En anteriores entradas del blog ya os hemos explicado qué es la competencia y por qué nos beneficia a todos. Cuando la economía funciona en régimen de libre competencia, disfrutamos de una mayor variedad de productos a mejores precios y de mayor calidad.

La competencia nos beneficia a todos. Foto en Flickr de jacinta_lluch

La competencia nos beneficia a todos. Foto en Flickr de jacinta_lluch

Hoy os vamos a explicar muy claramente el papel de la CNMC en la mejora de la competencia.

¿Para qué sirve la competencia?

Consumidores y empresas acudimos a los mercados para satisfacer nuestras necesidades adquiriendo bienes y utilizando servicios. En este ciclo, la existencia de libre competencia es la garantía para que todos podamos escoger lo que mejor se adecue a nuestros gustos y necesidades y obtengamos la mejor relación calidad-precio en cada momento.

  • Al comprador y consumidor de artículos y servicios, la competencia entre los vendedores le sirve para disponer de ofertas más variadas, de mejor calidad y a menores precios.
  • Al empresario, la libre competencia le asegura el éxito en sus negocios y que éste dependerá de su capacidad y esfuerzo, resguardándole de la obstrucción  o limitaciones que le impongan otras empresas o la propia administración.
  • A la población en general, la competencia le sirve para que la producción nacional sea más competitiva en el mundo y con ello mejore el bienestar de su país.

Un entorno competitivo incentiva a las empresas a mejorar la calidad de sus productos y servicios y ajustar sus precios. De esta forma, la competencia se convierte en un estímulo clave para la innovación, el progreso tecnológico y la búsqueda de medios más eficientes de producción.

¿Qué puede hacer la CNMC para mejorar la competencia?

Para asegurar el buen funcionamiento de los mercados, la CNMC debe impedir o corregir los comportamientos contrarios a la competencia. Así, la CNMC:

  • Investiga y sanciona prácticas anticompetitivas a partir de denuncias o por propia iniciativa.
  • Dicta recomendaciones para mejorar las condiciones de competencia en los distintos mercados.
  • Analiza, y en su caso autoriza o condiciona   las concentraciones o fusiones de empresas en el mercado para evitar que las mismas lesionen la competencia. Asesora con recomendaciones no obligatorias al sector público antes de que apruebe las normas para evitar que introduzca restricciones no justificadas al libre juego del mercado.
  • Promueve los valores de la competencia y la regulación eficiente.
  • Vigila  que las diferentes normas locales, autonómicas o nacionales no vulneren la unidad de mercado, gozando de  capacidad de suspenderlas.

La Ley de Defensa de la Competencia atribuye a la CNMC funciones inspectoras,  instructoras, sancionadoras y  resolutorias en todos los procedimientos en materia de defensa de la competencia, así como funciones de arbitraje, competencias consultivas y labores de promoción de la competencia..

Algunas prácticas prohibidas

Todos somos consumidores y, como tales, las leyes nos reconocen una serie de derechos, uno de ellos esencial: el derecho a elegir. Este derecho a elegir no se explicaría de no ser por el principio de libre competencia. La libre competencia implica que las empresas no solo tienen derecho a competir entre ellas, sino también la obligación de competir, por incómodo que esto sea. El derecho a competir debe permitir el que las empresas puedan ofrecer sus bienes y servicios en condiciones de igualdad, sin que ninguna resulte privilegiada de modo particular.
A continuación se exponen algunos de los muchos ejemplos que pueden ayudar a detectar prácticas prohibidas:

  • Varias empresas se ponen de acuerdo para fijar el mismo precio de compra o venta de su producto. O para repartirse los clientes, .. o para repartirse el territorio, o para decidir
  • Una empresa con poder de mercado aplica injustificadamente a sus clientes- empresas a su vez-  distintos  precios u otras condiciones desiguales, poniendo a algunas de ellas en desventaja frente a sus competidores.
  • Una asociación empresarial recomienda a sus asociados que apliquen el mismo incremento en el precio de venta de sus bienes ante la subida del precio de una materia prima, impuesto, o cualquier otro factor productivo
  • Un fabricante que dispone de una red de distribuidores fija los precios de venta mínimos que sus distribuidores deben cobrar, impidiendo que estos puedan rebajarlos o competir entre ellos.
  • El distribuidor exclusivo de un bien o servicio en una zona determinada (Huesca) decide no atender las demandas de compra de un cliente situado en otra zona geográfica (Teruel)
  • Un grupo de competidores decide actuar de manera homogénea ante un determinado cambio de las condiciones en el mercado (aumento del coste de la energía, caída de la demanda, bajada de las cotizaciones, etc.)
  • Varias empresas se ponen de acuerdo para obstaculizar de forma artificial la entrada en el mercado de un nuevo  competidor.
  • Un operador de red decide injustificadamente no dar acceso a su red a un potencial competidor en el mercado aguas abajo
  • Una administración aprueba normas que vulneran o impiden la unidad de mercado (Ejemplo, para prestar determinado servicio en esta CCAA hay que residir en la misma, o pertenecer a una organización profesional regional determinada, o…)

¿Cómo denunciar/colaborar con la CNMC?

La investigación de los cárteles y de otras prácticas contrarias a la competencia es  prioritario para Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Por ese motivo, ante cualquier sospecha, se puede:

  • Formular una denuncia.   Estos son los pasos a seguir:

–         La denuncia por prácticas prohibidas puede ser presentada por cualquier persona física o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que tenga conocimiento de la infracción  de las normas que vigila la CNMC.
–         Se realiza por escrito y se entrega en el registro de la CNMC (C/Barquillo 5 28071 Madrid), describiendo de forma precisa las conductas presuntamente anticompetitivas sobre las que se tiene conocimiento, identificando a los responsables y aportando las pruebas de que disponga.
–         Los requisitos para formular una denuncia se pueden encontrar en la página web de la CNMC
http://www.cnmc.es/es-es/competencia/c%C3%B3moformularunadenuncia.aspx

  • Colaborar con la CNMC

Si usted es una persona física o jurídica y dispone de alguna información que considere relevante y que pueda llevar a descubrir y/o sancionar conductas prohibidas consideradas especialmente graves, como los cárteles (acuerdos secretos entre empresas), puede ponerse en contacto en los números de colaboración ciudadana 91-5369069 o 91-5369061

  • Aplicar al programa de clemencia

La clemencia puede beneficiar a aquellas empresas que aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC la detección del cártel, siempre que no hayan sido las instigadoras del mismo y pongan fin a su participación en la conducta prohibida.
http://www.cnmc.es/es-es/competencia/programadeclemencia.aspx
La solicitud de clemencia puede presentarse
–        por escrito dirigida a la Subdirección de Carteles y Clemencia / Dirección de Competencia CNMC / C. Barquillo, nº 5 / 28004 MADRID.
–        a través del Registro Electrónico de la CNMC, 24 horas al día y los 365 días del año.
–        o verbalmente concertando para ello una reunión en la dirección arriba indicada.
Hay una línea de teléfono habilitada para resolver dudas: 91 5369058

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