El asunto del Wifi en las Administraciones Públicas, y más concretamente en los ayuntamientos, ha sido un tema recurrente en este blog desde sus inicios. Hacía tiempo que no escribíamos sobre él, después de que en julio de 2010 se publicara una circular que resolvía muchas de las dudas normativas al respecto. En la actualidad hay más de 500 Administraciones Públicas inscritas para dar servicios wifi.
Sin embargo, la polémica volvió ayer a desatarse después de una sentencia de la Audiencia Nacional. Con este post queremos recordar cuál es la normativa vigente que afecta al Wifi de las administraciones públicas, aclarar algunas cuestiones o malentendidos y subrayar que la normativa sigue siendo la misma que establecía en su momento la circular.
Las Administraciones Públicas y el Wifi
Las AAPP que quieren prestar un servicio de telecomunicaciones (como el Wifi) deben cumplir con las condiciones que fija, en primer lugar, la Ley General de Telecomunicaciones:
- 1) Inscribirse en el Registro de Operadores de la CMT
Este punto es fundamental, porque la Ley General de Telecomunicaciones considera que dar cualquier servicio de telecos sin estar inscrito es una infracción muy grave.
Los únicos casos en los que no es necesario inscribirse en el Registro son cuando el Ayuntamiento utiliza el wifi para su propio uso (no está abierto a terceros) o en el caso de bibliotecas o centros culturales.
- 2) Separación contable
- 3) Operar con arreglo a los principios de neutralidad, transparencia y no discriminación.
Wifi gratuito
En el caso en de que los Ayuntamientos quieran prestar un servicio wifi de forma gratuita, existen varias posibilidades:
- Dar un servicio gratuito que no afecte a la competencia:
- limitar el wifi a zonas que no incluyan edificios de uso residencial o mixto
- limitar la velocidad a 256 Kbps de descarga.
- Si el servicio sobrepasa lo dos límites anteriores:
- Dar el servicio gratuito de forma promocional y por un tiempo limitado (previo consentimiento y establecimiento de condiciones por parte de la CMT).
- Financiar el wifi mediante patrocinios o publicidad (caso Avilés, por ejemplo).
- Limitar el acceso a webs de AAPP, para realizar trámites por ejemplo.
Normativa
Además de la propia Ley General de Telecomunicaciones (32/2003), la CMT publicó una Circular (Circular 1/2010) por la que se regulan las condiciones en las que las AAPP pueden prestar servicios de telecomunicaciones.
Caso Málaga
El Ayuntamiento de Málaga comenzó en 2008 a prestar wifi sin estar inscrito en el Registro de Operadores de la CMT, que es la principal obligación que impone tanto a empresas como a Administraciones Públicas (AAPP) la Ley General de Telecomunicaciones.
Después de un largo proceso, en febrero de 2010 la CMT sancionó al Ayuntamiento de Málaga con 300.000 euros por no inscribirse en el Registro de Operadores. Se le dieron 15 días para inscribirse voluntariamente y, como no lo hizo, finalmente la CMT le inscribió de oficio.
Ni se cerró la red wifi de Málaga (que sigue funcionando), ni se sancionó porque el servicio fuera gratuito.
El Ayuntamiento de Málaga recurrió la decisión de la CMT ante la Audiencia Nacional, que confirmó ayer la resolución de la CMT.
FAQ’s:
1. ¿Qué tienen que hacer las AAPP para ofrecer estos servicios?
Notificarlo e inscribirse como operadores en la CMT.
2. ¿Cuándo no tienen que inscribirse en el registro de la CMT?
Autoprestación: cuando la red de la AAPP se utiliza para ofrecer acceso a Internet a los funcionarios de esa administración o a los centros de educación (escuelas, institutos, colegios y centros universitarios…
Tampoco deben inscribirse las bibliotecas.
3. En el caso de servicios wifi ¿cuándo pueden ofertar el servicio de forma gratuita y sin límite de tiempo?
Siempre y cuando la cobertura de la red no alcance el interior de edificios residenciales y mixtos, es decir, la red no permitirá que un usuario pueda conectarse a esa red wifi desde su domicilio u oficina y la red tenga una velocidad máxima en sentido red-usuario de 256 kb/s.
Las AAPP que ofrezcan el servicio de forma gratuita siempre deberán comunicárselo previamente a la CMT.
4. ¿Y si la AAPP quiere ofrecer el servicio de forma gratuita, financiado por ella?
Deben notificarlo siempre a la CMT, que analizará si la propuesta no es anticompetitiva y si cabe imponer condiciones. La información remitida a la CMT debe incluir: las condiciones técnicas de la red o del servicio, el ámbito de la cobertura, los ingresos previstos y fuentes de financiación, una memoria que analice el impacto sobre la competencia y una consulta pública.
La CMT publicará en su página web estas consultas públicas y realizará luego un análisis de sustituibilidad que certifique que no afecta negativamente al mercado o distorsiona la libre competencia. Una vez que la CMT dicte una resolución estableciendo condiciones o hayan pasado tres meses desde que dispuso de toda la información, la administración pública podrá iniciar la prestación del servicio.
5. Otros modos de financiación de la red wifi
Si las AAPP optan por financiar mediante patrocinios o publicidad esa red pública deberán notificárselo a la CMT. Sin embargo, esa financiación no podrá proceder de empresas que reciban algún tipo de fondo de esa Administración Pública, hayan suscrito contratos con ella o si se trata de Cajas de Ahorros en las que la AAPP ejerza un control efectivo en sus órganos de gobierno.
La CMT deberá emitir un informe en el plazo de dos meses desde que se reciba toda la información. Una vez recibido este o transcurrido el plazo sin que el informe haya sido emitido, las AA PP podrán notificar el proyecto a la Comisión Europea adjuntando el informe en su caso emitido. Una vez resuelta la notificación del expediente de Ayudas Públicas por la CE, la CMT colaborará con la CE en la supervisión del cumplimiento de las condiciones impuestas.
Me parece negativo que no se facilite esta posibilidad, ya que los desempleados cada vez tienen menos recursos económicos. Para ellos, sobre todo para ellos NO DEBERÍA HABER NINGUNA LIMITACIÓN y muchas veces la única posibilidad que tienen factible es la de acceder por al Wifi local.
[…] a la CMT. No me quiero extender en detallar los requisitos concretos y me remito al propio Blog de la CMT , que los especifica de manera […]
[…] Wifi en los ayuntamientos: nada cambia blogcmt.com/2011/09/15/wifi-en-los-ayuntamientos-nada-cambia por fidelizaciondeclientes hace nada […]
Si un ayuntamiento puede ofertar servicios de internet por cable sin ser considerado proveedor, tal hace por ejemplo el Concello de Vigo por medio de sus punto Xove o Centros Civicos por analogia tambien puede hacerlo sin cables. Y si no fuera de esa forma, tambien por analogia se deberia obligar a cafes o bares que ofrecieran el servicio wifi.
Hay una diferencia fundamental: un bar o café no es una Administración Pública y si quiere ofrecer wifi gratis a sus clientes, puede hacerlo sin ningún problema.
http://bit.ly/cjkXpo
Un saludo
Y la aclaración final… http://t.co/cBm2wv0k via @cmtblog Mil gracias al equipo de la CMT
Entiendo lo que planteas, blogcmt. Pero no olvidemos que en la sentencia se plantea la necesidad de la administracion publica de declarse como proveedor para ofrecer un servicio que bares y locales ofrecen sin ese registro. Un claro caso de discriminacion, y donde no se esta tratando a todos por igual.
Saludos,
Entiendo que igual he sido excesivamente radical en mi post: http://ramonramon.org/blog/2011/09/15/una-vez-mas-la-justicia-contra-los-intereses-de-la-ciudadania/ pero desde luego, sigo sin entender como no se utiliza todo ese ancho de banda ya pagado por las aapp y que también vendría a los vecinos, comerciantes, emprendedores de la zona.
Sobre ofrecerlo limitado, me parece una buena opción, y quien quiera más que lo pague, al estilo de las autopistas – autovías, pero… el límite no puede ser tercermundista, más cuando en regiones como Andalucía se declaró el acceso universal a la banda ancha de 1 mega.
¿De veras que con 256 Kbps pretendemos ser un país europeo?
Gracias por vuestra aclaración y presencia
@jorgemoralesm Y si buscan casos de años atrás,verás aún cosas más raras.Publican esto en su blog http://t.co/lMVG0ZOO
[…] [Actualización]: La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aclarado la polémica, despejando todo alarmismo, mediante el post WiFi en los ayuntamientos: Nada cambia. […]
La propia CMT aclara la situación de las redes wifi municipales http://t.co/alFrslfO vía @cmtblog
[…] 15h00: Tras la lectura de la sentencia y tal como perfectamente lo explica el propio blog de la CMT, la sentencia no modifica lo establecido en la […]
Por si quedaba alguna duda la CMT habla sobre el fiasco Biznaga http://t.co/gy35ak52 Incompetencia es poco /cc @FrancisRuizp
Que significa esto:
Si no se cumple con que 256kbs y que se da cobertura mas alta:
* Dar el servicio gratuito de forma promocional y por un tiempo limitado (previo consentimiento y establecimiento de condiciones por parte de la CMT).
* Financiar el wifi mediante patrocinios o publicidad (caso Avilés, por ejemplo).
* Limitar el acceso a webs de AAPP, para realizar trámites por ejemplo.
Que tiene que ocurrir los tres supuestos o solo uno?
Esto va contra la libre competencia y lo que paso en Malaga es de cachondeo
Significa que, si el servicio sobrepasa cualquiera de esos límites, entonces NOse puede dar gratis financiado con fondos públicos. Y sólo podrá ser gratuito si, siendo de titularidad publica: lo acepta la CMT al constatar que no atenta contra la competencia, si el coste está financiado por agentes privados (como la publicidad o los patrocinios) o el servicio sólo permite la navegación por sitios web de servicios de los aytos.
Interesante anotación sobre el tema del wifi gratis de los Ayuntamientos y porqué se ha multado al de Málaga: http://t.co/jr4wS93S #fb
Wifi en los ayuntamientos: nada cambia: http://t.co/3y3MeTig vía @cmtblog
Soy trabajador de un servicio municipal de información juvenil en un pequeño pueblo. Una de las premisas y objetivo de mi centro está recogida en la Carta Europea de Información Juvenil, y dice así: Los centros y servicios de información juvenil ayudarán a las y los jóvenes, tanto en el acceso a la información facilitada a través de las modernas tecnologías de información y comunicación, como en el desarrollo de sus aptitudes de utilización de las mismas.
Con el fin de cumplir con este objetivo pusimos en marcha una zona wifi a través de un router y un control de acceso por software controlando los tiempos y los contenidos prohibidos. Gracias a ello, podemos ofrecer y formar a los jóvenes en el acceso a Internet, a través de sus dispositivos móviles que es donde ellos, más frecuentemente, consultan su correo, buscan información, etc.
¿Con esta sentencia estamos incumpliendo la ley? ¿Deberíamos darnos de alta como proveedor de servicios? ¿ Se nos puede considerar como una biblioteca al dar un servicio cultural y formativo?.
Repito que mi pueblo es pequeño, y la oferta que las propias operadoras de telefonía realizan es algo deficiente y anticuada.
Wifi en los ayuntamientos: nada cambia http://t.co/pIlt1nyG Vía @cmtblog #telecomunicaciones
La ley es la ley y hay que cumplir sin excusas de desconocimiento, pero tengo una duda:
Un ayuntamiento que tenga INTERNET en su biblioteca y esté dando servicio con unos ordenadores fijos. Ha ampliado con un router wifi para que usuarios lleven su portatil. ¿Incumple la normativa? deberia poner limitaciones en el punto de acceso wifi – considerar que dentro del edificio hay covertura pero tambien en un area de 20metros(sin casas)
¿Me podriais dar una respuesta?
Gracias
Hola Luis,
No hay ningún problema para dar wifi en las bibliotecas: http://blogcmt.com/2010/06/18/guia-para-las-aa-pp-que-quieran-ser-operadores/
Un saludo
Atenció al Wifi als ajuntaments, res no canvia: http://t.co/VFBab004 vía @cmtblog @guifinet #osona #fb
La CMT llama a la calma sobre las redes municipales http://t.co/H70bKaNh /via @JordiVilaTuneu @cmtblog @guifinet #osona #fb”
@jserra Si l’@ajfigueres ha tingut en compte això: http://j.mp/owQfOZ (gràcies a @blogcmt) no hi haurà cap problema amb la wifi de #figueres
Teniendo el acceso a la red más cara de Europa y unos salarios de risa, más el porcentaje de paro, me parece estupendo la actitud del Ayuntamiento de Málaga. El acceso a la red de 1 mb a precio simbólico debería llegar a todo el mundo. Quien quiera más velocidad que la pague.
Animo al Ayuntamiento de Málaga a que no pague multa alguna y alargue el litigio todo lo posible.
[…] [1] http://guifi.net/es/node/41876 [2] http://blogcmt.com/2011/09/15/wifi-en-los-ayuntamientos-nada-cambia/ […]
Wifi en los ayuntamientos: nada cambia http://t.co/Sq6GMRCt
CMT BLOG Wifi en los ayuntamientos: nada cambia – El asunto del Wifi en las Administraciones Públicas, y más concret… http://t.co/vWVbs8dp
Wifi en los ayuntamientos: nada cambia http://t.co/EptqmMHF
Wifi en los ayuntamientos: nada cambia http://t.co/GJngR7hi
Como comenta @David_LIBERA es necesario aclarar lo del Wi-Fi en las administraciones públicas: http://t.co/8B2uFrOQ
[…] en el que se menciona a Guifi.net y la entrada publicada el mismo día en el blog de la CMT “Wifi en los ayuntamientos: nada cambia“. LD_AddCustomAttr("AdOpt", "1"); LD_AddCustomAttr("Origin", "other"); […]
Me parece absurda la CMT, cuando se va a internet universal, lo lógico es gratuidad con bajada de 1Mb/s, quien quiera más que contrate. El acceso a internet en España es deficiente y caro, no digamos ya el acceso a 3G, con el capado vergonzante de por ejemplo Movistar a 16Kb/s tras consumir los primeros 100Mb y por 12€. Si es que no me extraña que estemos donde estamos, una monarquía bananera tecnológicamente tercermundista.
http://t.co/SPn8zzRx vía @cmtblog
WIFI en Aytos.: nada cambia http://t.co/mHq256rs vía @cmtblog @elpuertoglobal continua con #elpuertowifi en @soydelpuerto
Wifi en los ayuntamientos: nada cambia http://t.co/JH1rsjQB
“@edans: La CMT, muy clara: no es que no se pueda dar WiFi, es que hay que hacer las cosas bien… http://t.co/iJgdsxcS”
[…] El blog de la CMT defiende que “nada cambia sobre el wifi en los ayuntamientos”. […]
[…] En su blog, la CMT recuerda que la normativa a seguir para dar este tipo de servicio sigue siendo la misma que hasta ahora, y que, por tanto, la decisión de la Audiencia Nacional no la ha modificado. […]
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@uorbe001 @Oscar_PDR wifi gratis de las AAPP es legal bajo unas determinadas condiciones http://t.co/I0JOwQYl
[…] una regulación del espacio público digital a todas luces excesiva. Las ciudades tienen muy difícil dar WiFi gratis o a precios asequibles. Sí, nos dejan ofrecer wifi gratis en los parques (pero ¿alguien ha intentado usar un portátil […]
[…] staff for operating a new network, plus dealing with support, customer care,… You might face regulatory issues. You may want that the network pays-off in the long term. Then you need to find a service provider […]
[…] POST: Wifi en los Ayuntamientos. […]
Hola buenas en mi ciudad un autónomo a puesto en varios domicilios antenas wifi potentes y están ofreciendo internet para la gente en unas cuantas zonas de la ciudad.
Los usuarios se tienen que registrar mediante wasap o mensaje y le dan un usuario y una contraseña para acceder a las wifi
A cambio la gente al acceder se tiene que chupar la publicidad que tiene puesta de varias empresas
Es legal? Cómo se puede saber quien es el titular de esa red?( En su página web no figura)
Están permitidas esas antenas emisoras tan potentes?
Tienen que estar dados de alta en la cmt?
Saludos
[…] de wifi gratuito por parte de las Administraciones públicas. Esta regulación, resumida en su blog, básicamente se articuló para no permitir a la Administración ofrecer un servicio en unas […]
Buenos días y gracias por el post. Lo he descubierto ahora. La cuestión que me planteo y que me gustaría que me aclararas ya que manejas el tema es cómo afecta a la regulación de la Circular 1/2010 la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones.
Muchas gracias de antemano.
[…] POST: Wifi en los Ayuntamientos. […]
[…] hubiésemos deseado ofrecer WiFi gratis desde el principio, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) imponía que, fuese cual fuese la política de precios, los ingresos respaldaran el modelo de […]
Puede un ayuntamiento proporcionar a un operador o contratar los servicios a un operador para dar acceso a internet a sus ciudadanos a una velocidad de un mega por ejemplo.
Hola,
respecto a la condición que mecionas de limitar a 256 Kbps la velocidad de descarga para un servicio wifi gratuito prestado por un Ayuntamiento, ¿dicha limitación afectaría también al caso de las Bibliotecas?