Aunque sigamos sus series y películas a diario, muchas de las plataformas de intercambio de vídeos y buena parte de los prestadores de servicios de vídeo bajo demanda (como Amazon Prime, Netflix o HBO) no están establecidos en España; entonces, ¿quién regula a estos prestadores establecidos en otros países?
Ojos que supervisan en cada país. Imagen en Pexels
¿QUÉ ES EL PRINCIPIO DE PAÍS DE ORIGEN?
La normativa europea considera esencial para la creación de un mercado interior que sea un único Estado miembro el que tenga jurisdicción sobre un prestador de servicios de comunicación audiovisual y se evite de esta manera la realización de controles secundarios en diferentes Estados miembros.
Así, de acuerdo con la Directiva Audiovisual será el regulador del Estado miembro del país en el que el prestador está establecido el que deba asegurarse que sus servicios son conformes con su legislación nacional, legislación que a su vez es coordinada por la propia Directiva (principio de país de origen). De esta forma se garantiza la libre circulación de la información y de los programas audiovisuales en el mercado interior de la Unión Europea.
El principio de país de origen se aplica desde 1997, año en que este concepto fue introducido en la Directiva de Televisión sin Fronteras, aunque en los últimos años con la irrupción primero de los canales de pago a través de banda ancha, y después los servicios a través de Internet, la prestación de servicios de carácter transfronterizo ha alcanzado verdadera relevancia al llegar al gran público.
¿QUÉ PRESTADORES OFRECEN SERVICIOS EN PAÍSES DIFERENTES AL DE SU ESTABLECIMIENTO?
Por un lado, España ha sido tradicionalmente un atractivo país de establecimiento para prestadores que, aprovechando el principio de país de origen, desean ofrecer sus servicios en varios Estados Miembros estando sujetos al control de una sola autoridad de regulación. Prestadores de vídeo bajo demanda como Rakuten, agentes que emiten canales de televisión lineal de pago como AMC, Disney, NBC o Sony, o difusores de canales por satélite, se han establecido en España y, por tanto, han sometido a la supervisión de la CNMC, servicios que ofrecen en otros EEMM.
En sentido contrario, son muchos los servicios que se reciben en España, ofrecidos por prestadores establecidos en otro Estado Miembro. Entre ellos, destacan algunos prestadores de servicios de vídeo bajo demanda con mayor presencia en el mercado español, y que están sujetos a la jurisdicción de otro país de la UE, como son:
- Amazon Prime (Alemania)
- Disney + (Holanda)
- HBO (Suecia)
- Netflix (Holanda)
La responsabilidad sobre la supervisión de estos prestadores no corresponde a la CNMC sino al regulador de cada uno de esto países. De todos modos, la CNMC sí que puede recabar información sobre esta labor de supervisión, y solicitar la colaboración del regulador responsable para resolver las quejas o denuncias por posibles incumplimientos en materia de normativa audiovisual armonizada a través de la Directiva Audiovisual (protección de menores, publicidad, accesibilidad, cuota europea, transparencia, etc.).
Este cada vez más acentuado carácter transfronterizo de los servicios de comunicación audiovisual ha propiciado el desarrollo de un marco de colaboración para facilitar la coordinación y cooperación entre autoridades de regulación para todo tipo de situaciones. Es el denominado MoU (MEMORANDUM OF UNDERSTANDING), del os hablaremos en una próxima entrada del blog.
¿CÓMO SE PRESENTAN QUEJAS O DENUNCIAS POR POSIBLE INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AUDIOVISUAL?
Ya os lo hemos contado por aquí en más de una ocasión: para formular una queja o denuncia ante la CNMC sobre posibles incumplimientos de la normativa audiovisual, tenemos habilitado un formulario electrónico.
A través de este formulario se permite remitir una queja o denuncia a la CNMC sobre un incumplimiento de la normativa audiovisual en relación con los siguientes servicios:
- Canales de televisión en abierto (tales como Telecinco, Antena3 o La1)
- Canales de televisión de pago (tales como Movistar LaLiga, Fox, AXN o TNT)
- Emisiones de radio (por Internet o radiodifusión)
- Vídeo bajo demanda, VoD (servicios por catálogo, tales como Netflix, Amazon Prime, Disney +, HBO, Rakuten, Filmin o Flixolé)
- Plataformas de Intercambio de Vídeos, VSP (tales como Youtube, IGTV, Tik Tok o Twitch)
Para servicios de ámbito autonómico, las denuncias o quejas deberán dirigirse a la autoridad competente de cada Comunidad Autónoma.
Como os contábamos antes, las principales plataformas de intercambio de vídeos y buena parte de los prestadores de servicios de vídeo bajo demanda no están establecidos en España, sino en otro Estado Miembro. En estos casos se trasladarán las quejas o denuncias al regulador del país de establecimiento.
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