La próxima semana, la reforma de las telecomunicaciones tenía que pasar una nueva reválida: la aprobación por parte de los ministros de telecomunicaciones de la UE. Pero la comisaria europea del ramo, Viviane Reding, cree que es “muy difícil” que lleguen a un acuerdo.
Reding presentó su propuesta de reforma hace ya un año. Le tenían que dar el visto bueno dos instituciones: el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros de la UE. El Parlamento Europeo ya modificó el plan inicial de Reding y lo aprobó. Pero parece que los ministros de la UE no alcanzarán un acuerdo tan fácilmente.
La Comisión Europea ha presentado una segunda propuesta de consenso, pero “tampoco ha sido considerada por el Consejo”, según Viviane Reding. La reforma de las telecomunicaciones se podría retrasar hasta el segundo semestre del año que viene.
Curioso como la Sra Viviane Reding habla sobre los derechos de los consumidores y omite ciertas enmiendas que servirán para controlar que hacen o nó los internautas o al menos dejará a los Estados Miembros hacerlo.
Tengo claro que hay derechos en rango superiores a otros como por ejemplo el Derecho a la Privacidad y la intimidad, por encima del derecho de copyright y digo esto por que Bruselas piensa que los/as autores/as copyleft no tenemos derechos, visto lo visto.
Salu2
Entiendo, nova6ko, que la Sra Reding debe hacer leyes, no aplicarlas. Es deber de un juez, entiendo yo, decidir si el derecho de copyright está por encima del de privacidad e intimidad.
Mi pregunta está relacionada a la oferta de «bundles» o paquetes (tales como los Duos y Tríos de Telefónica). En situaciones en las que dichos paquetes conllevan o bien un descuento o bien un producto gratuito, y en los casos en los que el operador que ofrece esos servicios pueda tener Poder Significativo de Mercado o Dominante, ¿cómo se regulan dichos paquetes-servicios dentro del marco europeo y en el caso de España en particular?
Muchas gracias y enhorabuena por el blog.
Hola Marta,
El único operador que tiene obligaciones en este tema es Telefónica, que tiene poder significativo de mercado.
En su caso, debe presentar sus nuevos productos y promociones a la CMT antes de lanzarlos comercialmente. Entonces la CMT analiza si ese producto podría dañar la competencia (estrechamiento de márgenes, empaquetamientos abusivos, etc.) y aprueba su lanzamiento.
La metodología de análisis de la CMT es pública y se va actualizando periódicamente. Te copio el link a alguna de las últimas resoluciones: http://tinyurl.com/6bg9yw
http://tinyurl.com/5dngqo
Un saludo
Muchas gracias por la respuesta, me ha sido muy útil. ¿Tenéis idea de si en los otros países de la UE se utilizan metodologías similares en el caso de los operadores dominantes o si el tipo de regulación es muy diferente al vuestro? Gracias de nuevo
Las obligaciones genéricas (que Telefónica presente previamente sus productos a la CMT para que los analice) se fijan en los análisis de mercado. El procedimiento de análisis de mercado es el mismo para todos los reguladores europeos, pero pueden llegar a conclusiones diferentes e imponer obligaciones diferentes.
Habría que estudiar país por país qué obligaciones tiene fijadas sus respectivos operadores con PSM. La metodología de análisis también es una decisión de cada regulador.
Jose Angel.
No estoy de acuerdo. Las leyes deben dejar claro la prioridad en conceptos como el derecho a la intimidad y privacidad para salvaguarda de los mismos. No se puede dejar algo asi a la interpretación jurista.
«interpretación jurídica», quería decir.