La investigación de los cárteles es una de las prioridades de la actuación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La ley entiende que un cártel es “todo acuerdo secreto entre dos o más competidores cuyo objeto sea la fijación de precios, de cuotas de producción o de venta, el reparto de mercados, incluidas las pujas fraudulentas, o la restricción de las importaciones o las exportaciones”.


Formar parte de un cártel está considerado una infracción muy grave en la Ley de Defensa de la Competencia. Pero detectar un cártel es difícil. Por eso existe el Programa de Clemencia: una vía de salida para las empresas que participan en un cártel y que denuncian su existencia.

Os explicamos más en este vídeo:

Si la empresa que denuncia la existencia de un cártel aporta pruebas suficientes para la investigación, puede quedar exenta del pago de la multa si es la primera en presentar la solicitud de clemencia en la CNMC.

Exentos de multa

Es importante la rapidez en la presentación de solicitudes porque sólo la primera empresa quedaría exenta del 100% de la sanción. Si una segunda empresa del cártel presenta una solicitud de reducción del importe de la sanción y aporta nuevas pruebas de valor añadido a la CNMC, su multa se podría reducir hasta un 50%. Para la tercera empresa, la rebaja sería de hasta el 30% y para las sucesivas, de hasta el 20%.

Hay que tener en cuenta que la exención o reducción de la multa concedida a la empresa solicitante de clemencia beneficiará igualmente a sus directivos que hayan intervenido en el cártel, siempre que también colaboren con la CNMC.

Para poder quedar exento de la sanción, la empresa debe cumplir estas obligaciones:

  • Colaborar con la CNMC a lo largo de todo el proceso
  • Acabar inmediatamente con la infracción
  • No destruir elementos de prueba ni revelar o haber revelado a terceros la presentación de una solicitud de Clemencia, su intención de hacerlo o su contenido
  • No haber obligado a otras empresas a participar en la infracción

Cómo acogerse al Programa de Clemencia

https://www.cnmc.es/ambitos-de-actuacion/competencia/programa-de-clemencia

La solicitud de clemencia se puede presentar por escrito:

  • dirigido a la Subdirección de Cárteles y Clemencia de la CNMC (C/Barquillo, nº 5, 28004 Madrid)
  • a través del Registro Electrónico de la CNMC – Procedimiento de Clemencia

O verbalmente, a través de la realización de una declaración verbal, concertando una reunión en la sede de la CNMC.

En todo caso, está disponible el nº de teléfono 91-5369058 para solventar cualquier duda o requerir la asistencia del personal de la Subdirección de Cárteles y Clemencia en relación con la presentación de una solicitud de clemencia.

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