Ya sabéis que en la CNMC hemos alertado a menudo sobre la confusión que existe entre los consumidores a la hora de identificar quién es su compañía eléctrica o para saber si tiene contratada una tarifa regulada o libre. Es un tema que preocupa a los consumidores y del que nos gusta hablar en nuestro blog. Hoy, coincidiendo con la celebración del Día Mundial de los derechos del consumidor volvemos a la carga y nos vamos a fijar en la factura.

Claridad. Foto en Pixabay

Claridad. Foto en Pixabay

Desde la publicación del Real Decreto-Ley de 5 de octubre, se han implantado algunas medidas destinadas a combatir las malas prácticas de las compañías y a intentar que los consumidores sean más conscientes de cómo ahorrar en su factura de la luz.

La medida más conocida ha sido la prohibición de que la electricidad se comercialice «puerta a puerta» a los consumidores domésticos, algo que había reclamado la CNMC en numerosas ocasiones. Pero hay más:

Ahorra con la tarifa de discriminación horaria

En la CNMC hemos explicado cómo un consumidor puede ahorrar si opta por contratar la tarifa con discriminación horaria (¿recuerdas nuestro podcast?). Pues bien, igual no te has fijado en tu factura pero las comercializadoras de referencia -aquellas autorizadas para ofrecer la tarifa regulada, el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC)- están obligadas a informar en su factura a los consumidores con tarifa PVPC de qué ahorros obtendrían con el cambio a una tarifa con discriminación horaria (con la que se paga menos por la electricidad consumida entre 22:00 y las 12:00 del día siguiente en invierno y las 23:00 y las 13:00 del día siguiente en verano).

Está demostrado que, en la mayoría de los casos, tener contratada la tarifa con discriminación horaria implica un ahorro porque los peajes son significativamente más baratos en el periodo valle. Por cierto, debes saber que el trámite de cambio de tarifa (o de potencia) tiene un coste para el consumidor de unos 9 euros+IVA aunque en la CNMC hemos expresado nuestra disconformidad puesto que este cambio no requiere una traslado de operario al domicilio.

Flexibilizar la potencia contratada

La potencia contratada es la potencia máxima que se puede consumir de forma simultánea. Dicho de otra manera, es la capacidad que tenemos de conectar a la vez varios aparatos sin que “salten los plomos”. Si esto sucede, es que la potencia que tenemos contratada es inferior a nuestras necesidades. Pero, en general, la situación suele ser la contraria, la potencia que contratamos es superior a la que realmente necesitamos.

Reducir esa potencia que tenemos contratada es el consejo número 1 para intentar reducir nuestra factura. Otra de las medidas que introdujo el Real Decreto-ley es la flexibilización de la potencia contratada, ya no hay escalones y el consumidor puede contratar la potencia en múltiplos de 0,1 kW (es decir, puedes pasar de 4,6 kW a 4,5 kW, 4,4 kW, 4,3 kW etc. A modo de ejemplo, bajar la potencia por ejemplo, 0,5 kW tiene unos ahorros anuales de unos 26 euros (impuestos incluidos).

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