Foto por jeffc5000

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Ya os hemos explicado cómo funcionan los servicios de consulta teléfonica sobre números de abonado, los famosos 118. Sin embargo, hoy queremos incidir en el número 11818 que, a pesar de que se encuentra dentro de esta categoría de servicios de consulta, tiene unas peculiaridades que le hacen ser parte del Servicio Universal de Telecomunicaciones.

Lo cierto es que el servicio que se presta a través del 11818 no es muy conocido. Como pudisteis leer recientemente, los componentes más populares del Servicio Universal son los que hacen referencia a  que todos los usuarios finales deben tener conexión a la red telefónica fija o a que exista una cabina por cada cierto número de habitantes. Sin embargo,  en el artículo 22. b) de  LGT también se alude a la consulta  telefónica sobre números de abonado.

Ahora os preguntaréis qué diferencias existen entre el 11818 y el resto de números que empiezan por 118. En esencia,  «los  números 118» están liberalizados, por lo tanto  sus tarifas no están sometidas a ninguna regulación, frente al número 11818, que  debe presentar unas tarifas asequibles. Las llamadas a este número, si se realizan desde un teléfono de uso público (cabina), deben ser gratuitas. Además, con el 11818 la única información que el operador puede facilitar al usuario es la que figura en la guía telefónica y tiene prohibido ofrecer otros servicios adicionales, como la progresión de llamada. En el caso de personas invidentes o con graves dificultades audiovisuales, deberá ofrecer una franquicia de 10 llamadas gratuitas al mes a este número.

Recientemente, el MITYC también ha resuelto la licitación para la prestación de este servicio. Aquí tenéis el enlace al BOE, que publica la adjudicación del 11818 durante los próximos 3 años.

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