Hoy en el blog de la CNMC te explicamos las claves de la multa que hemos puesto a 15 empresas y 14 directivos por formar varios cárteles para el reparto de concursos públicos de infraestructura ferroviaria de ADIF y Renfe. El total de la sanción asciende a 118 millones de euros para las empresas implicadas y de 666.000 euros para los directivos que formaron parte de estas prácticas ilegales. Para que no se os haga muy largo lo hemos dividido en dos post, hoy vamos con la primera entrega. Ready?

Cortesía Michael Gaida en Pixabay.

*** Escrito por Rubén Samaniego Sánchez

¿Qué sancionamos?

Las sanciones que se han conocido hoy forman parte de un entramado empresarial que formó tres cárteles diferentes que detallamos a continuación:

  • Cártel de reparto de licitaciones públicas para la fabricación, suministro, instalación, mantenimiento y reparación de los sistemas de electrificación de líneas ferroviarias de alta velocidad (2008-2016).
  • Cártel de reparto de licitaciones públicas para el mantenimiento de los sistemas de electrificación en líneas de tren convencional (Desde 2002).
  • Cártel de reparto de licitaciones públicas y privadas para la construcción, suministro, instalación y mantenimiento de equipos electromecánicos en líneas ferroviarias de alta velocidad (2012-2015).

¿Licitaciones de ADIF o RENFE?

Creemos necesario aclarar de quién son las licitaciones, si de Adif o Renfe, o de las dos. La respuesta es que de las dos.

Hasta el 1 de enero de 2005 RENFE (Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles) aglutinaba tanto la propiedad de los trenes, como la propiedad de toda la infraestructura ferroviaria y su gestión. Sin embargo, de acuerdo la nueva Ley del Sector Ferroviario y su transposición de acuerdo a las Directivas europeas, la “macro empresa” tenía la necesidad de dividirse en dos:

  • Renfe Operadora: propietaria del material rodante
  • ADIF: propietaria de la infraestructura y encargada de la gestión.

Y es por eso que este expediente también se considera a RENFE como parte afectada, en sus licitaciones anteriores a 2005 cuando también incluía en su haber la infraestructura de la red ferroviaria española.

¿Cómo nos enteramos?

La CNMC comenzó este expediente como consecuencia de la solicitud de Clemencia de la empresa ALSTOM, S.A. en la que aportó pruebas sobre la existencia de las infracciones que finalmente han sido sancionadas. Posteriormente, SIEMENS, S.A., también presentó una solicitud de reducción de pago de la multa y aportó pruebas adicionas que han servido a la Dirección de Competencia para instruir este procedimiento sancionador.

Si recordáis, el Programa de Clemencia de la CNMC fue una de las novedades que incluyó la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia. Este programa, permite a las empresas que forman parte de un cártel la opción de poner en conocimiento a la Autoridad de Competencia su existencia, permitiendo a la Autoridad investigar éste, la exención del pago de la multa que pudiera corresponderle o, una reducción de ésta, si la Autoridad ya tenía conocimiento de dicho cártel, si las empresas aportan elementos de pruebas. Es muy importante para las empresas la diligencia a la hora de presentar solicitudes de clemencia, puesto que la exención de pago de la multa se concede sólo a la primera empresa. A las que se acojan en segundo lugar y sucesivos disfrutarán de reducciones cada vez menores de la multa.

Las empresas que se acojan al Programa de Clemencia deben finalizar su participación en él.

El programa de clemencia es un poderoso instrumento en manos de las autoridades de defensa de la competencia para la detección de los cárteles, y que estos son los atentos más dañinos contra la competencia.

A continuación, te dejamos un vídeo explicando nuestro Programa de Clemencia:

Mañana te contaremos en la segunda parte todos los detalles de la multa que hemos puesto a 15 empresas y 14 directivos por formar tres cárteles y cuya multa roza los 118 millones de euros. ¡No te lo pierdas!

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