Foto de Flikr realizada por ninot

Foto de Flikr realizada por ninot

¿Qué tienen en común Motril y Avilés? Además de ser dos bellas localidades muy próximas al mar -la primera en el Mediterráneo, la segunda en el Cantábrico-, ambas  compartieron protagonismo en la sesión del Consejo de la CMT celebrada el pasado 28 de noviembre de 2008. La razón: las consultas (1 y 2) que plantearon a la CMT estos dos consistorios sobre cómo ofrecer servicios de Wifi municipal. Por cierto, que esta mañana hemos visto que Avilés ya se ha ganado su espacio en «los papeles» por plantearle la CMT la posibilidad de financiar mediante publicidad su red municipal de acceso wifi.

En todo caso, dado que el despliegue de redes Wifi por parte de diversas Administraciones es un asunto que ha levantado en el pasado algunos malos entendidos, no queremos desaprovechar la ocasión para arrojar un poco de luz en la polémica sobre estas redes, aclarar el papel del regulador y desmontar algunas acusaciones carentes de rigor.

La imagen que tiene la mayoría del público es que la CMT prohíbe de forma torticera estas iniciativas. A nuestro juicio, es una visión muy distorsionada de la realidad, fruto de un análisis simplista de las funciones de este organismo y  de las reglas del mercado (la legislación). Ver el apartado «mitos wifi» al final de este post.

Requisitos básicos

Una de las claves para entender porqué la CMT ha multado a algunos ayuntamientos cuando han puesto en marcha estas redes, está en en los artículos 6 y 8 de la Ley 32/2003. La normativa recalca que cualquier Administración Pública puede intervenir en el mercado y explotar redes o prestar servicios de comunicaciones electrónicas, al igual que lo hacen los operadores privados. Para ello, tal como se les exige a los agentes privados, las AAPP tienen que jugar limpio y cumplir determinados requisitos. Los más básicos: inscripción en el registro de la CMT (notificación fehaciente); separación de cuentas con arreglo a los principios de neutralidad, transparencia y no discriminación; respetar las reglas de la libre competencia y atenerse a las condiciones especiales que la CMT les pueda fijar para garantizar que no se distorsiona la competencia.

Por lo tanto, con la Ley en la mano, la inexistencia de notificación previa al inicio de la prestación del servicio es una de las razones por las que la CMT ha multado a diversos Ayuntamientos, recientemente a cinco en la provincia de Gerona (por cierto, con unas multas anecdóticas; la más alta es de 2.000 €). La notificación es un trámite que exige la Ley y que, para más inri, si no se cumple está contemplado como una infracción muy grave.

De hecho, si hubiera existido esa notificación previa por parte de esos Ayuntamientos no se hubiera llegado al extremo de la sanción. Además, siempre que la CMT ha decidido abrir un expediente sancionador por este tipo de iniciativas locales lo ha hecho a instancias de terceros, es decir, porque ha existido una denuncia por parte de alguien a quien le ha perjudicado la existencia de esa red gratuita (cibercafés, etc).

Si ponemos un símil muy fácil de entender, la notificación fehaciente que exige la CMT también tiene sus equivalencias en otros ámbitos. Por ejemplo, cuando alguien pone en marcha un nuevo negocio, inicia una construcción o cualquier otro tipo de actividad, tiene que solicitar los correspondientes permisos y licencias a su Ayuntamiento o a la administración que corresponda;  hacer papeles en el registro mercantil; en la Seguridad Social, etc. En definitiva, se tienen que cumplimentar determinados requisitos administrativos, que no son una exigencia exclusiva de la CMT. Un pequeño dato: en el registro de la Comisión ya están inscritos más de cien ayuntamientos que han notificado su intención de explotar este tipo de redes.

Gratuidad del Wifi, diferencia entre servicio público y servicio de interés general

Una de las principales distorsiones a la hora de considerar estos estos servicios se produce  porque, en ocasiones, las Administraciones Públicas confunden el concepto de servicio público, como pueden ser servicios como el alumbrado, la recogida de basuras, o incluso la sanidad, etc, que se financian normalmente mediante los impuestos que pagan los ciudadanos, con el de servicios de interés general (las telecomunicaciones, en este caso).

Como bien deberíais saber (estos días os hemos ofrecido un cursillo intensivo sobre la liberalización del sector en distintos posts), el sector de las telecomunicaciones está liberalizado desde el año 1998. Esta referencia aparece claramente especificada en el artículo 2 de la Ley 11/1998: «Las telecomunicaciones son servicios de interés general que se prestan en régimen de competencia. Sólo tienen la consideración de servicio público o están sometidos a obligaciones de servicio público, los servicios regulados en el artículo 5 y en el Título III de esta Ley» y vuelve a repetirse en la ley actual del año 2003.  Esta premisa es fundamental para entender por qué las Administraciones Públicas, salvo algunas excepciones, no pueden prestar servicios de acceso a internet a través de redes wifi de forma gratuita.

La CMT ha reiterado en numerosas ocasiones que esta situación podría, a priori, producir distorsiones en la libre competencia. Es decir, si un Ayuntamiento o AAPP instala una red Wifi en una zona en la que los operadores privados han realizado sus inversiones y ofrecen servicio, y  presenta una oferta a precio de cero euros o por debajo de los precios de mercado, sufragando esa red vía impuestos, parece evidente que no se están respetando las reglas del libre mercado.

Sin embargo, esto no significa que un Ayuntamiento nunca pueda ofrecer gratuitamente estos servicios. Cuando un Ayuntamiento o AAPP apueste por la gratuidad del servicio deberá: comunicárselo previamente a la Comisión; explicar durante cuánto tiempo tiene intención de hacerlo y someterse a las condiciones que la CMT le pueda imponer.

Por ejemplo, la CMT entiende que la duración de la gratuidad diferirá si se  trata de una zona aislada, donde no coexisten más operadores, de si se presenta en un lugar en el que hay competencia con ofertas accesibles de varios operadores.

Además, los Ayuntamientos sí que pueden ofrecer gratuitamente acceso a páginas web oficiales o de otros organismos y la CMT no les impondrá condiciones específicas (duración, etc), tal como ha marcado la doctrina de la Comisión Europea.

También conviene diferenciar de forma explicita otra casuística que no requeriría ni inscripción, ni fijación de precios acorde con el mercado: cuando una AAPP instale una red  Wifi y ofrezca servicios de acceso a Internet gratuito a sus propios empleados dentro de sus instalaciones. En estos casos, la CMT considera que se trata de un servicio ofrecido en régimen de autoprestación y que no se  ofrece a terceros.  La autoprestación también se extiende a las bibliotecas y centros culturales que ofrecen acceso a Internet en su interior para los ciudadanos que están suscritos a ellas, aunque también la cobertura de estas redes, en ocasiones, pueda alcanzar las inmediaciones del edificio. Recientemente, la CMT publicó un informe en el que explica todos estos supuestos.

CINCO MITOS DEL WIFI

Mito 1: Condenados a no tener Internet: La CMT cierra las redes Wifi de 5 ayuntamientos en Girona
http://www.publico.es/ciencias/161151/condenados/internet

La CMT nunca ha cerrado las redes wifi de los ayuntamientos de Girona que se hacen referencia en el artículo. El propio alcalde de una de esas localidades (Campllong) reconoce en esta entrevista que le hacen en una radio mallorquina (minuto 20, en catalán) que no fue la CMT quien cerró la red, sino que fueron ellos quienes, durante tres meses, decidieron pararla al darse cuenta que estaban dando el servicio sin licencia.

En todo caso, la CMT sancionó a los ayuntamientos por prestar servicio sin inscribirse en el Registro de Operadores, pero, en ningún caso, se les instó a cerrar la red, únicamente a regularizar la situación.

Mito 2: La CMT cierra la red Wifi de Barcelona

http://www.internautas.org/html/1974.html

La CMT tampoco cerró esta red. El Ayuntamiento de Barcelona planteó en 2004 una consulta a la CMT sobre las condiciones en las que una administración pública debía prestar wifi para adecuarse a la legislación. La CMT respondió a la consulta y fue decisión del Ayuntamiento no poner en marcha esa red.

Mito 3: Ofrecer Wifi por parte de los ayuntamientos no es legal

http://www.noticiasdot.com/publicaciones/2005/0105/2101/noticias210105/noticias210105-14.htm

La Ley General de Telecomunicaciones especifica que las Administraciones Públicas pueden dar servicios de telecomunicaciones en condiciones que no distorsionen la competencia. Por tanto, que el wifi sea gratuito no es legal o ilegal a priori. Habría que analizar en cada caso si un wifi gratuito distorsiona la competencia.

Mito 4: La CMT pide a las AAPP que no usen los impuestos para financiar el Wifi

http://www.elmundo.es/navegante/2007/05/09/tecnologia/1178696094.html

No es una petición de la CMT. Lo dice la Ley General de Telecomunicaciones en su artículo 8.4.

Mito 5: La CMT multa a dos pueblos por ofrecer internet gratuito

http://www.internautas.org/html/1976.html

Como en el caso de los cinco ayuntamientos de Girona, en Atarfe y Puenteareas, el problema fue que los ayuntamientos no estaban inscritos como operadores, no que el acceso a la red Wifi fuera gratuito.

Links y documentos de interés, CMT:

¿Qué es la tecnología Wifi? http://es.wikitel.info/wiki/WiFi

Accesos Wfi ofrecidos por Ayuntamientos (amplio artículo en wikitel sobre este asunto, con links a resoluciones de la CMT y a otros aspectos legislativos en materia de telecomunicaciones que afectan a las administraciones públicas: http://es.wikitel.info/wiki/Accesos_WiFi_ofrecidos_por_Ayuntamientos

 

Links y documentos de interés, externos a la CMT:

Centro para el análisis de la Sociedad de la Información y las Telecomunicaciones
http://www.enter.es
MuniWireless
http://www.muniwireless.com
Civitium’s Weblog
http://www.civitium.com/weblog
Wi-Fi Net News
http://wifinetnews.com/archives/cat_municipal.html

DailyWireless
http://www.dailywireless.com/municipal-wireless
“Wifi Clouds and Zones: A Survey if Municipal Wíreless Iniciatives”
http://www.muniwireless.com/reports/docs/Wificloudszones.pdf
“A seamless city: the case study of Taipei’s wifi project”
http://userpage.fu-berlin.de/~jmueller/its/conf/porto05/papers/Chou.pdf
“Municipal Wireless Broadband: Lessons from San Francisco”
http://www.ptc07.org/program/papers/W12_Heather.pdf
“Municipal Wireless: a primer for public discussion”
https://ritdml.rit.edu/dspace/bitstream/1850/1027/1/DSheinReport07-2005.pdf
“The fight over Wireless”
http://www.slate.com/id/2128632
“Municipal Wi-Fi Networks: the goals, practices, and policy implications of the US case”
http://arnic.info/Papers/FB-NP-MuniWiFi-Nov22-05.pdf
“Municipal Wireless Broadband: policy and business implications of emerging access technologies”
http://bear.cba.ufl.edu/centers/purc/documents/William_Lehr_7May04.pdf
“Municipal wireless broadband: hype or harbinger?”
http://www.cityofboston.gov/wireless/Municipal%20Wireless%20Broadband–%20Hype%20or%20Harbinger.pdf
“The municipal role in U.S. FTTH market growth”
http://www.ftthcouncil.org/documents/185790.pdf
“Municipal broadband. Digging beneath the surface”

http://www.balhoffrowe.com/pdf/Municipal%20Broadband–Digging%20Beneath%20the%20Surface.pdf

“Wireless is changing the policy calculus for municipal broadband”
http://cfp.mit.edu/groups/broadband/docs/2006/Wireless_Changing.pdf
“Municipal Broadband: challenges and perspectives”
http://law.indiana.edu/fclj/pubs/v59/no1/9-DingwallFINAL.pdf

Comparte esta noticia en tus redes