Este post representa únicamente la opinión particular de su autor, el cual ha sido invitado a compartirla a través de CNMCblog por su reconocido prestigio. La CNMC no asume como propias las opiniones expresadas. Con su publicación simplemente quiere contribuir a enriquecer un debate que debe ser abierto y plural.
*** Ángel García-Castillejo es abogado. Socio Director de MEL Abogados SLP. Secretario de televisión abierta. Profesor de Periodismo y Comunicación Audiovisual de la Universidad Carlos III de Madrid. Ex Consejero de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
El 31 de marzo de 2010 se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la Ley 7/2010, General de la Comunicación Audiovisual y entraba en vigor un mes mas tarde. Pero tres días después, el 3 de abril de 2010, coincidiendo con la finalización del segundo periodo concesional de los operadores que hasta ese momento gestionaban de forma indirecta el servicio público de televisión, apagaban definitivamente sus emisiones en analógico y España pasaba a ser uno de los países pioneros en completar exitosamente el proceso de transición a la Televisión Digital Terrestre, la TDT.
Desde entonces hasta hoy, en apenas nueve años, la TDT y sus telespectadores han vivido un primer dividendo digital para facilitar el despliegue del 4G de 2014-2015, que obligo a resintonizar y adaptar instalaciones de recepción, nuevos concursos de adjudicación de licencias y una grave crisis publicitaria que incidió de forma directa en el modelo de negocio de la televisión comercial en abierto y que igualmente ha provocado vaivenes en la televisión pública. Desde la entrada en vigor de la Ley General de Comunicación audiovisual, la televisión ha pasado a ser un servicio de interés general y se mantiene como servicio público la ofrecida por las entidades públicas como es el caso de TVE y las televisiones públicas autonómicas y locales.
Pero lo que es relevante, es que la TDT, la televisión en abierto, con vocación de servicio universal que es accesible para todos los ciudadanos independientemente de su situación social o ubicación geográfica de forma gratuita, son los canales de televisión que ve el 93% del total de las audiencias en España, independientemente de su forma de acceso.
En suma, la TDT, es la forma en la que, cada día, la inmensa mayoría de los ciudadanos ve la televisión, y que ahora se encuentra obligada a un cambio que afectará a la práctica totalidad de los edificios de viviendas de nuestro país, unas 850.000, en un plazo relativamente corto. Alrededor de 38 millones de ciudadanos en la práctica totalidad del territorio (excepto siete zonas: A Coruña Norte y Sur, Asturias, Barcelona, la isla de Menorca, Murcia Norte y Toledo) se verán afectados por los cambios consecuencia del segundo Dividendo Digital. Básicamente, se trata de desplazar el servicio de televisión en el espectro radioeléctrico con el fin de dejar espacio a la telefonía para el despliegue de la nueva generación de transmisión móvil en 5G. Es el proceso de liberación del segundo Dividendo Digital.
Este proceso de migración y liberación de espectro para el 5G, además de ineludible, se trata de un cambio que no admite retrasos por lo ajustado de la planificación realizada, necesaria para cumplir con los compromisos adquiridos en el ámbito de la Unión Europea que exige sea llevado adelante de forma coordinada y simultánea y que implica una fortísima inversión para el despliegue de la banda ancha móvil en 5G.
El proyecto de Real Decreto por el que se aprobará el Plan Técnico Nacional de TDT y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo Dividendo Digital, en el que se abordan las cuestiones técnicas de este proceso, en estos momentos se encuentra en tramitación, y será la base sobre la que se asentará la prestación del servicio de televisión en abierto de hoy hasta al menos 2030.
En momentos de debate democrático y electoral, hay que destacar favorablemente que la Hoja de Ruta nacional para la liberación del segundo dividendo digital se realizó por el Gobierno del Partido Popular y fue ratificada y publicada por el Gobierno del PSOE en junio de 2018, cumpliendo los plazos fijados por la Unión Europea y contando con el consenso y apoyo de todos los actores del sector audiovisual y de las telecomunicaciones que operan en España, lo que pone en evidencia el valor y relevancia de la TDT en nuestra sociedad.
Hay dos cuestiones básicas que han de aprobarse para la ejecución, con unas mínimas garantías, de este proyecto: El Real Decreto por el que se aprueba el Plan Técnico de la TDT y la dotación económica necesaria para su financiación en este ejercicio 2019 y así minimizar la repercusión negativa de esta migración para los ciudadanos y radiodifusores.
Un proceso de estas características exige potentes campañas informativas, contando con las organizaciones de consumidores, administradores de fincas, o instaladores de telecomunicaciones, con el fin de que los ciudadanos puedan conocer que deben adaptar sus instalaciones de recepción, cómo solicitar y obtener las compensaciones a las que pueden acogerse, y cuándo resintonizar sus televisores para acceder de forma óptima a la TDT.
El coste de estas actuaciones precisará una ampliación presupuestaria, pero terminará generando importantes beneficios, en términos de inversión, empleos e incremento de la competitividad, para la economía española en su conjunto, en el marco coordinado europeo
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Sin ánimo de trollear y como crítica constructiva… crítica es precisamente lo que se echa en falta en el artículo.
Que a estas alturas – apenas a 14 meses del límite para liberar la banda de 700 MHz – no se haya publicado el RD supone un serio contratiempo para todas las Administraciones Públicas, a las que la Administración General del Estado achica los plazos para tramitar las ampliaciones presupuestarias, paso imprescindible para poder licitar la adaptación de las redes de extensión de cobertura de TDT, que cuentan con un número de centros mucho más elevado que el de la red principal que costean directamente los radiodifusores.
Por otra parte, afirma el autor que 7 zonas no necesitarán adaptarse: ¿es información contrastada o únicamente deducida de la distribución actual de canales? Porque el hecho de que un área no tenga canales superiores al c48 no la libera del riesgo de tener que introducir cambios por cuestiones de coordinación internacional de frecuencias o ajustes con áreas técnicas vecinas.
Hay margen para hacerlo siquiera un poco mejor que en el 1º Dividendo, cuyo RD se publicó 100 días antes de la fecha límite para la migración y requirió prorrogarla 3 meses. Y digo «un poco mejor», no bien. Para eso ya se hizo tarde al publicar una hoja de ruta «vacía» en junio de 2018.
vergonzoso a la fechas que estamos y sin finalizar los tramites, este gobierno la da lo mismo, le da igual, y los instaladores y los fabricantes, que, nada, que les den el sanchez a lo suyo, al falcon, y los compromisos Europeos, buaaa, mañana.