Hace diez años, en 2009, se fijó un plazo máximo de 12 meses para que se delimitasen las profesiones de colegiación obligatoria en una ley estatal, que todavía no se ha aprobado. Seguimos en una situación transitoria que genera inseguridad e incertidumbre. Es la historia de nunca acabar.

Una de las obligaciones de la CNMC es promover reformas para eliminar los fallos de mercado en beneficio de los consumidores y usuarios. Pues bien, en esta ocasión queremos recordar una cuestión que se ha convertido en The neverending story: los colegios profesionales.

Veinte años de historia

En 1992, el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) aprobó su Informe sobre el Libre Ejercicio de las Profesiones. Aquellas primeras recomendaciones fueron un elemento determinante en las reformas de los años noventa. Así, el Real Decreto-ley 5/1996 de 7 de junio, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y colegios profesionales introdujo reformas relevantes – como la sujeción del ejercicio de estos servicios a la normativa de defensa de la competencia o la eliminación de provisiones que restringían la competencia en precios –. Pero no fue suficiente: mantuvo las restricciones de entrada tradicionales.

En 2008 fue la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) quien aprobó el Informe sobre el sector de servicios profesionales y colegios profesionales y en 2012. De nuevo la CNC, aprobó el Informe sobre los Colegios Profesionales tras la Transposición de la Directiva de Servicios. Aquellas propuestas permitieron dar un paso más en la liberalización, eliminando restricciones de ejercicio históricas, como los baremos de honorarios.

Los cambios quedaron recogidos a través de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Ómnibus).

Como tampoco fue suficiente, a finales de 2013 el Gobierno aprobó el Anteproyecto de Ley sobre Colegios y Servicios Profesionales. Fue informado por la CNMC y el Consejo de Estado a finales de 2013 y que se trasladó como Proyecto de Ley al Parlamento español.

Tampoco parecía suficiente, pues mantenía la colegiación obligatoria en casos de dudosa justificación, o cuando se cumplieran determinados requisitos, en vez de dar la opción al legislador de hacerla o no obligatoria en dichos casos. Entre otras cosas. Pero ni siquiera se aprobó.

Una reforma necesaria

Desde hace más de dos décadas, la autoridad de competencia española ha realizado recomendaciones de modificación normativa para impulsar la competencia en el sector de servicios profesionales. La CNMC considera necesario impulsar la competencia en el sector de los servicios profesionales. En la regulación de este sector persisten restricciones para acceder y ejercer las actividades profesionales que dificultan la innovación, la mejora de la calidad y de la competitividad de los servicios, perjudicando a los consumidores y usuarios.

En España el sector de servicios profesionales genera cerca del 9% del PIB, y representa en torno al 6% del empleo total y al 30% del empleo universitario.

Su importancia en la prestación de servicios a empresas, uno de los sectores más prometedores en términos de creación de empleo, resulta fundamental. Eliminar barreras, modernizar el sector para favorecer la innovación y la movilidad interprofesional es clave para que la economía española pueda afrontar con éxito los cambios derivados de la digitalización y de la internacionalización de la economía.

Últimas actuaciones

Hoy mismo, la CNMC ha publicado su análisis del borrador del Estatuto General de la Abogacía Española. Advierte que la nueva figura de “profesional de la abogacía” plantea riesgos para la competencia y restringe el acceso y ejercicio de la profesión. La CNMC valora positivamente la eliminación de la mención expresa de la incompatibilidad en el ejercicio de la profesión de abogado y procurador y la eliminación de la prohibición de la cuota litis. Aunque advierte que persisten restricciones al acceso y al ejercicio de la profesión como la injustificada ampliación de la colegiación obligatoria, la vinculación con el domicilio y la exigencia de un seguro obligatorio (nota de prensa).

En febrero, la CNMC publicó otro informe en el que realizó una serie de recomendaciones a los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España (nota de prensa). En mayo, el turno fue para las recomendaciones a los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos (nota de prensa).

Y seguiremos insistiendo. Modernicemos este sector. Estamos a tiempo.

 

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