Seguimos refrescando los mercados (ya os hablamos de los de telefonía fija y móvil). Hoy es el turno de los mercados 4 y 5, que regulan los servicios mayoristas de banda ancha. En enero del año pasado la CMT aprobó las reglas para que los mercados mayoristas de banda ancha y de redes de fibra óptica (o redes NGA) se desarrollen en un entorno competitivo. Así, se retomaron obligaciones presentes en la OBA como la desagregación del bucle o la apertura de la infraestructura civil de Telefónica a otros operadores y se determinó el lanzamiento de un único servicio mayorista de acceso indirecto a nivel nacional de hasta 30 mb/s.
Los servicios minoristas de banda ancha, que las operadoras suelen comercializar de forma empaquetada con los servicios de voz, se asimilan casi exclusivamente al acceso a Internet de banda ancha. A día de hoy, las ofertas de conexión más baratas siguen concentrándose en las áreas donde los alternativos desagregan bucle o con cobertura de los operadores de cable.
Aunque somos conscientes que la terminología de «mercado» puede resultar algo confusa para los que no estáis habituados a la jerga reguladora, es conveniente recordar que en 2002 se aprobó el primer paquete de directivas comunitarias sobre el sector. Desde entonces, tal y como puede leerse en Wikitel, «los reguladores de cada país miembro de la UE deberán definir y analizar 18 diferentes mercados del sector de las comunicaciones electrónicas con carácter periódico, para determinar si dichos mercados se desarrollan en un entorno de competencia efectiva e imponer, en caso contrario, las obligaciones específicas que resulten necesarias. Un concepto que también se conoce como Regulación ex ante. Esta Recomendación de 2003 se vió modificada por la Recomendación de la Comisión de 17 de diciembre de 2007, relativa a los mercados pertinentes de productos y servicios que pueden ser objeto de regulación ex ante, que redujo de 18 a 7 los mercados que se deben analizar periódicamente».
Los mercados 4 y 5 (antiguos 11 y 12) son aquellos que regulan las infraestructuras de telecomunicaciones de las redes de acceso fijas y los servicios mayoristas de banda ancha.
Mercado 4: acceso físico a la red
Por definición, se trata «del mercado que regula el acceso físico al por mayor a la infraestructura de red en una ubicación fija». Con la aprobación del mercado 4, la CMT determinó que Telefónica debía de cumplir con una serie de obligaciones. Tras el análisis de ese mercado, la CMT determinó que el operador tenía Poder Significativo de Mercado (PSM).
Red legada de cobre
- Obligación de desagregación del bucle y del subbucle: En realidad estas obligaciones tienen que ver con que Telefónica deje sitio en sus centrales para que sus rivales instalen sus equipos y puedan desagregar el bucle que llega a casa de los abonados. La CMT mantuvo esta obligación de acceso desagregado al par de cobre (incluido el acceso compartido o completamente desagregado) fijada en la OBA con el objetivo de garantizar las inversiones que ya habían realizado los operadores alternativos.
- Obligaciones de acceso, transparencia y no discriminación:
- Acceso a sus conductos e infraestructuras pasivas: Se trata de que Telefónica como propietaria de la infraestructura de obra civil (postes, arquetas, cámaras de registro, etc, facilite el acceso de sus competidores a estos recursos de red. Este acceso es vital cuando hablamos de los nuevos despliegues de fibra óptica que quieran realizar los operadores alternativos. Si tuvieran que realizar desde cero todo el despliegue, es decir, tendiendo ellos mismos esa infraestructura los costes de estas operaciones representarían el 60% de la nueva inversión.
- Acceso a recursos asociados (coubicación): El proceso de coubicación,– por el que Telefónica facilita el acceso del resto de operadores al bucle de abonado-, de equipos ópticos se contempla como un recurso vinculado al acceso a los conductos.
- Alternativas: Donde no fuera posible el acceso a los conductos, por problemas técnicos o falta de espacio, el operador histórico debería proporcionar soluciones alternativas como la fibra oscura.
- Publicar una oferta mayorista de referencia de acceso a la infraestructura civil: En noviembre la CMT aprobó la oferta mayorista de acceso a sus infraestructuras con las condiciones, plazos y precios definitivos que rigen este servicio. (ver post)
Fibra óptica hasta el hogar (FTTH)
- Desagregación de la fibra óptica: Telefónica no tiene que abrir físicamente su red de fibra óptica ni ofrecer servicios de desagregación en las centrales, ya que la red de fibra no forma parte de la red de cobre, sino que implica despliegues e inversiones nuevas.
- Compartición de cableado en edificios: En febrero se aprobó la resolución que determinó que el primer operador que despliegue una red de fibra óptica en el interior de un edificio estará obligado a compartir todos los elementos de esa red (cajas terminales, cables de fibra óptica, rosetas) con el resto de operadores. Todo ello para que no se creen monopolios de acceso en los edificios que impidan que sólo un operador pueda ofrecer servicios de fibra a una comunidad.
Red híbrida de cobre y fibra (FTTX)
- Obligaciones de desagregación del subbucle: En el caso de que Telefónica introduzca nodos remotos, (despliegues FTTX), en los que sigue existiendo un tramo de cobre, deberá comunicárselo a la CMT y a los operadores alternativos que utilizan sus servicios mayoristas, al menos con seis meses de antelación y deberá seguir ofreciendo servicios de acceso al subbucle de abonado.
Cierre de las centrales
- En el caso de que Telefónica decida cerrar una central -en su proceso de migración hacia redes NGA-, en la que están coubicados operadores alternativos debe mantener el suministro de todos los servicios de acceso desagregado durante un periodo mínimo de garantía de 5 años desde su comunicación. Si no los hay, el plazo se reduce a un año. Además, para que se haga efectivo el cierre, el 25% de los clientes de esa central deberán estar conectados por medios alternativos al par de cobre (accesos FTTH, FTTX).
Mercado 5: acceso de banda ancha al por mayor
El mercado 5 garantiza que los operadores alternativos puedan ofrecer servicios de banda ancha a los usuarios empleando la red de Telefónica. Al igual que para el mercado 4, la CMT declaró previamente a Telefónica operador con PSM y definió finalmente un sólo mercado nacional con las mismas obligaciones , ya que Telefónica mantiene una cuota de mercado estable incluso en las zonas donde están presentes los operadores de cable o los desagregan bucle).
Obligaciones de acceso indirecto de hasta 30 Mb/s:
- La CMT obligó a Telefónica, como único operador que ofrece el servicio de acceso indirecto a nivel nacional, a ofrecer una oferta mayorista bitstream de hasta 30 mb/s a precios orientados a costes para todo el territorio. El límite de los 30 mb/s se fijó independientemete de la tecnología de acceso (fibra, red legada de cobre)
- La CMT valoró en su momento que imponer velocidades superiores a 30 megas podría desincentivar la inversión en infraestructuras, tanto para los operadores alternativos como para Telefónica, en el despliegue de redes. Además, las estadísticas reflejaban que las conexiones superiores a 10 megas eran residuales en España y que, tanto usuarios como operadores, demandaban aún de forma mayoritaria velocidades inferiores.
Aquí os dejamos el cuadro con la evolución de las velocidades de las líneas mayoristas de banda ancha hasta agosto de 2008:
Recorte de precios de adsl mayorista
La CMT revisa periódicamente los precios del servicio de acceso indirecto de Telefónica. La última revisión tuvo lugar en septiembre y se aprobó una bajada media del 25% en estos precios mayoristas. Esta rebaja permite a los operadores alternativos competir de forma más ventajosa con Telefónica en las zonas de escasa cobertura , sin que ello desincentive la inversión de los operadores que desagregan bucle.
Así quedaron los precios de acceso indirecto regional y nacional por modalidades:
Si os ha interesado, ahí van otros posts sobre regulación de banda ancha, fibra y repaso de mercados…
Preguntas más frecuentes sobre la regulación…
Revisión de mercados: telefonía fija y móvil(I)
Excelente articulo, lo que buscaba.
Gracias
Muchas gracias Liveshar, nos alegramos de que te interese y te sea útil.
Un saludo,
Muy bueno el resumen, pero muy bueno, la verdad.
Una curiosidad que tengo. ¿Los precios de los servicios bajo ADSL-IP son más caros, porque los costes de los elementos de red (orientación a costes) son mayores y/o porque los elementos de red son más?.
Es que es curioso como en GigADSL donde hay más PAIs (creo recordar 109) valga más barato que el ADSL-IP. Aunque por lo general los precios minoristas no son distintos usen los ISP GigADSL o ADSL IP. Por ejemplo Orange, da igual que use GigADSL que ADSL-IP porque te va a cobrar lo mismo por la misma oferta. Por ejemplo 6 Mbps + llamadas son 36 € sea GigADSL o ADSL IP.
No sé si me explico. 😉
Salu2
Hola Nova6ko,
En primer lugar, gracias por tu opinión. En respuesta a tu duda, los precios del ADSL-IP son mayores que los del GigADSL en primer lugar debido a un planteamiento de orientación a costes ya que en el ADSL-IP los operadores alternativos se conectan a través de la red IP de Telefónica y ésto implica mayores costes y en el caso del GigADSL se utiliza la red de acceso convencional que va hasta el punto de entrega.
Además, la CMT a la hora de fijar los precios mayoristas establece un mark up, un margen que intenta premiar la inversión realizada por los alternativos.
Un saludo
Gracias, cada día se más con vosotros. 😉
Salu2
Hola,
Con la OBA, según creo entender, para poder solicitar un par desagregado, hay que ser operador. ¿es posible que un ayuntamiento, solicite pares desagregados en su municipio para formar su propia red municipal entre sus dependencias?
En caso de que no sea posible por no ser operador ¿seria suficiente con que se registrara como operador de comunicaciones electronicas?
En caso de no ser suficiente¿hay alguna manera de hacerlo?
En caso de haber un metodo de solicitarlo,¿los importes a pagar a telefonica, son unicos en concepto de alta, o son recurrentes, en mesualidades o anualidades?
Espero sus noticias.
Gracias de antemano y un saludo,
Francisco,
En respuesta a la primera parte de tu pregunta, para poder solicitar un par desagregado es necesario inscribirse previamente como operador y por ello hay que pagar una tasa anual de alta («Tasa General de operadores») a la CMT. En su día dedicamos un post sobre cómo constituírse como operador. . También tienes más información en nuestra página web en el apartado de registros públicos.. Asimismo, EL operador deberá pagar unas cuotas mensuales y unos costes que se especifican en el Anexo 3 de la OBA.
En relación al acceso mayorista a los conductos de Telefónica los costes correspondientes al replanteo se calculan una sola vez y el resto de precios están especificados en la Oferta de acceso a registros y conductos (MARCo). También hay un post en el que se explican los puntos clave de la oferta y las obligaciones de los operadores.
Un saludo,
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