Para aquellos que están dando los primeros pasos en el sector de las telecomunicaciones, que se plantean crear una operadora, que no tienen claro qué normativas se aplican… para ellos hemos recopilado algunos posts imprescindibles sobre el tema que hemos escrito en el blog.
- Constituirse como operador: el sistema de licencias ya ha desaparecido. Si queréis operar en el sector de las telecomunicaciones ya no hay que solicitar una licencia, sino inscribirse en un Registro de Operadores que gestiona la CMT.
Únicamente se han de inscribir en el Registro aquellas empresas que presten un servicio de comunicaciones electrónicas o un servicio de comunicación audiovisual. ¿Qué documentación se necesita? ¿Qué trámites hay que seguir? Todas las dudas resueltas están en «Cómo constituirse como operador«.
* Una nota a pie de página: si para prestar el servicio necesitáis utilizar frecuencias del espectro radioeléctrico, la CMT no concede esas licencias, sino que es competencia del Ministerio de Industria.
- Dejar de ser operador: la otra cara de la moneda. Si queréis dejar de ser operador, estos son los pasos: «El derecho al olvido de los operadores«.
- Solicitar numeración: según el servicio que queráis prestar vais a necesitar numeración. ¿Cómo se solicita? ¿Cuánto cuesta? ¿Puedo comprarle numeración a otro operador? Y muchas más preguntas con respuesta en «Solicitar numeración«.
- Administraciones públicas: un caso especial de operadores son las Administraciones Públicas (AAPP) o las empresas de capital público. La CMT aprobó una Circular específica que os resumimos en «Guía para las AAPP que quieran ser operadores«.
- Aprovechamos para responder una duda frecuente:
Tengo un bar / una cafetería / un hotel / un centro de congresos… y quiero ofrecer wifi a mis clientes. ¿Debo inscribirme como operador?
Respuesta corta: no. Respuesta larga en «Vecinos que comparten wifi«.
Emprender, se puede emprender, pero…¿te dejan hacerlo?. Los grandes y sus cuotas de mercado, además de otros mecanismos, ahogan cualquier iniciativa pequeña
La verdad es que es muy, muy, muy difícil emprender. Pero mi empresa es un claro ejemplo de que se puede, con mucho esfuerzo y mirando por cada centimo invertido, hacerse hueco. Y nada de pensar en hacerse rico en dos días.
Llevamos seis años trabajando duro y hoy por hoy, se lo ponemos muy difícil a la competencia, incluyendo a los más grandes.
Muy buenos contenidos los del blog.
Necesitaría una ampliación de la información sobre las posibilidades de utilizar, por parte de pequeños operadores, las canalizaciones de telefónica para el tendido de fibra óptica y posibles costos de las mismas. Vale también alguna referencia para profundizar sobre el tema. Sería interesante tener conocimientos de las reglamentaciones existentes para la utilización de los conductos cloacales o pluviales como canalizaciones para fibra óptica. Gracias
Ruben,
Para estas consultas tienes a tu disposición en nuestra web la oferta mayorista MARCo.
También hemos escrito unos cuantos posts en el blog sobre el tema.
Hola!
Con relación a este tema me gustaría tener claro si las Empresas que ofrecen servicios de llamadas y acceso a internet a través de Locutorios y/o de Cyber a los clientes finales, en su mayoría residenciales, utilizando distintas tecnologías y distintos operadores que se encuentran registrados, tienen la obligación de incribirse en la CMT???
Ibtel,
Si los destinatarios de vuestro servicio son únicamente los clientes y el ámbito de cobertura, las instalaciones del locutorio o cyber, no tendrías la obligación de registrarte como operador. Sobre este tema, en la web de la CMT hay un Informe sobre la consideración como inscribibles en el registro de operadores de actividades de comunicaciones electrónicas realizadas por establecimientos comerciales Si tienes más dudas al respecto, puedes contactar con el propio Registro de la CMT. Salu2.
Hola, escribí hace un poco pero no aparece en el blog, así que pienso que no se insertó bien mi pregunta.
Trabajo en una empresa que controla redes Wifi en hoteles. Por esta razón, se nos ocurrió que podíamos instalar redes wifi en comunidades de vecinos.
Si una comunidad de vecinos contrata Internet con una operadora y después a nosotros para distribuir la señal por todo el edificio (alquilando nuestros equipos Wifi y utilizando su instalación eléctrica)
¿Debemos darnos de alta como operadores?
Gracias
Hola Judith
Creemos que estos 2 posts (y las resoluciones de las que se habla en ellos) os podrán resolver algunas dudas:
Vecinos que comparten wifi:
http://blogcmt.com/2010/09/14/vecinos-que-comparten-wifi/
Wifi en un piso de alquiler:
http://blogcmt.com/2011/03/29/wifi-en-un-piso-de-alquiler/
Un saludo
Gracias por responder tan rápido.
He leído los post (con todos sus comentarios) pero sigo teniendo alguna duda:
«Wifi en un piso de alquiler»: entiendo que la promotora no se diera de alta como operadora ya que según parece la promotora cobró exclusivamente lo que costaba el servicio. Se entiende entonces que si se pone un precio por el alquiler de una red Wifi (beneficio hay ya que en algún momento el alquiler supondrá beneficio para la empresa), como se está cobrando exclusivamente por el uso y disfrute de la red Wifi, así como el mantenimiento y reparación de los equipos y no entra dentro del campo de Internet, la empresa no se debe dar de alta como operadora, es así?
Es que veo detalles que no me quedan claros, pero puede que me esté complicando…ya que no hablo de una comunidad de vecinos, si no de una empresa que quiero extender Internet comunitario (sin poner la línea de Internet)
Gracias
Mis dudas están por este párrafo de la resolución:
«Por lo que se refiere a la red WIFI: Que se indicase quién será su titular y, en caso de
que fuese PROMUSA, especificar además si iba a cobrar alguna cantidad por su
explotación, sea a los inquilinos o al operador de comunicaciones electrónicas que
fuera a prestar el servicio de acceso a Internet»
Ya que nosotros si queremos cobrar por la explotación de la red Wifi, al contrario que PROMUSA, pero ya digo, la conexión a Internet la contrataría la propia comunidad.
Gracias
Hola Judith,
Lo mejor sería que plantearais una consulta formal a la CMT para que se pudiera estudiar vuestro caso particular.
Un saludo
La última pregunta (o quizás penúltima, lo siento), ¿cómo planteo una consulta formal? Se puede hacer on-line? (he visto un e-mail soporteregistro@cmt.es) O existe algún tipo de procedimiento, documentación, etc. para hacerlo?
Gracias de nuevo
Hola Judit,
Te mandamos un mail con el número de teléfono de Regulación de Operadores y ellos te explicarán la forma de hacerlo más rápidamente.
Un saludo
Buenos dias,hoy en dia tenemos la posibilidad de desplegar una red de telecommunicacion que utiliza la modulacion LoRa (Long Range) para aplicacion en el sector del internet de las cosas, ciudades intelligentes…
Esta modulacion utiliza la banda libre 868MHz y solo requiere fisicamente la instalacion de gateways (antennas) y sensores.
En el caso de desplegar una red LoRa para una aplicacion privada, tengo necesidad de constituirme como operador de telecomunicacion?
Misma pregunta si ademas de utilizar la red para una aplicacion privada, alquilo mi red a terceros para sus aplicaciones. Gracias! Nicolas
Independientemente de la frecuencia que se emplee, si el despliegue de una red de comunicaciones electrónicas se pone a disposición de terceros deberá notificar su actividad como operador. Por lo contrario, si la red se despliega para fines privados sin ofrecer esa red a terceros se consideraría que la actividad se presta en autoprestación y no se debe notificar.
De todas formas, si con este criterio general le siguen surgiendo dudas puede plantear una consulta a la CNMC.