base a si el origen está o no en tu red y otra es ofrecer servicios que se restrinjan a ciertos contenidos o hacer una gestión diferenciada en función del tipo de servicio. En el primer caso estás degradando intencionadamente el servicio de un usuario de otro ISP y en el otro el ISP y el usuario están acordando voluntariamente un cierto tipo de servicio. Uno entra en el control de las relaciones entre ISP y el otro entre usuarios finales e ISP. Otra cosa es que con eso se enmascaren prácticas anticompetitivas si se trata de operadores integrados verticalmente que quieren imponer sus contenidos pero se puede prevenir eso perfectamente sin establecer ninguna prohibición absoluta.
Lo que está claro es que la política del café para todos no se ajusta a las necesidades reales de los servicios y usuarios. No todo el tráfico es igual ni debe ser tratado igual, precisamente porque cada servicio que se presta en Internet tiene sus necesidades. Si te preocupa que se discrimine el tráfico por el ISP de origen prohíbe eso, pero permite que haya gestión diferenciada en base a servicios. No discrimines datos del mismo tipo sino diferentes tipos de datos/servicios.
En mi opinión llevar la protección de la neutralidad de red al extremo (que no estoy diciendo que sea lo que defiendas tú ni las directrices) lo que hace es impedir que surjan nuevos modelos de negocio que respondan mejor a las necesidades de los clientes. Y esos modelos llegarán, tarde o temprano.
No mezclo temas, símplemente que cualquier priorización de un paquete de datos sobre otro, en Best-Effort (la Neutralidad de la Red en principio es sólo para Best-Effort) es una violación de dicho principio de la Neutralidad de la Red. Si quieres un servicio especial o más prioritario, para eso está el tráfico «oro» y las líneas dedicadas. ¿Cuál es el verdadero problema? Que claro el tráfico Best-Effort, las ofertas, líneas son mucho más baratas, por eso a las empresas les interesa tanto, meter baza en Best-Effort.
Salu2
Si mezclas temas porque de hecho no has contestado a lo que te han planteado. Te han preguntado sobre los accesos voluntariamente capados en servicios o contenidos. Una cosa es eso (A), otra la gestión diferencial de tráfico en base a servicios (B) y una tercera es la degradación del tráfico de usuarios de otras redes (C). No sigo la lógica de responder a A con C para dar a entender que B es pernicioso. Ni B implica C ni A tiene nada que ver con C. Y no estoy para nada de acuerdo en que «no proteger la Neutralidad de la Red, viola la libre competencia». Yo puedo hacer una gestión diferencial de tráfico en base a servicios sin degradar artificialmente el tráfico de usuarios de otras redes. Tú lo planteas como si la única forma de diferenciar tráfico fuese joder a usuarios de otras redes desde una posición dominante.
¿líneas dedicadas? No lo veo sinceramente… Creo que estamos hablando de cosas totalmente distintas. Bajemos al terreno de las cosas que una persona residencial normal maneja.
Aquí no creo que haya ninguna conspiración rara de empresas con intereses ocultos, simplemente los servicios que se pretenden prestar en el siglo XXI no pueden seguir yendo con una gestión de tráfico del siglo pasado.
Entiendo perfectamente lo que dices y es defendible. En todo caso también parece rebatible.
Dices que sólo una minoría escogería esas ofertas y yo te digo que eso no es motivo para prohibirlo. Una cosa es que los usuarios tengan derecho a acceder a un servicio totalmente abierto de Internet y otra muy distinta es que tengamos que obligarles a que ese sea el único tipo de servicio contratable. Aceptaría plantear si tiene que haber algún tipo de supervisión para que exista oferta de servicios totalmente abiertos y neutrales a un precio razonable, pero no comparto con obligar a que ese sea el único modelo. Evidentemente, siempre partiendo de que se le comunican al usuario en el contrato las limitaciones del servicio.
De las tarifas Zero Rating, con supervisar que los operadores no las usan para acaparar mercado bloqueando los servicios de terceros me parece suficiente.
Otra cosa es que una empresa que tiene una APP para una cosa determinada pague a un operador para que sus usuarios tengan una mejor experiencia, me parece perfecto mientras no lleguen a un acuerdo para no permitir que un tercero no pueda hacer algo similar con sus servicios. Pero vamos, es mi visión.
¿Qué es Internet? Internet no es una red, es un conjunto de protocolos para conectar equipos y redes. Confundir Internet con la red es como confundir el código de circulación con la red viaria.
¿La red de telefonía es Internet? ¿Podría establecer niveles de servicio o prioridades en la parte SS7 de mi red móvil sin afectar a la neutralidad?
¿Mi red privada de casa es Internet? ¿BEREC me obilga a garantizar la neutralidad de la red entre mis hijos?
¿No puedo establecer precios diferentes para las llamadas de voz IP
Ant, con todos mis respetos sigues sin entender lo que implica la Neutralidad de la Red y lo que es en su máxima extensión.
Tanto A, como B, como C implican la Neutralidad de la Red.
Y sigues sin entenderlo, porque hablo de tráfico «oro» y líneas dedicadas porque si quieres priorizar un servicio sobre otro, debes elegir este tipo de tráfico y no meter priorización ninguna a Best-Effort, ni recortar servicios, por ejemplo.
Si lo quieres con un ejemplo metafórico. Imagínate dos carreteras en una sólo van coches de poca velocidad (Best-Effort) y en otra van sólo coches de alta velocidad, como un Ferrari («oro»). Lo que pretendéis algunos es poner un Ferrari en la carretera donde están los coches de poca velocidad, lo que viola las normas (Neutralidad de la Red).
Además ya existe una gestión diferenciada de tráfico, para algunos servicios, otra cosa es no querer acatar las normas. No en vano esto ya pasó, en la propia regulación de la Fibra óptica y en concreto con el servicio de acceso indirecto NEBA Empresas, donde algunas querían modificar el NEBA Residencial (por decirlo fácilmente), para adaptarlo a sus intereses y la propia CNMC dijo que no y con razón. Si quieres unos privilegios usa el servicio adecuado (en este caso NEBA Empresarial) y no pretendas que los demás se adapten a ti (NEBA Residencial).
Salu2