Para el consumidor medio doméstico la electricidad se ha encarecido un 83,2% desde 2003 hasta los nueve primeros meses de 2015.

Los precios también suben. Foto en Flickr

Los precios también suben. Foto en Flickr

De 0,131 €/KWh a 0,240 €/KWh: este sería el incremento para el consumidor medio doméstico, es decir, para un consumidor con una potencia contratada de 3,98 KW, un consumo de 210 KWh cada mes, y que esté comprando su electricidad mediante el sistema regulado, es decir mediante la Tarifa de Último Recurso (TUR) hasta marzo de 2014 y mediante el Precio Voluntario para el pequeño Consumidor (PVPC), que sustituyó a la anterior desde esa fecha.

Fuente: CNMC

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Evolucion precio electricidad

Fuente: CNMC

Si nos fijamos con más detalle en este cuadro, el periodo 2011 a septiembre de 2015 vemos que en 2011 ese consumidor pagó 21,9 céntimos de euro por cada Kilovatio hora que consumió, con impuestos incluidos (17,6 céntimos de € sin impuestos), sin embargo, en lo que llevamos de 2015 estamos pagando 24,1 céntimos por el mismo kilovatio hora con impuestos: 19 céntimos de € sin impuestos, lo que significa que el precio con impuestos se ha encarecido más de un 10% desde 2011.

En los gráficos siguientes se muestra el destino de lo que pagamos por nuestra factura, en 2011 y en 2015:

Fuente: CNMC

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Podemos constatar que el peso relativo de los peajes ha aumentado en estos años pasando del 40 al 43%, así como el de los impuestos que ha pasado del 19%, en 2011 al 21% en 2015 como consecuencia de la subida del IVA. Esas subidas explican la pérdida de peso de la energía en nuestra factura que ha pasado del 40 al 35%.

¿Qué ha pasado con los peajes?

En el apartado peajes, se han incrementado los costes de amortización del llamado déficit de tarifa (del 6,44% en 2011 al 14,84% en 2015). En contraposición, observamos la disminución del peso relativo de las subvenciones al régimen especial (eólica, solar, cogeneración, etc, del 41,54% al 38,59%), del coste de distribución (del 32,42% al 28,88%), de las compensaciones a los sistemas no peninsulares (del 6,75% en 2011 al 5,05%) y de la Interrumpibilidad en mercado (del 2,96% en 2011 al 0,05% en 2015).

Aquí está la comparativa:

Fuente: CNMC

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Fuente: CNMC

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¿Qué pasó en 2014?

Por cierto, acabamos de publicar el Informe de Supervisión del mercado minorista de electricidad correspondiente al año 2014 con algunos datos destacados:

  • Las cinco comercializadoras vinculadas a los grandes grupos tradicionales energéticos han reducido su cuota de comercialización en el mercado libre, pasando desde el 80% en 2013 al 77% en 2014.
  • Se incrementó el número de comercializadoras que suministran electricidad, pasando de 66 en 2013 a 90 en 2014 (número de empresas que cuentan con un volumen significativo de clientes). Esto muestra la capacidad que presenta el mercado eléctrico para dar entrada a nuevos suministradores.
  • Los precios medios finales facturados por las comercializadoras se incrementaron en 2014 respecto al año anterior, excepto para los consumidores industriales. Estos incrementos fueron del 6%, 4% y 2%, para consumidores domésticos con derecho a PVPC, consumidores domésticos sin derecho a PVPC y PYMEs, respectivamente.

Este Informe también recuerda algunas recomendaciones al consumidor doméstico o PYME de electricidad y gas para contratar una oferta:

1. Antes de decidirse por una nueva oferta, compare los precios y los servicios que ofrezcan al menos un par de empresas diferentes. Si tiene dificultades para entender o comparar las ofertas de suministro de gas o de electricidad, utilice aplicaciones como el comparador de la CNMC o pida asesoramiento en una Oficina de Información al Consumidor o a través de una organización de consumidores.

2. Infórmese si tiene derecho al bono social eléctrico, que ofrece la tarifa eléctrica más económica.

3. Antes de decidirse por una oferta, lea atentamente las condiciones del contrato.

4. En particular, busque si el contrato incluye o no la contratación y cobro de otros servicios adicionales, ya que tal vez le pueda interesar más un contrato simple, que incluya únicamente el servicio de suministro de gas o electricidad. Examine también cuáles son las condiciones de revisión de los precios e infórmese sobre cuál es el procedimiento para efectuar una reclamación.

5. Examine si el contrato tiene compromisos de permanencia o incluye penalizaciones económicas al consumidor por su cancelación.

6. Si recibe una llamada telefónica o una visita inesperada a su domicilio para que cambie de suministrador, no debe sentirse presionado, ni precipitarse. Pida una copia del contrato con las condiciones ofrecidas, y compruebe que en el contrato escrito figuran todas las condiciones que le indica el vendedor.

7. No facilite al vendedor los datos bancarios, ni las facturas anteriores, ni sus datos personales, si no está realmente seguro de la contratación.

8. Si realiza la contratación por internet, guarde o imprima una copia de la oferta y el contrato.

9. En el caso de contratos celebrados fuera de establecimiento comercial (ventas domiciliarias, por teléfono o por internet), tiene 14 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación. El vendedor está obligado a informarle del procedimiento a seguir.

10. Compare periódicamente su oferta con otras disponibles en el mercado, en particular, cuando su suministrador le revise los precios del contrato.

Más información en las guías al consumidor de la CNMC:

http://www.cnmc.es/es-es/energía/consumidores/electricidad.aspx

http://www.cnmc.es/es-es/energía/consumidores/gasnatural.aspx

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