Hoy os comentamos una serie de aclaraciones sobre las inspecciones y las revisiones de gas natural que os pueden resultar útiles.

Revisiones. Foto cortesía de Freddy the boy.

Revisiones. Foto cortesía de Freddy the boy.

La diferencia entre una inspección y una revisión o los plazos para llevar a cabo cada una de ellas son algunos de los aspectos que os comentamos a continuación…

Inspecciones, cada cinco años

En el caso de las inspecciones de las instalaciones que son receptoras de gas natural es obligatorio hacerlas cada cinco años.  El encargado de realizar esta inspección es la empresa distribuidora de gas. Para entendernos, la empresa propietaria de los tubos a los que estamos conectados para recibir el suministro.
La compañía nos avisará con un mínimo de 5 días antes de la fecha en la que realizará la inspección. Si no podemos estar en casa el día propuesto, el distribuidor nos comunicará otra fecha alternativa.
El coste de esta  inspección lo fija la administración autonómica y no se paga al inspector. El distribuidor lo cobrará a través de la factura de gas.

Revisiones, cada dos años

Las revisiones de la caldera individual, la que cada uno tiene instalada en su casa, se deben hacer cada dos años. El consumidor puede contratar la revisión con cualquier empresa o profesional debidamente autorizado (los servicios técnicos del fabricante o un instalador de gas autorizado).

Muchos comercializadores también ofrecen este servicio junto con el suministro de gas. Los instaladores  Las empresas mantenedoras de instalaciones térmicas y los servicios técnicos del fabricante suelen incluir la revisión como parte del contrato de mantenimiento de la caldera.

En este caso, el precio es libre, por lo que es conveniente solicitar información de tarifas y servicios a distintas empresas para su contratación de forma que se pueda tener la oferta más ventajosa.

 En el caso de las calderas comunitarias (centralizadas), las revisiones se deben realizar cada año.

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